Agencia de Colocaciones
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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Agencia de Colocaciones
Definición y descripción de Agencia de Colocaciones ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Santiago Barajas Montes de Oca) (Oficina que gestiona empleos o presta servicios similares, ya sea de orden público o particular, encargada de procurar trabajo a personas que acuden a ella de acuerdo con las ofertas de ocupación que tenga.) Los llamados servicios de colocación se redujeron en sus orígenes al dictado de simples disposiciones en el campo del derecho político y administrativo, a veces dictados por las autoridades locales, pero los abusos a que dieron margen las primeras agencias de colocación a las que solo movía el afán de lucro, han obligado a los gobiernos a establecerlas por su cuenta y con carácter gratuito, a efecto de regular todas las relaciones surgidas al amparo de un contrato de trabajo y en otros casos han llevado al legislador a tutelar en este aspecto los derechos de los trabajadores, reduciéndose en la actualidad el campo en el que puede actuar la iniciativa privada en materia pre-contractual.
Más sobre el Significado de Agencia de Colocaciones
Sistemas de colocación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En algunos países se les conoce con el nombre de Bolsas de Trabajo a las agencias de colocación y están organizadas como establecimientos a los que se autorizan en forma legal para actuar en el terreno de la oferta de empleos, permitiéndoles poner en contacto a quienes se encuentran sin ocupación con aquellas personas o instituciones que precisen de obreros o empleados.Si, Pero: Pero existen otros sistemas aprobados desde la primera conferencia de la Organización Internacional del Trabajo celebrada en Washington el año de 1919 y ampliados en las sucesivas conferencias que tuvieron lugar en Ginebra, Suiza, los años de 1932 y 1933 en los que se fijaron normas para que pudieran ofrecer estos servicios algunas agencias privadas, debido a que entonces los gobiernos de los Estados miembros no quisieron adoptar ninguna responsabilidad en la materia, autorizándoles a cobrar por tales servicios, ya sea cuando la persona los solicita o bien cuando obtiene colocación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Un tercer sistema integra un verdadero mercado laboral donde se procura conciliar la oferta y la demanda de trabajadores pero con un amplio sentido social, esto es, organizadas con fines asistenciales y establecidas por organizaciones profesionales o sindicales, las unas para proporcionar elementos de preferencia especializados en un oficio, ramo o actividad; las otras para obtener trabajo para sus afiliados.
Desarrollo
La agencia de colocaciones encuentra su antecedente en los gremios antiguos, los cuales velaban por procurar trabajo a sus asociados y a los compañeros llegados de otros lugares, pero fue hasta mediados del siglo XIX que tuvieron un carácter oficial y hasta bien entrado el presente siglo XX que han formado parte de la legislación obrera, acogidos como hemos dicho, por la Organización Internacional del Trabajo. Por tanto es actual la trascendencia económico-jurídica y social de la agencia de colocaciones, y su importancia la adquirió ante el creciente requerimiento de mano de obra en todos los países industriales o en vías de industrializarse. A esta circunstancia se debe que de acuerdo con los convenios aprobados, la mayor parte de estos países hayan establecido instituciones educativas creadas con el único propósito de preparar jóvenes y ofrecer sus servicios una vez que han sido adiestrados y capacitados en una actividad, con la garantía de la preparación y formación profesional que hayan adquirido. La acción de la licitación preliminar a una contratación no puede por ahora circunscribirse a la simple oferta y demanda de trabajo, sino que a través de registros de petición de colocación, por una parte, o de solicitud de trabajadores por la otra, se busca un desplazamiento uniforme, actual, en las mejores condiciones posibles y de acuerdo con las peticiones de los productores, de la mano de obra, en particular la calificada.Entre las Líneas En ello estriba el interés del poder público para regular el funcionamiento y control de cualquier tipo de agencia.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Despontín, Luis A., La técnica en el derecho del trabajo, Buenos Aires, 1941; Dofny, Jaques, El desempleo, París, 1963; Trueba Urbina, Alberto. Nuevo derecho del trabajo; 4ª edición, México, Porrúa, 1980.
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