Guia del Autor de la Enciclopedia Jurídica
Las voces que se publican en la Enciclopedia jurídica son de alto nivel académico o práctico, que reflejen conocimiento (muchas veces práctico) e investigación sobre la materia (no es necesario que se trate de investigación original).
Los autores cuyas colaboraciones sean aceptadas serán debidamente reconocidos por ello en las páginas de la Enciclopedia y en las entradas escritas por ellos.
Además de la publicación de entradas o voces enciclopedicas, le Enciclopedia legal cuenta con tres secciones adicionales para colaboraciones de otro tipo:
- En la sección de “Ensayos” se publican (en general, en el Law Journal) reseñas, trabajos breves de investigación jurídica, o análisis teóricos de sentencias o novedades legislativas.
- En la Revista del Derecho se publican escritos de variable extensión que pueden ser comentarios críticos sobre temas jurídicos de actualidad, reacciones a material previamente publicado en la Enciclopedia del Derecho o colaboraciones que proveen información y puntos de vista que tengan el potencial de estimular la reflexión sobre cuestiones jurídicas.
- Finalmente, las Guias sobre ramas del derecho o sistemas jurídicos se incluyen en la propia Enciclopedia.
Voces
Las colaboraciones pueden presentarse en idioma español o inglés. Debe estar encabezado por el título completo, sin mayúscula, cursiva o negrita, con un subtítulo opcional (pero altamente recomendado). Se recomienda agregar la traducción al inglés del título y subtítulo.
El texto de las voces debe presentar una estructura que permita a los usuarios tener una descripción clara, amplia y con las suficientes secciones para que se pueda leer su contenido en internet con la suficiente comodidad.
Indicaciones de contenido
- Definir técnicamente la cuestión o institución jurídica. Cuando resulte conveniente, precederla con la definición en el lenguaje común.
- Esbozar una relación sintética de los antecedentes históricos.
- Desarrollar los aspectos más significativos relacionados con el concepto y la delimitación de la cuestión jurídica vocablo, teniendo siempre en cuenta las cuestiones prácticas.
- Efectuar los correspondientes análisis legislativo y jurisprudencial.
- El desarrollo de la voz o entrada no debe consistir en una simple exégesis del texto legal o jurisprudencial ni en una excesiva información doctrinal, por lo cual debe guardarse equilibrio entre estas tres indicaciones.
- En caso de que existan, pueden incluirse desarrollos futuros o temas pendientes en la materia, en el momento o en fechas posteriores.
Referencias y Citaciones
No se enumerarán los apartados correspondientes a la introducción, conclusiones, listado
bibliográfico, jurisprudencial y de normas, sólo deben indicarse con el mismo formato que
los títulos de los apartados, pero sin números o letras.
Se utilizará el sistema de citación con notas a pie de página numeradas consecutivamente.
Referencias bibliográficas
Al final del manuscrito e añadirse un listado de todas las referencias bibliográficas efectivamente citadas o referidas bajo el título de Bibliografía citada.
Muchos autores ordenan alfabéticamente la lista por su primer elemento, que es el apellido del autor, junto a su año de publicación, entre paréntesis. Pero dicho orden no es obligatorio y se prefiere, en los autores clásicos al menos, que el nombre preceda a los apellidos.
Es necesario sugerir una bibliografía general que no exceda de quince referencias, dando preferencia a obras escritas en castellano, siempre que sea posible.
Las citas bibliográficas, si son breves, se pueden hacer en el cuerpo del texto (en cuyo caso irían entre paréntesis, indicando el apellido de la autora o autor, la fecha de publicación y el número de página(s)). Las referencias bibliográficas en notas a pie de página son especialmente recomendables cuando sean parte de una nota explicativa requerida por la argumentación del cuerpo del texto.
La bibliografía se incorporará hacia el final de la voz en la Enciclopedia.
Cuando hay varios autores, se puede citar solamente el primero seguido de “et al.” en las notas a pie de página de las voces enciclopedicas y la referencia completa a todos los autores en la bibliografía, separando los autores con un guión o una coma.
