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Normativa contra la Discriminación de Género

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Normativa contra la Discriminación de Género

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

Normativa Internacional contra la Discriminación de Género y Actuaciones de la ONU

Nota: puede ser de interés la información sobre las Políticas de las Naciones Unidas sobre Igualdad de Género, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada en Nueva York el 18 de diciembre de 1979, la protección a las víctimas de discriminación bajo este tratado multilateral, y la discriminación de las mujeres en el trabajo.

En muchos Estados, el derecho es complejo y comprende sistemas normativos plurales, como el derecho de los estatutos, el derecho consuetudinario, el derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) y el derecho religioso, que coexisten, a veces de manera armoniosa, pero que no son compatibles. De hecho, la adopción de la definición de discriminación que figura en el artículo 1 de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés, que corresponden a la “UN Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women“), que abarca tanto la discriminación “de jure” como la discriminación de facto, señala la necesidad de tener en cuenta esto último.

Otros Elementos

Además, las investigaciones apuntan al hecho de que la discriminación de facto era un factor clave en la falta de disfrute de los derechos de las mujeres.

Se ha hecho mucho en las Naciones Unidas en materia de derechos de la mujer. [rtbs name=”estudios-de-la-mujer”] Entre las iniciativas cabe citar la iniciativa de incorporación de la perspectiva de género en toda la institución, que exige que todas las instituciones tengan en cuenta la necesidad de integrar una perspectiva de género en su labor.Entre las Líneas En los Procedimientos Especiales, se crearon más mandatos con un enfoque de género específico. Los más impresionantes en cuanto a la atención prestada a los derechos de la mujer fueron los Relatores Especiales sobre los pueblos indígenas, las minorías, la salud y, superlativamente, el Relator Especial sobre la vivienda, que redactó una serie de informes que incluían consultas con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer acerca de la posibilidad de una recomendación general sobre la mujer y el derecho a la vivienda.

Puntualización

Sin embargo, las estadísticas sobre el número de comunicaciones enviadas a los procedimientos especiales son poco edificantes cuando se desglosan por sexo. Concretamente, en 2005 solo el 13% fueron enviados por mujeres.

Pormenores

Los hombres representaban el 76 por ciento, y el 7 por ciento no tenía registrado el sexo del solicitante.

También mostró que los órganos creados en virtud de tratados eran más directos en sus preguntas a los Estados Partes sobre cuestiones relacionadas con el disfrute o no de sus derechos por las mujeres. [rtbs name=”historia-de-las-mujeres”] Además, las observaciones generales de los órganos creados en virtud de tratados muestran que se presta más atención a las formas en que las mujeres sufren discriminación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Una vez más, no es de extrañar que el Comité de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer haya surgido como el comité más centrado en la atención que presta a la vida y los derechos de las mujeres.

▷ En este Día de 24 Abril (1877): Guerra entre Rusia y Turquía
Al término de la guerra serbo-turca estalló la guerra entre Rusia y el Imperio Otomano, que dio lugar a la independencia de Serbia y Montenegro. En 1878, el Tratado Ruso-Turco de San Stefano creó una “Gran Bulgaria” como satélite de Rusia. En el Congreso de Berlín, sin embargo, Austria-Hungría y Gran Bretaña no aceptaron el tratado, impusieron su propia partición de los Balcanes y obligaron a Rusia a retirarse de los Balcanes.

España declara la Guerra a Estados Unidos

Exactamente 21 años más tarde, también un 24 de abril, España declara la guerra a Estados Unidos (descrito en el contenido sobre la guerra Hispano-estadounidense). Véase también:
  • Las causas de la guerra Hispano-estadounidense: El conflicto entre España y Cuba generó en Estados Unidos una fuerte reacción tanto por razones económicas como humanitarias.
  • El origen de la guerra Hispano-estadounidense: Los orígenes del conflicto se encuentran en la lucha por la independencia cubana y en los intereses económicos que Estados Unidos tenía en el Caribe.
  • Las consecuencias de la guerra Hispano-estadounidense: Esta guerra significó el surgimiento de Estados Unidos como potencia mundial, dotada de sus propias colonias en ultramar y de un papel importante en la geopolítica mundial, mientras fue el punto de confirmación del declive español.

