Galicanismo
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Galicanismo
Galicanismo en la Enciclopedia Jurídica Omeba
Véase:
Galicanismo (Historia)
Galicanismo, en la historia eclesiástica, combinación de doctrinas teológicas y posiciones políticas que apoya la relativa independencia de la Iglesia católica francesa y el gobierno galo en sus relaciones con el Papa. Era lo opuesto al montanismo extremo, que pedía la activa intervención papal en los asuntos políticos internos franceses.
Existen tres ramas distintas, aunque muy interrelacionadas, del galicanismo. El galicanismo eclesiástico mantenía que las decisiones de los concilios ecuménicos tenía supremacía sobre el Papa, el cual no era infalible, y que todos los obispos estaban establecidos por derecho divino como los sucesores de los apóstoles. El galicanismo real subrayaba la absoluta independencia de los reyes franceses de Roma en todos los asuntos temporales. El galicanismo parlamentario, una posición de los tribunales franceses o parlamentos, era más radical y agresivo, demandando la total subordinación de la Iglesia francesa al Estado y, si era necesario, la intervención del gobierno en los asuntos financieros y disciplinarios del clero.
Los orígenes del galicanismo se pueden encontrar al inicio de la edad media y en las numerosas luchas que se entablaron entre los reyes franceses y los papas sobre la autoridad política y el poder para cubrir puestos clericales y proceder al cobro de algunos impuestos. Los primeros planteamientos sistematizados del galicanismo como una doctrina articulada datan de finales del siglo XIV y principios del XV, cuando el galicanismo estuvo vinculado al movimiento conciliar y los esfuerzos para poner fin al Gran Cisma de Occidente en la Iglesia. Más tarde, el galicanismo se vio reforzado por algunas iniciativas institucionales. Mediante el Concordato de 1516, el Papa otorgó al rey francés el derecho a nombrar todos los obispos en su reino. La creación de la Asamblea General del clero francés, en el siglo XVI, reforzó la cohesión e independencia del episcopado francés con respecto a Roma. La doctrina consiguió su máximo éxito con los Cuatro Artículos Galicanos (Declaración del Clero de Francia) de 1682, promulgados por la Asamblea General encabezada por el obispo Jacques Benigne Bossuet y aceptados por el rey Luis XIV. Los Cuatro Artículos, que reafirmaban los preceptos esenciales del galicanismo real y eclesiástico, fueron rechazados de inmediato por el Papa, y más tarde el propio Luis XIV renunció a ellos. Fueron enseñados en la universidades y seminarios franceses hasta el advenimiento de la Revolución Francesa (1789).
Tras este periodo, algunas actitudes galicanas subsistieron entre el episcopado francés hasta mediados del siglo XIX. La declaración del Concilio Vaticano I (1869-1870) sobre la infalibilidad del Papa y el triunfo general del montanismo entre el clero francés puso fin al movimiento.
Consideraciones Jurídicas y/o Políticas
[rtbs name=”politicas”]Aspectos Jurídicos y/o Políticos de Galicanismo
Galicanismo en relación con la Teología
Galicanismo, en la historia eclesiástica, combinación de doctrinas teológicas y posiciones políticas que apoya la relativa independencia de la Iglesia católica francesa y el gobierno galo en sus relaciones con el Papa. Era lo opuesto al montanismo extremo, que pedía la activa intervención papal en los asuntos políticos internos franceses.
Existen tres ramas distintas, aunque muy interrelacionadas, del galicanismo. El galicanismo eclesiástico mantenía que las decisiones de los concilios ecuménicos tenía supremacía sobre el Papa, el cual no era infalible, y que todos los obispos estaban establecidos por derecho divino como los sucesores de los apóstoles. El galicanismo real subrayaba la absoluta independencia de los reyes franceses de Roma en todos los asuntos temporales. El galicanismo parlamentario, una posición de los tribunales franceses o parlamentos, era más radical y agresivo, demandando la total subordinación de la Iglesia francesa al Estado y, si era necesario, la intervención del gobierno en los asuntos financieros y disciplinarios del clero.
Los orígenes del galicanismo se pueden encontrar al inicio de la edad media y en las numerosas luchas que se entablaron entre los reyes franceses y los papas sobre la autoridad política y el poder para cubrir puestos clericales y proceder al cobro de algunos impuestos. Los primeros planteamientos sistematizados del galicanismo como una doctrina articulada datan de finales del siglo XIV y principios del XV, cuando el galicanismo estuvo vinculado al movimiento conciliar y los esfuerzos para poner fin al Gran Cisma de Occidente en la Iglesia. Más tarde, el galicanismo se vio reforzado por algunas iniciativas institucionales. Mediante el Concordato de 1516, el Papa otorgó al rey francés el derecho a nombrar todos los obispos en su reino. La creación de la Asamblea General del clero francés, en el siglo XVI, reforzó la cohesión e independencia del episcopado francés con respecto a Roma. La doctrina consiguió su máximo éxito con los Cuatro Artículos Galicanos (Declaración del Clero de Francia) de 1682, promulgados por la Asamblea General encabezada por el obispo Jacques Benigne Bossuet y aceptados por el rey Luis XIV. Los Cuatro Artículos, que reafirmaban los preceptos esenciales del galicanismo real y eclesiástico, fueron rechazados de inmediato por el Papa, y más tarde el propio Luis XIV renunció a ellos. Fueron enseñados en la universidades y seminarios franceses hasta el advenimiento de la Revolución Francesa (1789).
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Tras este periodo, algunas actitudes galicanas subsistieron entre el episcopado francés hasta mediados del siglo XIX. La declaración del Concilio Vaticano I (1869-1870) sobre la infalibilidad del Papa y el triunfo general del montanismo entre el clero francés puso fin al movimiento.
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- Basado en la información sobre galicanismo de la Enciclopedia Encarta
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- Información sobre galicanismo de la Enciclopedia Encarta
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Otra Información en relación a Galicanismo
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