Conyugicidio
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Impedimentos Matrimoniales: Conyugicidio
Ha desaparecido el antiguo impedimento de crimen en el que se englobaban el rapto, el adulterio y el conyugicidio, pero se ha mantenido este último que solo tiene pleno sentido bajo un sistema de matrimonio indisoluble; éste no es el caso. Téngase en cuenta que el impedimento no se construye sobre el hecho material de que un cónyuge mate a otro, sino en la conjura de dos que, con el propósito de casarse, atentan contra la vida del cónyuge de uno de ellos. El impedimento no cierra la vida matrimonial de un homicida, sino de dos conspiradores (homicidas ambos u homicida y encubridor, inductor o cooperador) entre sí, de ahí la dificultad de su planteamiento salvo para aquellos que creen en la santidad del matrimonio pero no creen en la sacralidad de la vida; una paradoja que nos conduce más hacia un problema de voluntad y capacidad mental que al ámbito de los impedimentos, salvo por cuanto se refiere a los viejos y desfasados matrimonios contraídos por ‘razón de Estado’ o al modo en que se realizaban en los señoríos feudales.A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Conyugicidio
Definición y descripción de Conyugicidio ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Carlos Vidal Riveroll) (Del latín conionxugis que es cónyuge y que significa consorte y caedere, matar; dar muerte al consorte. Es la muerte causada por uno de los cónyuges al otro.) Este vocablo guarda estrecha relación con el parricidio, pues incluso el estudio de esta última voz, implica el del conyugicidio. El parricidio tiene como raíces latinas, pater que es padre, par que equivale a semejante y parens que es pariente. Desde antiguo se ha considerado que el parricidio es la muerte que se da al ascendiente o al pariente cercano, aun cuando la tendencia mayoritaria lo limita al ascendiente en línea recta; sin embargo, para establecer alguna distinción se han elaborado diversos vocablos con indicación del sujeto pasivo, así vemos, que matricidio es causar la muerte de la madre, filicidio del hijo, fratricidio del hermano, infanticidio del descendiente recién nacido, conyugicidio del consorte, con su modalidad de uxoricidio cuando el cónyuge da muerte a su esposa.
Más sobre el Significado de Conyugicidio
Si observamos lo ocurrido a través de la historia dentro del núcleo familiar, vemos que siempre se ha considerado que el marido es el custodio de la integridad moral 67 del hogar y por ende está en su mano castigar a los integrantes del mismo que no cumplen con sus mandatos y si es necesario hacerlo con severidad, si se trata de la mujer infiel hasta producir su muerte, lo que no acontece si la infidelidad proviene de él. Dentro del derecho romano y en la época de Justiniano, se facultó al marido para que defendiera los fueros del hogar ultrajado, sin que fuera necesario acreditar el hecho del ayuntamiento, sino bastando la simple sospecha.Entre las Líneas En el derecho germánico, a la mujer adúltera se le despojaba de sus vestidos, era totalmente rasurada y ante la vista de los parientes, se arrojaba del hogar por el cónyuge inocente, quien la perseguía además de golpearla desalmadamente.Entre las Líneas En el derecho canónico, Santo Tomás de Aquino, sostuvo que matar a la mujer fuera del acto del adulterio no era permitido; San Agustín no aceptó la excusa absolutoria en caso de muerte por adulterio, contradiciendo a los autores eclesiásticos que invocaban la causal de exención fundada en el justo dolor; pero a pesar de todo ello, la Iglesia siempre se mostró benévola con los uxoricidas.Entre las Líneas En el derecho español clásico, específicamente en el Fuero Juzgo, en el Fuero Real y en las Leyes de Estilo, se permitió que el cónyuge varón privara de la vida a su esposa, en caso de adulterio. Las Leyes de Partidas restringen en cierta forma este derecho.