Un análisis de las leyes idénticas a las que discriminan a las mujeres mostró que incluso (la mayoría de) los estados que tenían constituciones que garantizaban la igualdad ante la ley tenían leyes que discriminaban a las mujeres. [rtbs name=”historia-de-las-mujeres”] Las leyes sobre el estatuto personal fueron identificadas como las más problemáticas. Se encontraron disposiciones discriminatorias en las leyes que consagran una edad más baja para contraer matrimonio para las niñas que para los niños y, en algunos casos, sancionan el matrimonio infantil, el poder paterno en relación con las decisiones que afectan al niño y que están relacionadas con el poder marital sobre la esposa, la discriminación en las leyes de nacionalidad y ciudadanía, los diferentes motivos de divorcio y la división discriminatoria de la propiedad en caso de muerte y divorcio. Incluso las leyes procesales a veces se consideraban discriminatorias, privilegiando a los testigos varones frente a las mujeres. [rtbs name=”historia-de-las-mujeres”] También se identificaron prácticas y disposiciones discriminatorias en el derecho laboral y en el derecho penal. Perturbadoramente, las leyes directamente discriminatorias vinieron principalmente, aunque no ex-clusivamente, de los estados del sur (los estados del norte tenían leyes discriminatorias sobre la sucesión a las monarquías).

Las leyes discriminatorias siguen existiendo de manera generalizada, ya que los mecanismos actuales apenas han comenzado a rasguñar su superficie, y mucho menos para resolver los problemas que plantean. Un mecanismo especial se basaría en la labor del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y de otras organizaciones en esta esfera y las apoyaría, entre otras cosas, mediante la generación de un diálogo continuo (en lugar de periódico) con los países que ningún mecanismo de coordinación puede lograr. También aumentaría la visibilidad de las leyes discriminatorias a nivel internacional, incluso informando directamente al Consejo de Derechos Humanos, destacando la cuestión como una prioridad en el ámbito de los derechos humanos.

Otros Elementos

Además, mientras que algunas de las características de la discriminación contra la mujer por ley son simples y evidentes, otras interactúan de manera más sutil y compleja con la desigualdad de la mujer en su conjunto. Todas las dimensiones de la discriminación de jure tienen más probabilidades de emerger cuando se investigan juntas en una perspectiva comparativa mutua. Los mecanismos internacionales actuales, por su diseño, solo pueden abordar estas cuestiones un país a la vez. Un mecanismo complementario como el de un Relator Especial ofrecería los recursos y el mandato únicos para abordar el problema sistemáticamente en la escala mundial (o global) en la que existe. De las interconexiones, patrones y temas acumulativos que solo pueden ser discernidos en una investigación transversal transversal, podrían surgir enfoques nuevos y efectivos de la igualdad legal para las mujeres.

El Consejo de Derechos Humanos examinó la cuestión de si se debía contar con un Relator Especial en 2009.Entre las Líneas En una resolución del Consejo patrocinada por 38 Estados Partes de África, Europa, América del Norte y del Sur y el Oriente Medio (la parte del mundo que abarca el suroeste de Asia y el norte de África, extendiéndose desde Turquía hasta el norte de África y al este hasta Irán) (Israel)57 se determinó por qué era importante abordar las leyes que descriminan:

“El Consejo de Derechos Humanos reconoce que la desigualdad de las mujeres ante la ley se ha traducido en la falta de igualdad de oportunidades para las mujeres en la educación, el acceso a la salud, la participación económica, el acceso al trabajo y las disparidades en los salarios y las indemnizaciones, la participación pública y política, el acceso a los procesos de toma de decisiones, la herencia, la propiedad de la tierra, los servicios financieros, incluidos los préstamos y la nacionalidad y la capacidad jurídica, entre otros, así como en una mayor vulnerabilidad a la discriminación y la violencia, y que todos los países se enfrentan a retos en estos ámbitos. “

