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Antinomia Legal

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Antinomia Jurídica o Legal

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Definición de ANTINOMIA LEGAL en Derecho

[sc name=”home-derecho”][/sc] Contradicción real o aparente entre dos leyes o entre dos pasajes de una misma ley

Antinomia Legal en el Derecho Constitucional

Concepto de Antinomia Legal publicado por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Contradicción real o aparente entre dos leyes o entre dos pasajes de una misma ley.

Desarrollo

Se conoce como antinomia a la contradicción, oposición real u aparente entre dos leyes, principios, ideas, palabras, fenómenos, entre otros. La antinomia jurídica o legal, se observa por la contradicción de dos leyes, y esto se da cuando dos normas jurídicas imputan un mismo supuesto jurídico, logrando un mismo ámbito de aplicabilidad, y representando un problema de eficacia y de seguridad jurídica en el ordenamiento jurídico de ese país.

▷ En este Día de 1 Mayo (1889): Fundación del Primero de Mayo
Tal día como hoy de 1889, el Primero de Mayo -tradicionalmente una celebración del retorno de la primavera, marcada por el baile en torno a un mayo- se celebró por primera vez como fiesta del trabajo, designada como tal por el Congreso Socialista Internacional. (Imagen de Wikimedia)

En el caso de un jurista encontrarse en la situación de una antinomia, las reglas o principios que deben de ser aplicados para resolver dicha contradicción son:

  • Lex superior, dos normas contradictorias de diversas jerarquías debe de prevalecer la superior.
  • Lex posterior, la ley posterior prevalece sobre la promulgada con anterioridad.
  • Lex specialis, como lo indica su nombre predomina una ley específica respecto a una norma general.

Es de destacar, que en el Sistema Jurídico Mexicano el procedimiento para solventar la antinomia es a través de un Juicio de Amparo.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Por su parte, la antinomia constitucional se trata de una contradicción entre las normas que forman parte de la Constitución de un país.

Las antinomias pueden ser total-total, es decir, ambos cuerpos de las dos normas presentan contradicción; total – parcial, el cuerpo completo de una norma presenta incompatibilidad con una parte de la otra norma, y por último, parcial – parcial, se caracteriza porque ambas normas presentan discordancia en una parte de su contexto.
Requisitos para que exista antinomia legal:

  • Que ambas normas tengan los mismos ámbitos de vigencia normativa.
  • Que la primera norma prohíba la conducta y la segunda la permita, o bien, que la primera la prohíba y la segunda la mande u ordene; o que la primera norma la mande u ordenen y la segunda norma la permita.

Mecanismos para superar las antinomias:

  • Jerarquía. La norma superior prima sobre la norma inferior.
  • Especialidad. La norma especial prima sobre la norma general.
  • Temporalidad. La norma anterior prima sobre la norma posterior.
  • Principios generales y equidad. Al tener dos normas jurídicas que cubran una misma área, de igual jerarquía, ambas con el mismo ámbito de vigencia y de igual fecha, debe recurrirse a los principios generales del derecho y a la equidad.

Fuente: Anónimo

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