Lesión al Deber Médico
Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Lesión al Deber Médico en los Casos de Interrupción del Embarazo en el Derecho Penal Alemán
En el código penal germano, lesión al deber médico en los casos de interrupción del embarazo se recoge en la Parte Especial, en su Sección Decimosexta, sobre Hechos punibles contra la vida. Así, el artículo § 218c. Lesión al deber médico en los casos de interrupción del embarazo dispone lo siguiente: (1) Quien interrumpe un embarazo, 1. sin haber dado la oportunidad a la mujer de que le exprese él las razones para la petición de la interrupción del embarazo, 2. sin haber aconsejado médicamente a la embarazada sobre la significación de la intervención especialmente sobre el desarrollo, las consecuencias, los riesgos y los posibles efectos síquicos y psicológicos, 3. sin haberse convencido previamente en los casos del § 218 a incisos 1 y 3 de la duración del embarazo a raíz del examen médico de la duración del embarazo, o, 4. a pesar de que él ha aconsejado a la mujer en el caso del § 218 a inciso 1 según el § 219, será castigado con pena privativa de la libertad hasta un año o con multa cuando el hecho n o este amenazado con pena en el § 218. (2) la embarazada no es punible según el inciso 1. Para un mayor contexto, quizás le interese conocer más sobre el derecho penal de Alemania. Véase también la entrada sobre Interrupción del embarazo en esta referencia.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.