En un estudio interno del 2010, recordó el marco internacional de derechos humanos sobre la no discriminación, destacando el llamamiento del Comité de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer para el uso de la igualdad sustantiva, que abarcaba la discriminación directa e indirecta, así como la basada en los estereotipos de género. También estableció el vínculo entre la igualdad y el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), especialmente el ODM 3, de Igualdad de género.

Las recomendaciones del estudio interno incluyeron la consideración de las leyes que descriminan a las mujeres como un tema permanente en la lista de preguntas que los estados deben abordar en el proceso de la Revisión Universal por Pares.

Otros Elementos

Además, se sugirió trabajar con ONU Mujeres para asegurar que el enfoque de su nuevo plan de trabajo incluyera la igualdad ante la ley. El nuevo mecanismo también podría desempeñar una función de consolidación, basándose en las recomendaciones del Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (véase) y otros órganos de tratados.

En ese estudio temático del ACNUDH de 2010 se llegó a la conclusión de que, sin contar con los órganos creados en virtud de tratados y los mecanismos de los procedimientos especiales existentes, todavía había margen para un nuevo mecanismo.

Las recomendaciones incluyeron trabajar con la Unión Parlamentaria Internacional para presionar a los estados para que enmendaran las leyes. El nuevo mecanismo también debería tener la capacidad de investigar y sugerir leyes modelo.

Finalmente, en octubre de 2010, el Consejo de Derechos Humanos volvió a examinar la cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). México y Colombia propusieron una resolución para crear un grupo de trabajo de cinco expertos independientes que tendrían tres años para llevar a cabo su trabajo en la primera instancia. Cabe destacar el intento de última hora de Arabia Saudita de incluir una enmienda, mediante un párrafo que había sido aprobado en muchas resoluciones anteriores y la Arabia Saudita se limitaba a pedir una adición que había sido aprobada por el Consejo en ocasiones anteriores.

De hecho, Arabia Saudita estaba tratando de añadir las palabras: “Hacemos un llamado a los Estados para que tomen las medidas apropiadas de acuerdo con sus compromisos internacionales” a la resolución del Consejo de Derechos Humanos de 2009, que, haciéndose eco del Artículo 2(d) de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, dice: remite las obligaciones de los Estados de adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la “discriminación contra la mujer por parte de cualquier persona, organización o empresa”. La posición saudí destaca por su notable coherencia al argumentar que el respeto de los marcos culturales y religiosos municipales debe prevalecer sobre las normas internacionales de derechos humanos (Arabia Saudita había intentado lo mismo durante la redacción de la Declaración Universal de Derechos Humanos). De hecho, la reserva de Arabia Saudita al Artículo 2 de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer sobre las obligaciones de los Estados explica que está ratificando en el entendimiento de que la Convención debe ser interpretada de acuerdo con las leyes saudíes, incluyendo la religión (Shariah), una postura a la que los Estados europeos se oponen por violar tanto el objeto como el propósito de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de conformidad con el artículo 28(2) y la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1968.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características y el futuro de esta cuestión):

El debate se centró tanto en el objetivo de la enmienda propuesta por Arabia Saudí como en si debería permitirse que se intentara enmendar una resolución en esa (última) etapa del procedimiento. Estados como Bahrein, Djibouti, Libia, Jordania y Pakistán se pronunciaron a favor del derecho de Arabia Saudita a presentar una enmienda de última hora y dijeron que podía ser incorporada sin que ello afectara negativamente al tenor general de la resolución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). China tomó nota de ello y apoyó la enmienda presentada por Arabia Saudita, ya que China creía que la protección y promoción de los derechos humanos era, en última instancia, tarea de los gobiernos nacionales, de conformidad -se sostenía- con sus compromisos en virtud del derecho internacional de proteger y promover los derechos de la mujer y eliminar la discriminación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los gobiernos no solo deben actuar de acuerdo con los acuerdos internacionales, sino también de acuerdo con el consenso acordado en la comunidad internacional para promover y apoyar los derechos de la mujer.

