Garantias de los Representantes
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Noción de Garantias de los Representantes
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de garantias de los representantes, la siguiente definición: Conjunto de reglas y previsiones (legales, y también convencionales o establecidas en convenio colectivo) que tienen por objeto la protección de los representantes de los trabajadores en el desempeño de sus funciones representativas. La principal garantía es la prohibición de sanciones y de discriminación por el desarrollo de sus actividades de representación, a la que se añaden la exigencia en todo caso de expediente contradictorio para la imposición de sanciones disciplinarias por falta grave o muy grave (incluido el despido), el derecho de opción entre readmisión e indemnización en caso de despido improcedente, y la prioridad de permanencia en los supuestos de traslado y despido colectivo.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Concepto sobre garantias de los representantes originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
- Comités de empresa
- Delegados de personal
- Delegados de prevención
- Delegados sindicales
- Facilidades de los representantes
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