Deber de Publicidad del Estado
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Deber de Publicidad del Estado en relación con el Acceso a la Información Pública
En el ámbito del acceso a la información pública, se ofrece una aproximación al concepto de Deber de Publicidad del Estado: La información es un instrumento para la realización de las libertades individuales y colectivas; es también un bien jurídico intangible (como la propiedad intelectual o las patentes industriales). Para la realización del ejercicio democrático del poder es un deber del Estado la publicación de la información que detenta.Entre las Líneas En su dimensión colectiva, la información gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) es un bien público y nunca de acceso restringido, en donde prevalece la máxima publicidad.Entre las Líneas En caso que sea necesario reservar la información debe aplicarse la ‘prueba de daño’ que es demostrar con argumentos objetivos, de manera clara y contundente, que la divulgación de dicha información genera daño al interés público; en caso de duda razonable debe privilegiarse su divulgación.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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