Estados semisoberanos
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Definición de Estados semisoberanos
Según el concepto de Estados semisoberanos que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Estados semisoberanos hace referencia a lo siguiente:
“Aun cuando no faltan autores que niegan la posibilidad de su existencia, porque la soberanía no es susceptible de limitaciones, otros tratadistas, sin desconocer la exactitud doctrinal de ese principio, afirman que en la realidad existen desde el momento en que se pueden señalar Estados semisoberanos en el sentido de que su soberanía exterior o interior se encuentra limitada por otro u otros Estados.Entre las Líneas En Derecho Internacional, se clasifican en dominios, protectorados, vasallos y países bajo mandato o administración fiduciaria.”
Estados semisoberanos
Estados semisoberanos en la Enciclopedia Jurídica Omeba
Véase:
- Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Estados semisoberanos)
Estados Semisoberanos
En el contexto del derecho internacional y comparado, esta sección se ocupará de lo siguiente: Estados semisoberanos. Véase asimismo más sobre esta materia y algunas cuestiones conexas en esta plataforma. Esto incluye las siguientes materias:
Igualdad de los estados
Renuncia a la soberanía
[rtbs name=”sujetos-del-derecho-internacional”]Definición de Estados Semisoberanos
Véase una aproximación o concepto relativo a estados semisoberanos en el diccionario.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Sujetos del Derecho Internacional
- Soberanía