Valoración de la prueba
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Evaluación de la prueba en Derecho de la Competencia en Italia
Gabriella Muscolo, en el artículo “Acciones por daños relacionados con la competencia. Cuantificación de los daños ante los tribunales nacionales. La perspectiva italiana”, señala que, a la hora de tramitar las pruebas, un juez de competencia (italiano) suele manejar (gestionar) fuentes de prueba peculiares: las pruebas documentales son escasas en un asunto por infracción; las testificales son quizás las más difíciles de valorar.
Las presunciones y las pruebas circunstanciales adoptan gran relevancia a la hora de establecer los hechos. Sobre esta cuestión, los tribunales italianos pueden remitirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (2006, Asunto C-44/02 Dresdner Bank y otros contra la Comisión) sobre el papel de los indicios a la hora de cumplir el estándar de prueba. Para la jurisprudencia italiana sobre la relevancia de las presunciones, respaldada por las conclusiones de la Autoridad en Defensa de la Competencia y el Mercado de Italia, véase (la sentencia del) Tribunal Supremo (italiano) 13 de febrero de 2009 Nº 3640, Inaz Paghe.
No obstante, en los pleitos por competencia el instrumento favorito es la prueba económica. El recurso a la economía en asuntos sobre competencia plantea dos cuestiones principales: la primera tiene que ver con el papel del juez frente al economista, a causa de la asimetría epistemológica entre ambos y de la admiración epistemológica que el primero siente hacia el segundo. El segundo problema es la necesidad de una Economía Forense en la que el perito haga las veces de traductor para el juez, que es el garante del procedimiento.
El artículo 61 y siguientes y el artículo 191 y siguientes de la ley de enjuiciamiento civil
italiana regula el uso de peritos y se aplica asimismo a los asuntos sobre competencia.Entre las Líneas En el
sistema italiano, los peritos son designados por el tribunal y deben proporcionar al juez un dictamen escrito. Las partes pueden designar sus propios peritos, que no son interrogados.
Con frecuencia, se recurre a peritos para determinar hechos técnicos en asuntos sobre
competencia – y también para calcular los daños sufridos – pero es el juez quien debe guiar
a los peritos en la tramitación del asunto y las conclusiones de los peritos no son
vinculantes para el tribunal.
Aviso
No obstante, en caso de que el juez decida cuestionar el
dictamen, deberá justificar su decisión.
En los asuntos exclusivamente relacionados con la competencia, un enfoque analítico simplificado basado en el “salvo por” ha sido el modelo preferido para compensar los
daños sufridos en los procedimientos italianos. (1)
El tribunal también puede disponer el pago de una cuantía global en los autos del
procedimiento. (2)
El demandante debe demostrar también la existencia de daños y la relación de causalidad
en caso de valoración equitativa, que en algunos casos rebaja el estándar de prueba en
relación con el cálculo del importe exacto de los daños sufridos.
La Comisión está publicando actualmente el Documento de Orientación (3) sobre cuantificación del daño en las acciones por daños y perjuicios relacionadas con la competencia, un instrumento no vinculante que no interfiere en la legislación ni las prácticas nacionales, concebido para ayudar a los tribunales a valorar los daños y, en su caso, a las partes a resolver litigios.
El Documento de Orientación puede ayudar al juez italiano a guiar al perito económico en la elección de los distintos modelos propuestos, y legitima la reclamación del uso de la ciencia forense en los dictámenes periciales. (4)
En la jurisprudencia italiana, los tribunales no suelen tener en cuenta la existencia de una sanción administrativa impuesta por la Comisión Europea o bien por la Autoridad en Defensa de la Competencia y el Mercado de Italia a la hora de conceder indemnizaciones por daños y perjuicios, pero la Autoridad en Defensa de la Competencia y el Mercado de Italia en ciertos casos sí tendrá en cuenta la compensación pagada o pendiente de pago por la empresa para calcular las sanciones.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Véase Tribunal de Apelación de Milán, 11 de julio de 2003, asuntos Bluvacanze contra I Viaggi del Ventaglio e Inaz Paghe y Telsystem, antes citados, en los que los peritos fueron designados por el tribunal, así como el fallo (la sentencia o la decisión judicial) del Tribunal de Apelación de Turín del 7 de febrero de 2002, antes citado, en el que el tribunal calculó los daños sufridos sin designar peritos).
- Los daños se calculan con arreglo al artículo 1226 del Código Civil, que proporciona al tribunal la potestad de determinar equitativamente los daños sufridos cuando no existan referencias claras, en el enorme pleito que siguió a la resolución de la Autoridad en Defensa de la Competencia y el Mercado de Italia del 28 de julio de 2000, asunto 1377, RC Auto, teniendo también en cuenta el sobreprecio pagado por los demandantes, que según la Autoridad en Defensa de la Competencia y el Mercado de Italia consistía en un 20% de recargo.
- El Documento de Orientación facilita la comprensión de los distintos métodos y técnicas de cuantificación del daño sufrido – tanto por los competidores como por los consumidores – a causa de un aumento de los precios o prácticas excluyentes, basándose en un análisis de tipo el “salvo por”, ayudando a los jueces a recrear el escenario opuesto a los hechos y dependiendo también de un cierto número de presunciones. Las instituciones y asociaciones italianas (Tribunal Supremo italiano, Asociación Italiana de Juristas Europeos – AIGE) han participado en la consulta pública sobre el Documento de Orientación.
- También facilita la evaluación por parte de ADD y el cuestionamiento de las conclusiones del perito por parte del juez. Se espera que las orientaciones aumenten el estándar de prueba sobre la cuantía de los daños sufridos, para reducir los casos de cálculo equitativo y potestativo y limitar el riesgo de compensación excesiva o insuficiente.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Véase También
Recibimiento a Prueba
Prueba
Prueba Preconstituida
Prueba Testimonial
Aseguramiento De La Prueba
Evaluación de Riesgo
Prueba Pericial
Apreciación de la Prueba
Admisión de Prueba
Actos De Prueba
Carga De La Prueba
Prueba Indiciaria
Prueba en el Blanqueo
Aspectos Tributarios de Valoración de la prueba
Valoración de la prueba en materia civil
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