Legislación sobre Sustancia Económica
Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: puede interesar asimismo la entrada acerca de la sustancia económica y el MLI, que complementa esta entrada.
Existen diferencias sutiles entre la legislación de cada jurisdicción, pero el principio común es que toda entidad que sea residente fiscal en esas jurisdicciones debe demostrar el cumplimiento de ciertas pruebas de sustancia cuando la entidad emprende una actividad en un “sector pertinente”, según se define en cada jurisdicción.
Entre las pruebas de sustancia que deben cumplir las entidades que realizan actividades en un sector pertinente figura la demostración de que la entidad:
- está “dirigida y administrada” en la jurisdicción de residencia fiscal (incluida la consideración de la asistencia a las reuniones de la junta directiva y la documentación conexa);
- realiza “actividades básicas de generación de ingresos” en la jurisdicción de la residencia fiscal;
- tiene personas, locales y gastos “adecuados” en la jurisdicción de la residencia fiscal.
El método de cumplimiento difiere entre cada jurisdicción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Por ejemplo, las Dependencias de la Corona incluirán certificaciones específicas en las declaraciones de impuestos de las empresas, mientras que las Islas Vírgenes Británicas actualizaron el sistema de Búsqueda Segura de Propietarios Beneficiarios (“BOSS”).Entre las Líneas En caso de incumplimiento, se impondrán sanciones, se intercambiará información y, en última instancia, se procederá a una posible eliminación de la sociedad.
Datos verificados por: Williams
Requisitos sobre Sustancia Económica
Sustancia económica
El 5 de diciembre de 2017, la Unión Europea (UE) propuso su lista de jurisdicciones fiscales “no cooperativas”, conocida popularmente como la “Lista Negra de la UE”. La lista comprendía 17 países en ese momento, sin embargo, la UE había declarado que su objetivo era revisar la lista al menos una vez al año, eliminando a los países que mostraran su compromiso y cumplimiento de las normas acordadas por la UE.
A principios de 2018, varios países fueron retirados de la Lista Negra y trasladados a la “Lista Gris”. Las jurisdicciones del Criterio 2.2 (en gran parte jurisdicciones extraterritoriales tradicionales) son un subconjunto de la Lista Gris que la UE considera que “facilitan las estructuras o arreglos extraterritoriales destinados a atraer beneficios que no reflejan la actividad económica real (“sustancia”) en la jurisdicción”.
En consecuencia, muchos centros financieros internacionales han tenido que introducir la denominada legislación sobre sustancias económicas para finales de 2018 a fin de no figurar en la Lista Negra de la UE. Esto incluye a todas las jurisdicciones extraterritoriales tradicionales, incluidas las dependencias de la Corona británica y los territorios de ultramar del Reino Unido, como las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Caimán, Jersey y otras.
Se espera que estos requisitos de sustancias se apliquen a las siguientes categorías de actividades de servicios financieros y de otro tipo con movilidad geográfica, identificadas por la UE y, más recientemente, por la OCDE:
Banca
Seguro
Envío
Administración de fondos
Financiación y arrendamiento
Sede central
Centros de distribución y servicio
Sociedad de cartera (sociedad holding)
Propiedad intelectual
Se espera que si las empresas realizan alguna de las actividades mencionadas anteriormente, entonces la sustancia puede ser requerida en la jurisdicción de constitución; si no, entonces la sustancia adicional puede no ser requerida. Esto puede aplicarse a todas las entidades jurídicas que realizan actividades pertinentes, a menos que sean residentes a efectos fiscales en otra jurisdicción.
La mayoría de las jurisdicciones, incluidos los territorios británicos de ultramar, introdujeron legislación sobre sustancia económica a finales de 2018.
La UE publica las conclusiones completas de la Lista Negra y la “Lista Gris”
La UE se reunió el 12 de marzo de 2019 para evaluar el cumplimiento de sus criterios de la Lista Negra. A continuación se presentan sus conclusiones:
- Bermudas ha sido añadido a la Lista Negra. Las conclusiones del Consejo de la UE no amplían la justificación de ello, salvo para afirmar que se debió únicamente al criterio 2.2. La lista completa de jurisdicciones de la Lista Negra es: Samoa Americana, Aruba, Barbados, Belice, Bermudas, Dominica, Fiji, Guam, Emiratos Árabes Unidos, Islas Marshall, Omán, Samoa, Trinidad y Tabago, Islas Vírgenes de los Estados Unidos y Vanuatu.
- Se ha dado el visto bueno a las tres dependencias de la Corona: Jersey, Guernsey y la Isla de Man han sido retiradas de la “Lista gris”, habiéndose considerado que han cumplido plenamente sus compromisos. La lista completa de jurisdicciones que han sido retiradas de la “Lista Gris” por haber cumplido plenamente sus compromisos es: Andorra, Bahrein, Islas Feroe, Groenlandia, Granada, Guernsey, Hong Kong, Isla de Man, Jamaica, Jersey, Corea, Liechtenstein, Macao RAE, Malasia, Montserrat, Nueva Caledonia, Panamá, Perú, Qatar, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Taiwán, Túnez, Turcas y Caicos y Uruguay.