De igual modo, Libia argumentó que “bajo todas las religiones las mujeres gozaban de sus derechos y eran respetadas y valoradas”. Libia apoyó plenamente la enmienda y dijo que “todos deben comprender el relativismo de algunos conceptos; puede haber divergencias en las culturas y religiones y es la diversidad lo que hace del mundo lo que es”.

Otros Elementos

Además, manifestó, a “ningún país se le debe imponer nada sin que sea parte en un determinado instrumento internacional.”

La culminación se produjo cuando el patrocinador de la resolución, México, señaló que había habido una amplia consulta que permitió que se incorporaran comentarios y enmiendas antes de que se presentara la resolución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Observó que, además de Colombia, había sesenta copatrocinadores de la resolución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Pero, para México, el Consejo de Derechos Humanos no puede aceptar reservas, limitaciones o advertencias en el sentido propuesto, lo que significaría que está poniendo en tela de juicio el derecho absoluto de la mujer a no ser discriminada, ya sea en virtud de la ley o de cualquier otro modo.

El argumento de que el principio de no discriminación era inderogable ganó al final. Se votó la enmienda propuesta, con 18 votos a favor, 22 en contra y 4 abstenciones.

Una Conclusión

Por consiguiente, la enmienda fue rechazada.

Puntualización

Sin embargo, la cercanía de los encendidos a favor y en contra (que se igualan si se tiene en cuenta uno de los factores de las abstenciones) sugiere los puntos de resistencia y desafío a los que se enfrentará el tema en el futuro. Y, contra toda esperanza y expectativa, se aprobó un nuevo mecanismo (un Grupo de Trabajo).

Discriminación de género (causas y consecuencias)

En la mayoría de las sociedades, los hombres y las mujeres no tienen el mismo estatus social. Esta desigualdad se refleja no sólo en la división del trabajo por género, tanto en el hogar como en el lugar de trabajo, sino también en las prácticas discriminatorias de género en los sistemas sociales. Las organizaciones internacionales han trabajado duro para eliminar esta desigualdad.Entre las Líneas En 1979, las Naciones Unidas publicaron su Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, mientras que en 1995 el Cuarto Congreso Mundial de la Mujer aprobó la Declaración de Beijing y el Plan de Acción, que se han convertido en los principales principios para promover la igualdad de género a nivel internacional (según un estudio del Banco Mundial del año 2002, p. 35).

Varios países o regiones de Asia han dedicado considerables esfuerzos al problema de la elevada tasa de responsabilidad social de las empresas. Corea del Sur, India y Taiwán prohíben la determinación del sexo del feto en cualquiera de sus formas, y la BRS en Corea ha disminuido gradualmente desde mediados de los años noventa. Una de las razones de ello es que el Gobierno de Corea del Sur aprobó una serie de leyes destinadas a mejorar los derechos de los niños y las mujeres, mejorar la condición jurídica y social de la mujer y protegerla de la discriminación por motivos de género. Desde el decenio de 1980, se incluyó en esas leyes la prohibición del aborto selectivo en función del sexo; el uso de dispositivos de ultrasonido B para determinar el sexo del feto se castigaría financieramente o se cancelaría la licencia médica del proveedor.

Otros Elementos

Además, el Gobierno de Corea del Sur promovió un entorno social que prestaba especial atención a las niñas y las mujeres, y realizó una serie de intervenciones para reducir la desigualdad (Chung y Das Gupta 2007).Entre las Líneas En la India, debido a la disminución del número de niñas, el gobierno indio elaboró una nueva política de planificación (véase más en esta plataforma general) familiar que alienta a dar a luz a las niñas. También introdujo programas integrales para cambiar las actitudes sociales hacia las niñas.

