Sua Sponte
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“de oficio” en Derecho Marítimo
[rtbs name=”derecho-maritimo”]Definición de “de oficio”: Un término latino que significa “de la propia voluntad de uno”. El término se usa con frecuencia para referirse a la derecha de un tribunal para considerar un tema legal “de oficio”, incluso si ninguna de las partes ha planteado o abordado la cuestión en sus escritos u orales. Véase, por ejemplo, EE.UU. expreso Lines, Ltd. V Higgins 281 F. 3d 383 págs. 388-389, 2002 AMC 823 p. 827 (3 Cir. 2002), en referencia a”… el deber de los tribunales federales para examinar su competencia en la materia en todas las etapas de la sponte litigios sua si las partes no plantear la cuestión.”Nota: traducido por William Lawrence
En Derecho Anglosajón
Hay información relativa a sua sponte en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: sua sponte en inglés (Sua Sponte).