- Las Islas Vírgenes Británicas y Caimán (junto con las Bahamas) siguen figurando en la ‘Lista gris’ y se vigilará su cumplimiento de los requisitos de las sustancias. Se espera que ahora adapten su legislación en lo que respecta a los fondos para finales de 2019. La ‘Lista Gris’ no conlleva ninguna sanción en sí misma, aunque permanecer en ella significará que las Islas Vírgenes Británicas y Caimán seguirán sujetas al escrutinio de la UE durante el próximo año.
La lista completa de jurisdicciones en la ‘Lista Gris’ es: Albania, Anguila, Antigua y Barbuda, Armenia, Australia, Bahamas, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Islas Vírgenes Británicas, Cabo Verde, Costa Rica, Curaçao, Islas Caimán, Islas Cook, Eswatini, Jordania, Maldivas, Marruecos, Mauricio, Mongolia, Montenegro, Namibia, Macedonia del Norte, Nauru, Niue, Palau, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, Serbia, Seychelles, Suiza, Tailandia, Turquía y Vietnam.
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Legislación local sobre sustancia económica
Tras la evaluación de la UE, las jurisdicciones están adaptando ahora su legislación local en materia de sustancias.
Las Islas Vírgenes Británicas publicaron a principios del 2019 un proyecto de Código de Sustancias Económicas. El Código es complementario de la Ley de Sustancias Económicas (Sociedades y Compañías Limitadas) de 2018 y contiene normas sobre la forma en que pueden cumplirse los requisitos relativos a las sustancias económicas y orientación sobre la interpretación de la legislación y la forma en que las Islas Vírgenes Británicas cumplirán sus obligaciones.
Datos verificados por: Chris
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¿Esto le afecta?
¿Tiene una entidad en una de estas jurisdicciones? Y si es así, ¿necesita ayuda para determinar si todo esto es relevante para usted? Comprender la nueva legislación y sus implicaciones es clave para asegurar que usted tome las decisiones correctas para su entidad.
El primer paso será determinar si una entidad está dentro del ámbito de la legislación.
En caso afirmativo, para luego determinar si está llevando a cabo una “actividad relevante”.
Las Islas Vírgenes Británicas también han anunciado que el Código definitivo se publicará en mayo, tras una breve campaña de educación, e incorporará las enmiendas que el Gobierno de las Islas Vírgenes Británicas considere necesarias.
En las Islas Caimán se han publicado notas de orientación, pero éstas se enmendarán con detalles adicionales en breve. En Jersey y Guernsey se espera que las Notas de Orientación se publiquen en las próximas semanas.
¿Cuáles son las normas sobre sustancias económicas? ¿Cuáles son algunas de las consideraciones del contexto de un family office?
El concepto de sustancia no es nuevo y los family offices han estado considerando cuidadosamente las jurisdicciones de sus estructuras durante varios años. Estas normas sobre sustancias sirven para reforzar la importancia de ese proceso y las family offices deberían seguir considerando los siguientes puntos:
El primer paso para el cumplimiento de las normas sobre sustancias es identificar las entidades de una estructura que sean residentes fiscales en una de las jurisdicciones sobre sustancias de la UE y que realicen una actividad en el sector pertinente.
Para muchas empresas extraterritoriales, la jurisdicción de la residencia fiscal puede no haber sido históricamente especialmente importante (ya que pueden no estar sujetas a impuestos en ningún caso). Para muchos grupos, existe un examen preliminar de la residencia fiscal que debe llevarse a cabo como gestión inicial antes de que se complete el análisis de la sustancia.
Las sociedades de cartera, los administradores de fondos, los centros de servicios y las entidades de financiación son ejemplos de entidades que realizan actividades en un sector pertinente de las estructuras de family office.
En el caso de las entidades de alcance, se debería realizar un examen ahora que las normas están vigentes en 2019 y, cuando se detecten problemas, tal vez sea necesario adoptar medidas correctivas en el curso de 2019.
Las normas permiten en general la contratación externa y, por consiguiente, el examen de la forma en que la oficina familiar interactúa con la estructura (en particular cuando las entidades están situadas en diferentes jurisdicciones) constituye una parte fundamental de este análisis. Esto puede incluir la consideración de los recursos proporcionados por terceros proveedores de servicios fiduciarios y empresariales.
Es probable que las oficinas familiares quieran demostrar (y documentar) el cumplimiento de estas normas, a fin de evitar las sanciones y las repercusiones en la reputación del incumplimiento.
Muchas oficinas familiares pueden considerar estas normas como una oportunidad para validar la sustancia económica en la que operan, lo que en cualquier caso ha sido un objetivo fundamental durante varios años.