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Divisiones Territoriales

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Divisiones Territoriales

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Distinciones territoriales internas en las Constituciones

El derecho constitucional puede introducir distinciones territoriales. La geografía no siempre es el factor predominante que conduce a la introducción de tales diferencias. Las diferencias entre los territorios de un estado están implícitas en el orden constitucional de una organización descentralizada y federal en general.

Puntualización

Sin embargo, la conexión entre la ley y la tierra se vuelve peculiar cuando las constituciones establecen regímenes diferentes dentro del territorio del estado -hasta cierto punto excluyendo el territorio del alcance de la constitución o de principios constitucionales específicos. Estas diferencias sirven para diferentes propósitos. Pueden intentar acomodar la expansión geográfica, las diferencias regionales particulares, atender las demandas de autodeterminación y autonomía (véase qué es, su concepto; y también su definición como “autonomy” en el contexto anglosajón, en inglés), o los propósitos económicos.

Diferencias en el estatuto constitucional de las divisiones subestatales

La expansión geográfica puede evidentemente influir en la variedad de diferentes formas de estatus que se acomodan al derecho constitucional. Dada su vasta expansión territorial, el sistema federal ruso está formado por numerosas entidades con diferentes estatutos que diferencian entre república, territorio, región, ciudad de importancia federal, región autónoma y zona autónoma (artículo 66 de la Constitución de la Federación Rusa). La Constitución de la República Francesa -a pesar de su carácter generalmente centralizado- prevé ciertas distinciones para los departamentos y regiones de ultramar (“départements et régions d’outre-mer” y “collectivités d’outre-mer”), dejando espacio para acomodar las diferencias locales mediante la adaptación de los estatutos y la autorregulación (arts. 72-74). El sistema supranacional de la UE tiene en cuenta las variedades en su alcance territorial. El ámbito territorial de los Tratados de la UE abarca el territorio de los Estados miembros (art. 52(1) TUE) y los territorios europeos de cuyas relaciones exteriores es responsable un Estado miembro (art. 52(2) TUE; art. 5(2) TUE). 355(3) TFUE).

Otros Elementos

Además, los Tratados se aplican generalmente a las regiones ultraperiféricas, mientras que las medidas específicas reconocen sus características especiales (artículo 355, apartado 1, y artículo 349 del TFUE). Los regímenes especiales de asociación son decisivos para determinados territorios de ultramar no europeos (artículo 355, apartado 2, del TFUE; artículos 198 y siguientes del TFUE). TFUE). Para otros ámbitos, los Tratados prevén modificaciones (artículo 355, apartado 4, del TFUE) o excluyen la aplicación (artículo 355, apartado 5, del TFUE).

“Territorios no incorporados” y Cláusulas coloniales

Ciertas exclusiones del orden constitucional también se pueden encontrar en relación con los “territorios no incorporados” en los Estados Unidos, como Puerto Rico, donde la población no tiene representantes en la Cámara de Representantes o en el Senado; de manera similar, el Distrito de Columbia tampoco tiene derecho a votar en el Congreso. Un remanente particularmente obvio del pasado colonial que todavía estipula la exclusión de los territorios del orden normativo (derechos humanos) se encuentra en el artículo 56 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (“CEDH”). El artículo 56, apartado 1, del CEDH determina que la extensión del Convenio a “territorios de cuyas relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma)[un Estado parte en el Convenio] es responsable” depende de la declaración de dicho Estado. A pesar de su condena como “anacrónico como pueden ser los restos coloniales”, el TEDH afirma que está obligado por esta limitación territorial (ver el caso “Chagos Islanders v the United Kingdom” (2012) para. 74, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos), al no poder “anular las disposiciones contenidas en el Convenio” (ver el caso “Quark Fishing Ltd. contra el Reino Unido” (2006) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos).