Taiwán, que comparte con la China continental la misma cultura confuciana que valora más a los hombres que a las mujeres, castiga severamente a los hospitales que practican la selección de sexo. Taiwán también ha estipulado que las hijas solteras tienen derecho a heredar los bienes de la familia, y proporciona bienestar y seguridad a los ancianos a través de organismos públicos; estas políticas han dado lugar a la reducción de la Junta de Responsabilidad Social desde 2001.

Causas de la discriminación por motivos de género en China

El estricto sistema familiar patrilineal otorga a los descendientes varones beneficios y obligaciones económicas, socioculturales y religiosas que crean una preferencia por los hijos varones. Las políticas estatales también afectan a la equidad de género. Así pues, la preferencia por los hijos varones y la discriminación contra las niñas se ven afectadas por las instituciones, la cultura, la economía y las políticas públicas (según un informe del Banco Mundial de 2002, pág. 40).

En primer lugar, la estricta patrilinealidad, el patriarcado y la patrilocalidad determinan la condición dominante de los hijos varones en la herencia de bienes, en los arreglos de vivienda, en la continuidad de las familias y en la estructura de poder familiar. Las mujeres deben depender de los hombres, lo que da lugar a una baja condición de la mujer dentro de la familia. Si la estructura de poder intrafamiliar dominada por los hombres es sustituida por la institución de leyes, ideologías y asignación de recursos que siguen siendo dominadas por los hombres, entonces el control sobre la mujer se transfiere del dominio del patriarcado privado al del patriarcado público. Así pues, el patriarcado privado y el público se combinan para producir un sistema que coloca a la mujer en una posición subordinada.

En segundo lugar, la cultura tradicional de China se basa en el confucianismo, lo que implica que la continuidad de la línea familiar es una parte indispensable de la cultura tradicional de maternidad de China, lo que lleva a la preferencia por los descendientes varones. Esta presión cultural de la preferencia por los hijos ejerce un efecto más importante que los factores económicos en la toma de decisiones sobre la maternidad; por lo tanto, el problema no puede resolverse únicamente mediante el desarrollo económico.

En tercer lugar, en China, especialmente en la China rural, el sistema de seguridad social dista mucho de ser sólido. Hoy en día, en el campo, la familia sigue siendo el principal proveedor de apoyo para la vejez. La división tradicional de los géneros hace que las mujeres dependan económicamente de los hombres.Entre las Líneas En parte debido a esta dependencia económica, las hijas casadas proporcionan principalmente ayuda auxiliar, como apoyo emocional y ayuda con las actividades diarias de sus padres, mientras que los hijos varones proporcionan el apoyo económico básico. La necesidad imperiosa de apoyo económico en la vejez hace que la población rural favorezca a los hijos varones.

Por último, las políticas de control de la fecundidad elaboradas y aplicadas por los gobiernos en diversos niveles contribuyen a la preferencia por los hijos varones. El reducido número de hijos, exigido por las políticas de control de la fecundidad, conlleva una menor probabilidad de tener un hijo.Entre las Líneas En una sociedad con una preferencia tan fuerte por los hijos varones y un estatus social desfavorable para las mujeres, cuando el sexo y el número de hijos están en conflicto, la gente recurre al aborto selectivo por sexo para asegurar al menos un hijo. Con la aplicación estricta de la política de un solo hijo, la proporción de sexos al nacer en China ha aumentado continuamente.Entre las Líneas En 2000, la BRS en esas esferas de la política de 1,5 hijos (es decir, las esferas en que se permitía un segundo hijo si el primero era una niña) era de 124,7, lo que supone 15,7% más que la proporción de 109,0 en las zonas de dos hijos, lo que indica claramente el impacto de los abortos selectivos en función del sexo.