Desarrollo
A propósito de que el conyugicidio se estudia en el ámbito del parricidio, múltiples autores han clasificado a éste en propio directo, propio inverso, impropio y cuasiparricidio. El primero proviene de los descendientes a los ascendientes consanguíneos en línea recta; el propio inverso cuando los agentes del delito son los ascendientes que privan de la vida a los descendientes consanguíneos en línea recta, el impropio cuando se trata de los parientes por afinidad o alianza, como es el caso de los suegros, yernos y nueras; el cuasiparricidio cuando las víctimas son los padres o hijos adoptivos.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Información sobre Conyugicidio en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Guía sobre Conyugicidio
.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Conyugicidio
Definición y descripción de Conyugicidio ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Carlos Vidal Riveroll) (Del latín conionxugis que es cónyuge y que significa consorte y caedere, matar; dar muerte al consorte. Es la muerte causada por uno de los cónyuges al otro.) Este vocablo guarda estrecha relación con el parricidio, pues incluso el estudio de esta última voz, implica el del conyugicidio. El parricidio tiene como raíces latinas, pater que es padre, par que equivale a semejante y parens que es pariente. Desde antiguo se ha considerado que el parricidio es la muerte que se da al ascendiente o al pariente cercano, aun cuando la tendencia mayoritaria lo limita al ascendiente en línea recta; sin embargo, para establecer alguna distinción se han elaborado diversos vocablos con indicación del sujeto pasivo, así vemos, que matricidio es causar la muerte de la madre, filicidio del hijo, fratricidio del hermano, infanticidio del descendiente recién nacido, conyugicidio del consorte, con su modalidad de uxoricidio cuando el cónyuge da muerte a su esposa.
Más sobre el Significado de Conyugicidio
Si observamos lo ocurrido a través de la historia dentro del núcleo familiar, vemos que siempre se ha considerado que el marido es el custodio de la integridad moral 67 del hogar y por ende está en su mano castigar a los integrantes del mismo que no cumplen con sus mandatos y si es necesario hacerlo con severidad, si se trata de la mujer infiel hasta producir su muerte, lo que no acontece si la infidelidad proviene de él. Dentro del derecho romano y en la época de Justiniano, se facultó al marido para que defendiera los fueros del hogar ultrajado, sin que fuera necesario acreditar el hecho del ayuntamiento, sino bastando la simple sospecha.Entre las Líneas En el derecho germánico, a la mujer adúltera se le despojaba de sus vestidos, era totalmente rasurada y ante la vista de los parientes, se arrojaba del hogar por el cónyuge inocente, quien la perseguía además de golpearla desalmadamente.Entre las Líneas En el derecho canónico, Santo Tomás de Aquino, sostuvo que matar a la mujer fuera del acto del adulterio no era permitido; San Agustín no aceptó la excusa absolutoria en caso de muerte por adulterio, contradiciendo a los autores eclesiásticos que invocaban la causal de exención fundada en el justo dolor; pero a pesar de todo ello, la Iglesia siempre se mostró benévola con los uxoricidas.Entre las Líneas En el derecho español clásico, específicamente en el Fuero Juzgo, en el Fuero Real y en las Leyes de Estilo, se permitió que el cónyuge varón privara de la vida a su esposa, en caso de adulterio. Las Leyes de Partidas restringen en cierta forma este derecho.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Desarrollo
A propósito de que el conyugicidio se estudia en el ámbito del parricidio, múltiples autores han clasificado a éste en propio directo, propio inverso, impropio y cuasiparricidio. El primero proviene de los descendientes a los ascendientes consanguíneos en línea recta; el propio inverso cuando los agentes del delito son los ascendientes que privan de la vida a los descendientes consanguíneos en línea recta, el impropio cuando se trata de los parientes por afinidad o alianza, como es el caso de los suegros, yernos y nueras; el cuasiparricidio cuando las víctimas son los padres o hijos adoptivos.
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Bibliografía
Jiménez Huerta, Mariano, Derecho penal mexicano, tomo II, La tutela penal de la vida e integridad humana; 3ª edición, México, Porrúa, 1975; Moreno, Antonio de P., Curso de derecho penal mexicano; parte especial; 2ª edición, México, Porrúa, 1968, Porte Petit Candaudap, Celestino, Dogmática sobre los delitos contra la vida y la salud personal; 5ª edición, México, Porrúa, 1978.
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