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Objeto del Proceso
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.
A continuación se examinará el significado.¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Objeto del Proceso
Definición y descripción de Objeto del Proceso ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Héctor Fix-Zamudio) Este se integra con los hechos y su calificación jurídica que se contienen en las pretensiones y defensas de las partes, y que constituyen la materia del proceso y el contenido de la sentencia de fondo.
Más sobre el Significado de Objeto del Proceso
La frase, “objeto del proceso” puede entenderse en una doble dirección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Por una parte significa el fin que se persigue con la actividad procesal de las partes y del juez, y respecto del cual no existe consenso doctrinal, pero puede afirmarse que, en esencia, el propósito inmediato del proceso es la resolución de las controversias jurídicas que a través de él se plantean, y además, de manera mediata, el mismo proceso persigue la obtención de la paz social como un fin de carácter genérico.
Puntualización
Sin embargo, es más importante desde el punto de vista de la regulación legal del proceso, el significado del objeto del proceso como el contenido material sobre el cual versa la actividad de las partes y del juez y que debe constituir el contenido y límite de la sentencia de fondo que resuelve la controversia planteada. La doctrina ha puesto de relieve que el mismo proceso es un instrumento para la realización del derecho material o sustantivo, y precisamente el objeto del mismo proceso es la vinculación de ambos sectores, el material y el instrumental. Existe una bibliografía muy amplia que se integra con numerosos estudios de tratadistas extranjeros, especialmente alemanes, sobre el tema del objeto del proceso (…). Al respecto podemos partir de la base señalada por la doctrina extranjera, y en particular por los destacados procesalistas españoles Jaime Guasp y Francisco Ramos Méndez, en el sentido de que el examen del objeto del proceso se refleja en un conjunto de instituciones concretas reguladas por el derecho positivo, tales Como la acumulación, la competencia, la litispendencia, la cosa juzgada y la pretensión procesal, y por nuestra parte, podemos agregar el principio de congruencia entre lo planteado por las partes y el contenido de la sentencia de fondo. Como las cuestiones relativas a la acumulación, cosa juzgada, la competencia y la pretensión procesal se desarrollan en forma autónoma a través de las voces correspondientes y a las cuales nos remitimos, centraremos el análisis del objeto del proceso en algunos aspectos de la pretensión y de la defensa procesales, en las cuales se configura la materia del juicio, así como algunos ejemplos de la difícil problemática del principio de congruencia de carácter procesal.
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Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Burgoa Orihuela, Ignacio, El juicio de amparo; 18ª edición, México, Porrúa, 1983; Becerra Bautista, José, El proceso civil en México; 10ª. edición, México, Porrúa, 1982; García Ramírez, Sergio, Curso de derecho procesal penal; 3ª edición, México, Porrúa, 1980; González Bustamante, Juan José, Principios de derecho procesal penal mexicano; 6ª edición, México, Porrúa, 1975; Guasp, Jaime, Derecho procesal civil; 2ª reimpresión de la 3ª edición, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1977, tomo I; Ovalle Favela, José, Derecho procesal civil, México, Harla, 1980; Ramos Méndez, Francisco, Derecho procesal civil, Madrid, Bosch, 1980.
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