Instalaciones
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Instalaciones Que Contienen Fuerzas Peligrosas
Instalaciones en Derecho Militar
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Véase Obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas.
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Obras e Instalaciones que Contienen Fuerzas Peligrosas
Instalaciones en Derecho Militar
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La expresión designa las obras (o las instalaciones) que contienen fuerzas que, si son liberadas, pueden causar pérdidas importantes entre la población civil. Se trata fundamentalmente de presas, diques y centrales nucleares de energía eléctrica.Entre las Líneas En general, estas obras no podrán ser objeto de ataques -incluso si son objetivos militares- si tales ataques pueden provocar la liberación de las fuerzas que contienen y causar las pérdidas importantes ya mencionadas. Existen normas particulares que reglamentan los casos en los que cesa de desplegar sus efectos la protección de tales obras. Las obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas deben siempre llevar un signo distintivo apropiado. Están prohibidas las represalias contra ellas (cf. GP I, art. 56).
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Instalaciones procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Instalaciones en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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