Referencias Legales o de Normas Jurídicas
Tras las referencias bibliográficas, es muy conveniente incluir, cuando proceda, un listado de referencias normativas. Deben incluirse aquí todas las referencias legales o normativas citadas o referidas en la voz enciclopédica. En el caso de una ley, se recomienda indicar el número de la ley y la denominación oficial (si la tiene), el título de la publicación en que aparece oficialmente, la fecha de la publicación en que aparece oficialmente y/o la fecha de publicación (día, mes y año).
Ejemplo: Ley nº 12.178, establece normas que incentivan la calidad de atención al consumidor
por parte de las empresas públicas. Diario Oficial, 21 marzo 2014.
Jurisprudencia: Referencias de sentencias
Tras la sección de referencias legales, se puede incorporar un listado de todas las sentencias efectivamente citadas o referidas en la voz, mas otras que se tengan por adecuadas o convenientes, bajo el título “Jurisprudencia” o similar. Se recomienda que la referencia haga indicación del tribunal, nombre del caso (sobre todo si se trata de sentencia internacional) y el año de la sentencia (entre paréntesis).
Notas al pie de página
En las referencias bibliográficas deberá comprobarse que no falten los elementos pertinentes para su plena identificación. Las notas al pie de página irán numeradas mediante caracteres
arábicos, en que se incluirán las referencias o citas abreviadas a obras, normas y jurisprudencia y que admiten (pero se recomienda hacer poco uso de ellos) textos de desarrollo.
Indicaciones Formales
Títulos y Subtítulos de Apartados, Secciones o Divisiones principales
Es importante y necesario, para facilitar su lectura online, que el texto de la voz sea dividida en apartados o secciones. Debido a la tipografía utilizada, se debe utilizar un máximo de tres niveles.
Los títulos y subtítulos correspondientes a las divisiones principales del artículo deberán
ser claros, concisos, debidamente relacionados con los contenidos del mismo y sin
subrayados o números (romanos o de otro tipo) de ninguna especie, pero si utilizando, opcionalmente, el código
HTML de “h2” al principio y final del título del apartado o sección. De ser necesario (pero resulta muy conveniente), los títulos de las subdivisiones usarán el código “h3” y “h4” de igual forma.
Lo que se debe evitar
No se usará letra negrita, salvo para los títulos de conformidad a lo explicado precedentemente. Tampoco se usará el subrayado ni cursiva, sólo se usaran comillas para destacar una palabra u oración del trabajo o de sus citas. De la misma forma, se recomienda usar comillas en los títulos de obras y revistas, para los títulos de fuentes, para la transcripción de texto de fuentes (por ejemplo, artículos de un código o ley o párrafos de una sentencia y palabras en otro idioma). No se usará sangría. Deberá evitarse el uso de tablas, esquemas, cuadros o diagramas.
Abreviaturas y Acrónimos
La primera vez que aparezca una sigla, abreviatura o acrónimo debe escribirse su significado in extenso, con el acrónimo o sigla entre paréntesis.
En las Referencias abreviada de obras y en otras partes del texto se podrán utilizar las abreviaturas tradicionalmente empleadas en la Enciclopedia Jurídica, en el entendido de que es posible crear otras que se requieran.
Sobre el Autor
Al final de la voz se ha de consignar el nombre del autor, grado académico y su afiliación
institucional, indicando ciudad y país de la institución. La Enciclopedia incluirá, si lo desea el autor, los datos de contacto al final de los textos publicados y en una o dos páginas web de la Enciclopedia. El autor o autora deberá expresar su interés por publicar el manuscrito en la Enciclopedia legal y hará constar que no ha sido previamente publicado ni enviado para consideración de publicación a ninguna otra editorial, revista o plataforma electrónica de publicación.
Resumen
Es necesario incluir un resumen, aproximadamente, de entre 100 y 250 palabras, con tres a cinco palabras clave, al menos en español, y preferentemente también en inglés.
Dictaminación por parte de pares
La admisión de la colaboración procederá conforme a un sistema de dictaminación “por pares”, el cual consiste en la revisión y la evaluación de la colaboración por un jurista no relacionado con el autor de la voz.
