Falta de Promulgación

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Falta de Promulgación o de Sanción en el Artículo 137 de la Constitución de Portugal

Este artículo trata sobre Falta de promulgación o de sanción, y está ubicado en la Parte III, sobre la Organización del Poder Político, Título II, acerca del Presidente de la República, Capítulo II [Competencias], de la Constitución portuguesa vigente. Dicho artículo dispone lo siguiente: la falta de promulgación o de sanción por el Presidente de la República de cualquiera de los actos previstos del artículo 134.b) implica su inexistencia jurídica.

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