Territorio ocupado por pueblos indígenas

A lo largo de la historia constitucional hasta hoy, el estatus atribuido al territorio de los pueblos indígenas o pueblos originarios sigue siendo complejo (derechos de las comunidades indígenas).Entre las Líneas En los EE.UU., la caracterización como “naciones dependientes domésticas” (ver caso “Nación Cherokee v Georgia” de 1831) y “comunidades políticas distintas que tienen fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) territoriales dentro de las cuales su autoridad es exclusiva” generalmente protegen contra la interferencia de los estados en algunos aspectos (ver el caso americano “Worcester v Georgia” de 1832), pero no con respecto a las interferencias del gobierno federal.Entre las Líneas En Canadá, los derechos de los aborígenes y de los tratados se afianzaron constitucionalmente en 1982 con el artículo 35(1) del Derecho Constitucional (Leyes Constitucionales de Canadá de 29 de marzo de 1867 (enmendada al 17 de abril de 1982)). Si el título aborigen -que consiste en un derecho comunal sobre la tierra basado en la ocupación previa que confiere el derecho al uso y la ocupación exclusivos- incluye el derecho al autogobierno sigue siendo impugnado (ver caso canadiense “Delgamuukw c. Columbia Británica” (1997)). De manera más restrictiva, el sistema australiano dejó menos espacio para el autogobierno, limitando la titularidad de la tierra a los derechos de propiedad, negando que pudiera haber un “sistema legislativo paralelo en el territorio” desde la afirmación de soberanía de la Corona Británica (ver caso australiano “Members of the Yorta Yorta Aboriginal Community v Victoria” (2002)).

Zonas con autonomía especial

Las Constituciones acomodan las diferencias regionales -de manera provisional o continua- al permitir una desviación de ciertas disposiciones o principios constitucionales. La reanudación del control chino sobre Hong Kong como Región Administrativa Especial bajo el principio de “un país, dos sistemas” declaró que el sistema socialista no se practicaría en Hong Kong, previendo que el “sistema y modo de vida capitalista anterior permanecerá inalterado durante 50 años” (Art. 31 Constitución de la República Popular de China; Art. 5 Ley Fundamental de la Región Administrativa Especial de Hong Kong: 4 de abril de 1990 (China)), es decir, hasta 2047. Se aplican normas similares a la Región Administrativa Especial de Macao.

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La distinción de un territorio específico en el orden constitucional puede estar vinculada a razones económicas. Los puertos de tratados en China durante el siglo XIX y principios del XX, basados principalmente en “tratados desiguales”, sirvieron como punto de entrada para embarcaciones y mercancías extranjeras, a veces constituyendo “asentamientos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) físicamente aislados similares a enclaves” (Tratados, Desiguales).Entre las Líneas En la década de 1980 se crearon en China las Zonas Económicas Especiales (Special Economic Zones, SEZ) para permitir la cooperación económica y atraer la inversión extranjera a la economía china, que de otro modo estaría planificada de forma centralizada, previendo condiciones económicas favorables, estabilidad para los inversores extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y formas descentralizadas de administración (arts. 4 y 14 del Reglamento sobre las Zonas Económicas Especiales de la provincia de Guangdong (26 de agosto de 1980) (China)). Mientras que la zona económica especial china consiguió iniciar el crecimiento económico, la eficacia de la zona económica especial en otros países está en entredicho, los privilegios para un territorio determinado no conducen necesariamente a repercusiones positivas para el resto.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Las `Ciudades estatutarias’ impulsan aún más las experiencias de las ZEE y sugieren la fundación de nuevas ciudades en un terreno no urbanizado al ser otorgada la autonomía por el Estado anfitrión, con el fin de crear un entorno legal, económico, administrativo y político distinto. El propósito de tales enclaves territoriales es mejorar el desarrollo económico mediante el establecimiento de zonas con normas que pueden diferir ampliamente del resto del Estado, a fin de atraer inversiones internacionales y fomentar la estabilidad.Entre las Líneas En Honduras, después de que la Corte Constitucional revocara la legislación anterior que intentaba establecer tales zonas por violar la soberanía hondureña, consideró que el plan para fundar “Zonas para el Desarrollo Económico y el Empleo” era compatible con la integridad territorial de Honduras en 2014. Las críticas no solo se dirigen contra las implicaciones neoliberales o la vaguedad del esquema de gobierno, sino también contra la limitación de los derechos relacionados con su establecimiento con solo “seis de los 379 artículos de la constitución” necesarios para su aplicación.

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Revisor: Lawrence

Consideraciones Generales

En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con divisiones territoriales incluyen los siguientes: Mapas, Zonificación, Gobierno Local, Gobierno subnacional, Organización de los Estados Americanos, Comunidades autónomas, Seguridad fronteriza.Entre las Líneas En esta plataforma, divisiones territoriales incluye también entradas sobre cuestiones tales como Aguas territoriales. Para más información sobre divisiones territoriales en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, Territorial divisions (divisiones territoriales).

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