Cláusula Ad Cautelam
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Definición de CLÁUSULA AD CAUTELAM en Derecho español
La que se pone en los testamentos declarando nulo a todo testamento que se otorgue posteriormente. Es muy de tener en cuenta que esta clase de cláusulas, denominadas también derogatorias, no tienen ningún valor jurídico en la actualidad, pues todas las disposiciones testamentarias son revocables, aunque el testador exprese en el testamento su voluntad o resolución de no revocarlas. Por ello el Art. 737 del Código Civil da como no puestas las cláusulas derogatorias de las disposiciones futuras.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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