Las voces serán sometidas (en todos los casos y sin excepción) a dictaminación anónima por parte de uno más juristas, cuando sea posible por especialistas (académicos o profesionales) en la cuestión jurídica abordada. En congruencia con los resultados del proceso de dictaminación, el equipo de la Enciclopedia jurídica informará a la autora o autor sobre la necesidad de realizar cambios en el manuscrito propuesto para publicación.
Los parámetros utilizados por los pares para la evaluación de los manuscritos son los siguientes:
- desarrollo de argumentos;
- redacción, sintaxis, ortografía, estilo y estructura del manuscrito;
- pertinencia y actualidad de la bibliografía; y
- concordancia entre títulos, resúmenes y palabras claves con el contenido del manuscrito.
Se establece un máximo de hasta dos correcciones por manuscrito. Si en la tercera revisión el
manuscrito no cumple plenamente con las observaciones formuladas, este se entenderá
rechazado por el Comité Editorial de la Enciclopedia.
Extensión y formato de los textos
Sección de artículos. El título debe ser descriptivo, reflejar el contenido del artículo y no ser excesivamente extenso. Debe incluirse asimismo un listado de entre cinco y diez palabras clave, en español y en inglés.
Información complementaria
El envío de una colaboración supone el compromiso del autor de no someterlo simultáneamente a la evaluación de otras publicaciones periódicas.
Las opiniones expresadas en el material publicado caen bajo la exclusiva responsabilidad de sus autores.
La Enciclopedia se reserva el derecho de realizar la corrección de estilo y los cambios editoriales formales que considere necesarios para poder publicar el trabajo, incluyendo el título.
Voces elaboradas por los autores iberoamericanos
Si se trata de una voz nueva, es decir, propia del contexto jurídico del país aportante del texto (por ejemplo, “Moción de censura” en España o “Inconstitucionalidad por omisión” en Argentina), deberán observarse las indicaciones generales de las presentes instrucciones.
Si sólo se trata de incorporar información a una voz ya elaborada, el texto que se refiera al país en cuestión, se adicionará en una sección o rubro denominado “Derecho comparado”, en el que se irán asentando las entraentradas para cada uno de los países que aporten texto para la voz.
Dicho texto podrá contener los siguientes apartados:
- Marco constitucional y legal;
- Principales líneas doctrinales;
- Desarrollo jurisprudencial, y
- Bibliografía.
Guias
Se trata del desarrollo monográfico de materias del derecho, como por ejemplo “Derecho constitucional en Brasil”, “Derecho mercantil en Argentina”, etcétera, que ofrecen información amplia sobre una materia completa, en sus aspectos doctrinal y legislativo. Las guias deben
permitirle al lector ahondar en el conocimiento de las cuestiones o instituciones jurídicas y han de ser prácticas. Deberán incluir en lo posible hipervínculos a las voces de la Enciclopedia jurídica pertinentes.
La extensión de estas guias podrá ser de 7.000 palabras en adelante,de acuerdo con la complejidad del tema. Estos trabajos deberán contener una bibliografía al final.
Guias de los sistemas jurídicos nacionales elaboradas por los autores iberoamericanos
Por la naturaleza enciclopédica de la obra, el objetivo de las guias de los sistemas jurídicos nacionales será ofrecer un panorama conciso de los sistemas jurídicos de cada uno de los países.
La exposición deberá concretarse al derecho de su respectivo sistema jurídico (o su comparación con otros Estados, con los hipervínculos correspondientes), dejando de lado los debates de carácter conceptual o de orden doctrinal.
Como susgerencia, es conveniente presentar una descripción del derecho de cada
país en cada uno de los principales campos del derecho, como por ejemplo las siguientes:
- Derecho administrativo
- Derecho civil
- Derecho constitucional
- Derecho mercantil
- Derecho penal
- Derecho procesal
- Derecho social (que incluye derecho laboral, seguridad social, etcétera).
Al final de cada uno de los principales campos del derecho de un país deberá incluirse una
bibliografía básica, para orientar a los lectores nacionales y extranjeros.
La extensión de cada Guía de un sistema jurídico deberá ser, en general, como mínimo de de 10.000 palabras, excluyendo referencias.
Las voces y las guísa de cada país deberán mantenerse al corriente de los posibles cambios que se vayan registrando en cada país.