Venta de Personas
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Venta y Trata en la Protección de la Infancia y los Derechos del Niño
Artículo de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño donde se recoge este tema
Art. 35
Venta y Trata y los Derechos del Niño y el Adolescente
De acuerdo con el Designado Especial de las Naciones Unidas sobre la Venta de Niños, la adopción (en otro país), el trabajo forzado y la explotación sexual son las tres prácticas principales en relación con las cuales ocurre la venta y la trata de niños. También se ha dado un creciente número de reportes aún no confirmados de trata de niño para la venta de sus órganos. El derecho del niño a la protección contra la venta y trata de niños se establece en el artículo 35 de la CDN. Los Estados Parte deben tomar (odas las medidas nacionales, bilaterales y multilaterales apropiadas para prevenir la venta o el (rata de niños para cualquier propósito o en cualquier forma.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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