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Enajenar

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Enajenar

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre enajenar. [aioseo_breadcrumbs] A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Enajenar en Economía

[rtbs name=”home-economia”]Significado de enajenar: Transmitir la propiedad de un bien.(1)

Enajenar una actividad para liberar las pérdidas pasivas suspendidas: Aspectos Tributarios

Esta sección analiza algunos aspectos de enajenar una actividad para liberar las pérdidas pasivas suspendidas, usando, como ejemplo, el sitema tributario americano.

Las normas sobre pérdidas de actividades pasivas (PAL) se promulgaron originalmente para hacer frente a los refugios fiscales abusivos y restringir la capacidad de los contribuyentes para reducir su deuda tributaria mediante el uso de deducciones o créditos por pérdidas. En muchos casos, cualquier cantidad de pérdidas de actividades pasivas que supere los ingresos de actividades pasivas en un año determinado no es deducible y debe trasladarse a los ejercicios fiscales siguientes o hasta que la actividad se enajene en una transacción imponible.

Las PAL no utilizadas se suspenden y se trasladan a ejercicios futuros hasta que el contribuyente (1) enajene la actividad concreta que generó las pérdidas, (2) genere ingresos netos por actividades pasivas en el caso de una sociedad de servicios personales (PSC), o (3) genere ingresos netos por actividades pasivas o ingresos netos por actividades activas en el caso de una sociedad de responsabilidad limitada (CHC). Por lo general, se produce una enajenación si la totalidad de la participación del contribuyente en la actividad se enajena en una operación plenamente gravable a una parte no vinculada (Sec. 469(g)(1)).

Ejemplo 1

A, S.A., es una PSC que posee dos actividades pasivas, un edificio de oficinas arrendado y una unidad de libros. La actividad de arrendamiento del edificio no tiene pérdidas suspendidas y tiene unos ingresos en el año en curso de 10.000 $. La unidad de libros tiene pérdidas suspendidas de 50.000 $ y una pérdida en el ejercicio corriente de 10.000 $. A siempre ha tratado las actividades como dos actividades separadas. A tiene unos ingresos activos de 100.000 $ en el ejercicio en curso.

A ha decidido que la unidad de libros nunca será rentable. Por lo tanto, planea vender la mayoría de los activos relacionados con la actividad de la unidad de libros el 30 de diciembre del año en curso. Los activos que se van a vender tienen un valor justo de mercado (FMV) de 20.000 $ y una base de 5.000 $. A planea conservar el equipo de oficina de la unidad de libros en sus operaciones comerciales activas en lugar de venderlo. Ese equipo de oficina tiene un VMF de 1.000 $ y una base de 500 $. ¿Puede A utilizar los 50.000 $ de pérdidas suspendidas de la unidad de libros en el ejercicio en curso?

De los hechos se desprende que A enajenará la práctica totalidad de la actividad de la unidad de libros en el año en curso. A debe poder contabilizar correctamente los ingresos brutos, las deducciones y los créditos imputables a esa actividad en el ejercicio fiscal en curso. Como resultado, A debería poder compensar los 10.000 $ de ingresos por el alquiler del edificio, los 15.000 $ de ganancia por la venta de la unidad contable y los 35.000 $ de sus ingresos activos con los 50.000 $ de pérdidas suspendidas y los 10.000 $ de pérdidas del año en curso procedentes de la actividad de la unidad contable.

Venta de la totalidad de la participación a una parte no vinculada

Cuando se vende una participación entera en una actividad pasiva a una parte no vinculada, las pérdidas actuales y suspendidas relacionadas con la actividad pueden utilizarse de acuerdo con las siguientes reglas (Sec. 469(g)(1)(A)):

  • Si se reconoce la totalidad de la ganancia o pérdida derivada de la venta de la propiedad, la pérdida del año en curso derivada de la actividad (incluidas todas las pérdidas suspendidas) puede compensarse en su totalidad con cualquier ganancia derivada de la enajenación de la propiedad o combinarse con la pérdida derivada de dicha enajenación.
  • Si la ganancia permanece después del punto 1, puede compensarse con cualquier pérdida (incluidas las pérdidas suspendidas) de todas las demás actividades pasivas. Cualquier ganancia restante se declara de la manera normal. Sin embargo, cualquier pérdida restante se arrastra como una pérdida pasiva suspendida.
  • Si el resultado del punto 1 es una pérdida, esta pérdida puede compensarse con cualquier ingreso neto o ganancia de todas las demás actividades pasivas (netas de pérdidas suspendidas arrastradas de años anteriores). Si queda algo de la pérdida de la actividad enajenada, puede entonces deducirse como pérdida no pasiva.