Otros Elementos

Además, los padres que desean fuertemente tener un hijo suelen abandonar a las niñas o descuidar a las hijas. Al mismo tiempo, la promulgación y aplicación de algunas políticas refuerzan las ideas de que los hijos son mejores que las hijas y que la utilidad de un hijo para una familia es mucho mayor que la de una hija, lo que también contribuye a la discriminación por motivos de género.

Consecuencias demográficas de la discriminación por motivos de género en China

La fuerte preferencia por los hijos varones y la discriminación contra las niñas sigue siendo generalizada en China, lo que ha dado lugar a un aumento de la tasa de mortalidad infantil y juvenil. El número de hijos, que está restringido por las políticas de planificación (véase más en esta plataforma general) familiar, difiere del número deseado por la mayoría de las personas. Si el número de hijos y la composición ideal de los géneros entran en conflicto, la gente primero se da cuenta del objetivo de tener un hijo, por lo general por medios técnicos, lo que lleva a un aumento de la PSS. La discriminación contra las niñas en la alimentación, la educación y, especialmente, en la atención de la salud, con el caso extremo del abandono de las niñas, conduce a la EFCM.

La discriminación por motivos de género conduce directamente a la desaparición de mujeres y al desequilibrio de la estructura sexual de la población de China, lo que afecta a importantes características de la demografía (el estudio del crecimiento y desarrollo de la población) del país, como el tamaño de la población, la tasa de aumento de los ancianos, la insuficiencia de personas en edad de trabajar, la disminución del número de nacimientos y los problemas con el mercado matrimonial. Las “hembras desaparecidas” disminuyen el tamaño actual de la población, y aunque este efecto puede ser actualmente pequeño, el efecto de estas niñas desaparecidas y su descendencia femenina en el crecimiento futuro de la población es importante. No debe subestimarse el efecto acumulativo sobre el crecimiento demográfico. La desaparición de niñas disminuye el número de nacimientos, y esto ciertamente afectará al envejecimiento de la población de China. El número total de personas en edad de trabajar también se verá afectado por la disminución de la población. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La escasez de hembras casaderas ha causado una presión sobre los varones en el mercado de los matrimonios.

El efecto de la discriminación por motivos de género en el desarrollo social de China

La discriminación de género tiene importantes implicaciones sociales. La principal es el daño que causa a la calidad de vida, al eliminar los derechos de supervivencia, participación en la sociedad y avance económico de las niñas; obstaculiza la productividad, la eficiencia y el progreso económico, al tiempo que perjudica el desarrollo sostenible de la sociedad china.Entre las Líneas En primer lugar, la elevada tasa de mortalidad infantil y la mortalidad materna han privado a los lactantes y niños de los derechos básicos al nacimiento y a la vida. Esto viola no sólo la Constitución de China y las leyes conexas, sino también el Pacto Internacional de Derechos Humanos. Las madres sufren la presión psicológica y los riesgos para la salud de los abortos por selección de sexo, que pueden afectar tanto a su salud física como a la reproductiva.Entre las Líneas En segundo lugar, la discriminación por motivos de género reduce los recursos asignados a la mujer, interfiere con su desarrollo educativo y financiero y obstaculiza el desarrollo económico de la sociedad.

Detalles

Por último, el desequilibrio de la estructura de género china causado por las “chicas desaparecidas” da lugar no sólo a una presión matrimonial sobre los jóvenes varones, sino también a una serie de problemas sociales, como una salud física y psicológica inferior de los hombres solteros, inestabilidad de los matrimonios y las familias, nacimientos fuera del matrimonio, problemas de apoyo a la vejez de los que nunca se casaron, aumento de la prostitución y secuestro y trata de mujeres. Estos y otros problemas sociales conexos son perjudiciales para el bienestar general de la sociedad y dañan el desarrollo sostenible del país a largo plazo.

Datos verificados por: Marc

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2 comentarios en «Normativa contra la Discriminación de Género»

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