Acumulación Procesal
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Acumulación Procesal en el Derecho Español
En el Diccionario Jurídico Espasa, Acumulación Procesal se define como:Lo normal es que se sometan al órgano jurisdiccional los objetos procesales de manera individualizada. Planteado un objeto procesal, el instrumento procesal, el proceso (V. proceso), como conjunto de actos a realizar por las partes y por los miembros del órgano jurisdiccional, se pone en marcha, siguiendo uno de los múltiples esquemas procedimentales que el legislador ha establecido.
Para cada objeto procesal es necesario un proceso, instrumento de la función jurisdiccional.
Pero ocurre que en muchas ocasiones, y por razones distintas, es conveniente o, incluso necesario, plantear al órgano jurisdiccional simultáneamente varios objetos procesales, siempre que entre ellos exista algún elemento de conexión.
Hay acumulación, pues, cuando se produce una reunión de objetos procesales; toda acumulación es objetiva, es acumulación de objetos, siendo inadecuado hablar de acumulación subjetiva.
La pluralidad de objetos es, pues, presupuesto de toda acumulación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Si no se da no habrá tal sino algo distinto. Por ejemplo, no hay acumulación cuando la pluralidad no es de objetos sino de normas a aplicar por el juez a la hora de resolver la cuestión planteada, es decir, cuando estamos ante el llamado concurso de leyes o de normas.Entre las Líneas En este supuesto la cuestión planteada es subsumible en varias normas; el problema que surge es el de elegir la aplicable.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Cuando esto ocurre, lo que sucede es que esos distintos procesos, como instrumentos necesarios para realizar la función jurisdiccional con relación a los distintos objetos procesales, se tramitan simultáneamente, acumuladamente, siguiendo un solo esquema procedimental.
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