Ataques al Transporte
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Ataques al Transporte Aéreo y Marítimo en el Derecho Penal Alemán
En el código penal germano, ataques al transporte aéreo y marítimo se recoge en la Parte Especial, en su Sección Vigesimoctava, sobre Hechos de peligro público. Así, el artículo § 316c. Ataques al transporte aéreo y marítimo dispone lo siguiente: (1) Con pena privativa de la libertad no inferior a cinco años, e será castigado quien 1. emplee violencia, o ataque la libertad de decisión de una persona, o practique otras maniobras con el fin de obtener el dominio o para influir en su manejo, a) sobre una aeronave civil que se encuentre en vuelo o 113 b) sobre un barco de transporte marítimo civil 2. utilice armas de fuego o intente provocar una explosión o un incendio para destruir o dañar una aeronave o buque o la carga que se encuentre a bordo. A una aeronave que se encuentra en vuelo se equipara una aeronave que ya haya sido abordada por miembros de la tripulación o por los pasajeros 0 cuyo cargue ya haya comenzado, o que no haya sido aún desalojado regularmente por miembros de la tripulación o por los pasajeros, o cuyo descargue regular todavía no haya terminado. (2) En casos menos graves la pena es de privación de la libertad de un año hasta diez años. (3) Si por medio del hecho se ha causado al menos temerariamente la muerte de una persona, entonces el castigo es pena privativa de la libertad de por vida o pena privativa de la libertad no inferior a diez años. (4) Quien para la preparación de un hecho punible según el inciso 1 3 fabrique, consiga para sí o para otro, guarde o se las deje a otro, armas de fuego, explosivos, o de otra manera determinados materiales para producir una explosión o un incendio, será castigado con pena privativa de la libertad de seis meses hasta cinco años. Para un mayor contexto, quizás le interese conocer más sobre el derecho penal de Alemania. Véase también la entrada sobre Conducción en estado de embriaguez en esta referencia.
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