Ejemplo 2

D es una CHC con pérdidas suspendidas trasladadas de 2007 a 2008 como sigue:

Propiedad A 10.000
Propiedad B 5.000
$15,000

El 30 de octubre de 2007, D vendió la propiedad A a una parte no relacionada, realizando una ganancia de capital a largo plazo de $15,000. La propiedad A generó una pérdida pasiva del ejercicio en curso de 1.500 $ en 2007 antes de la fecha de venta. D incurrió en una PAL de $3,000 sobre la propiedad B en 2007. La sociedad no tiene ningún ingreso activo en 2007 contra el que se pueda compensar su PAL.

D enajenó la propiedad A a efectos de la actividad pasiva porque vendió la totalidad de su participación en la propiedad en una transacción totalmente imponible a una parte no vinculada. D tiene una ganancia pasiva neta de $3,500 resultante de la enajenación de la propiedad A,. Esto se puede utilizar para compensar $3,500 de la pérdida sobre la propiedad B.

Si la venta genera una pérdida de capital de $15,000 en lugar de una ganancia de capital de $15,000, la pérdida aún se reporta en el Anexo D, Ganancias y Pérdidas de Capital. Si la corporación no tiene ninguna ganancia de capital contra la cual se pueda compensar la pérdida, la pérdida no se permite (debido a la limitación de pérdida de capital) pero se arrastra. (Dado que la propiedad fue enajenada en el año en curso, la pérdida no es rechazada bajo las reglas PAL).

Las pérdidas ordinarias pasivas suspendidas y corrientes de la propiedad A serían deducibles contra la renta no pasiva en el año de la enajenación. Sin embargo, ninguna de las pérdidas del año en curso de la propiedad B ni el arrastre PAL son deducibles porque la sociedad no tiene ninguna renta pasiva o renta activa con la que compensar estas pérdidas.

Utilización de la plusvalía para absorber las pérdidas de capital y pasivas trasladadas al ejercicio siguiente
Una ganancia de capital puede absorber tanto las pérdidas de capital como las pérdidas pasivas trasladadas al ejercicio siguiente.

Ejemplo 3

T Corp. tiene 12.000 $ de PAL suspendidas de dos sociedades en comandita y una pérdida suspendida adicional de 4.000 $ de una propiedad en alquiler. En 2006, enajenó varias acciones especulativas, lo que dio lugar a una pérdida de capital en la declaración de ese año y a un traslado de pérdidas de capital de 17.000 $ a 2007. En 2007, las tres actividades pasivas produjeron una pérdida neta combinada de 2.000 $. También en 2007, T vendió la propiedad en alquiler, reconociendo una plusvalía a largo plazo de 20.000 $.

En virtud del proceso de compensación en el Anexo D, la ganancia de capital de 20.000 $ permite el uso completo de los 17.000 $ de pérdidas de capital trasladables. En virtud del proceso de compensación en el formulario 8810, Corporate Passive Activity Loss and Credit Limitations, la ganancia de capital de 20.000 $ permite el uso completo de las PAL suspendidas de 16.000 $ y de las PAL del año en curso de 2.000 $. T puede utilizar tanto los 17.000 $ de pérdidas de capital trasladables como los 18.000 $ de los PALs actuales y suspendidos.

En situaciones como las de los tres ejemplos anteriores, los contribuyentes deben mantener registros exhaustivos que documenten:

  • Los activos vendidos, su base y depreciación acumulada en la fecha de venta, y su precio de venta;
  • Para todos los demás activos, la base y la depreciación acumulada, además de información sobre su VMF; y
  • Cálculos que muestren qué porcentaje del VMF total de todos los activos (los vendidos y los no vendidos) está compuesto por los activos vendidos a un tercero y qué porcentaje del VMF total de todos los activos está compuesto por los activos no vendidos.

Observación

Una transacción debe ser un hecho imponible para calificarse de enajenación completa. Por lo tanto, las transacciones como los intercambios en especie, las conversiones a uso personal, los regalos, las transferencias a un ex cónyuge en caso de divorcio o las transferencias a corporaciones, sociedades o LLC no cumplen los requisitos.

