Impugnación de Resoluciónes
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Introducción: Impugnación de Resoluciónes
Concepto de Impugnación de Resoluciónes en el ámbito del derecho procesal y otros afines: Las etapas son:
- Recursos de revocación
- Juicio contencioso administrativo de nulidad
- Juicio de amparo ante el tribunal colegiado de circuito.
Noción de Impugnación en el Derecho Italiano
Escribió hace tiempo el italiano Francesco Carnelutti (Sistema de Derecho Procesal Civil. UTEHA (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Buenos Aires, 1944, Tomo IV, pág. 614):
“No hace falta más para comprender que, a diferencia de la invalidación [1], la impugnación[2] establece además estrecha conexión entre la rescisión del acto injusto y la realización del nuevo acto que haya de colocarse en su lugar: esa conexión, que se explica prácticamente porque hace falta la realización del segundo acto para verificar la justicia del primero, complica el concepto de la impugnación comparado con el de la invalidación: lo cierto es que mientras ésta mira solo a eliminar el acto invalidado, aquélla tiende, en cambio, a fin de cuentas, a sustituir el acto impugnado y, por tanto, al “iudicium rescindens” corresponde lo que se suele llamar el “iudicium rescissorium” con cuya frase se quiere significar que, en realidad, la rescisión se consuma cuando el nuevo acto ocupa el puesto del acto rescindido. (…)
Bastante más clara es la conexión entre “iudicium rescindens y iudicium rescissorium” en el campo del Derecho procesal, que es donde la figura de la impugnación ha logrado su pleno desarrollo. Precisamente sobre esa conexión se asienta, en mi opinión, el sistema de las impugnaciones; hasta ahora, por lo demás, se puede advertir que cada vez que el iudicium rescindens aparezca autónomo, en el sentido de que no se le considere por la ley como fase de un procedimiento que conduzca al iudicium rescissorium, nos encontramos en el campo de la nulidad y no en el de la impugnación; nos hallamos, en cambio, ante la impugnación y no ante la invalidación[3], siempre que el iudicium rescindens, aunque históricamente diferenciado del iudicium rescissorium, venga también considerado como la fase de un remedio que se agota en este último.”
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Notas
[1] En el sistema de Carnelutti, invalidación significa demanda de nulidad. [2] En el Derecho italiano, los recursos se denominan “medios de impugnación”. [3] No confundir con el recurso de invalidación de algunos ordenamientos jurídicos, como el venezolano, que se denomina en el Derecho italiano “revocación”.▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.