Enajenación de la práctica totalidad de una actividad

Si se produce una enajenación de la práctica totalidad de una actividad, el contribuyente puede tratar la parte enajenada como una actividad independiente, pero sólo si la sociedad puede establecer con razonable certeza (Regs. Sec. 1.469-4(g)):

  • Las deducciones y créditos asignables a esa parte de la actividad para el ejercicio fiscal conforme a la Reg. 1.469-1(f)(4) (relativa al traslado de deducciones y créditos rechazados); y
  • La renta bruta y cualesquiera otras deducciones y créditos imputables a esa parte de la actividad para el ejercicio fiscal.

Así, las sociedades pueden deducir las pérdidas suspendidas al enajenar la práctica totalidad de una actividad siempre que puedan contabilizar las pérdidas de la parte de la actividad enajenada. Sin embargo, el término “sustancialmente toda” no se define en el reglamento y, según una lectura literal del art. 469(g), se requiere una enajenación de la totalidad de una participación en una actividad antes de poder deducir las pérdidas pasivas suspendidas. El capítulo 5 de la Guía de Técnicas de Auditoría de Pérdidas de Actividades Pasivas del IRS (diciembre de 2004) indica que los contribuyentes pueden necesitar mantener libros y registros separados de sus actividades para poder establecer con una certeza razonable las deducciones y créditos suspendidos y corrientes asignables en el momento de la enajenación.

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También es importante recordar que si las actividades pasivas se han agrupado previamente para determinar la ganancia o pérdida global de la actividad, la venta de una de las actividades del grupo no se consideraría la enajenación de una participación completa. Por lo tanto, las pérdidas relacionadas con la propiedad vendida permanecerían suspendidas hasta que se enajenen sustancialmente todas las propiedades del grupo.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Ejemplo 4

Supongamos que M, Inc. es una consulta médica que opera como PSC. M posee dos propiedades en alquiler. La propiedad A es una parcela no mejorada de bienes inmuebles que se mantiene como un futuro sitio de oficinas y se alquila a una persona no relacionada como un estacionamiento. La propiedad B es una oficina situada al lado que en su día fue utilizada por M como laboratorio de rayos X.

En un tiempo, la propiedad A producía un beneficio de unos 10.000 dólares al año. Sin embargo, debido al aumento de los costes del seguro y del impuesto sobre bienes inmuebles, el beneficio ha disminuido a unos 2.000 $ anuales. La propiedad B se alquila a un precio bajo simplemente para sufragar los costes de mantenimiento de la propiedad. Normalmente arroja unas pérdidas de unos 5.000 $ anuales.

Hace varios años, se aconsejó a M que agrupara las dos propiedades en alquiler como una única actividad, de modo que las pérdidas de la propiedad B pudieran utilizarse para compensar los beneficios de la propiedad A. Aunque la actividad de alquiler ha estado produciendo una pérdida neta de unos 3.000 $ anuales durante los últimos años, el preparador fiscal actual ha seguido tratando las dos propiedades como una única actividad porque así es como lo hacía el preparador anterior. Como resultado, la actividad ha suspendido pérdidas de 15.000 $ al principio del año según el software de preparación de impuestos del preparador.

Durante el año en curso, M vende la propiedad B y obtiene una ganancia de 45.000 $ por la venta. Al discutir la transacción con uno de sus pacientes contadores públicos, el médico propietario de M es informado de que podría compensar parte de la ganancia con las pérdidas suspendidas de la propiedad. El médico llama a su preparador de declaraciones para ver si existen pérdidas suspendidas sobre la propiedad B y, en caso afirmativo, si se pueden deducir.

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El preparador sabe que ha habido una pérdida suspendida en la propiedad B durante los últimos años, pero nunca se lo ha mencionado al médico. Se siente aliviado al saber que este problema desaparecerá ahora porque la propiedad ha sido vendida. Le dice al médico que podrá compensar los 15.000 $ de pérdidas suspendidas con la ganancia de la venta de la propiedad B.

Desgraciadamente, el preparador se equivoca. Dado que las dos propiedades en alquiler han sido tratadas como una única actividad a efectos de las normas PAL, no se ha producido una enajenación de la práctica totalidad de la actividad. En consecuencia, M tendrá que declarar la totalidad de la ganancia de 45.000 $ por la venta de la propiedad B. La pérdida suspendida de 15.000 $ tendrá que utilizarse para compensar futuras ganancias, si las hubiera, procedentes de la propiedad A.

Revisor de hechos: Mortimer

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Notas

  1. Basado en una definición de enajenar de Cambó (2007)

Véase También

Bibliografía

  • Información acerca de “Enajenar” en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España
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