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Asesor Parlamentario

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Asesor Parlamentario

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: consulte también la información sobre los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) ministeriales.

Asesor Parlamentario en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

La voz asesor proviene del latín assessor, oris, assidere, que significa asistir, ayudar a otro. Parlamentario adjetivo derivado de parlamento.Entre las Líneas En portugués assesor parlamentario; inglés parlamentary assessor; francés assesseur parlementaire; alemán assessor parlamentarisch e italiano assessore parlamentario. El término compuesto alude a la persona que por oficio aconseja o ilustra en asuntos relativos al parlamento.

Figura del Asesor Parlamentario

La figura de asesor parlamentario es usual en los organismos parlamentarios de todo el mundo. Se trata de un técnico o profesional especializado en asuntos parlamentarios y sus ramas afines, cuya función es asesorar, aconsejar, estudiar, opinar y analizar los casos que le son encomendados hasta que éstos se encuentren en estado de trámite o de resolución legislativa. Debe ser una persona con conocimientos profesionales o experiencia en materia legislativa, jurídica, política, económica o social. La importancia y la forma en que estos asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) participan en los trabajos legislativos varía según el contexto político (vid. infra, indagación, función de).

En el Congreso de los Estados Unidos de Norteamérica, existe una oficina de Asesoría Legislativa (Office of Legislative Counsel) en cada una de las cámaras, que proporciona ayuda a los legisladores en la redacción de iniciativas, resoluciones y enmiendas. El personal de estas oficinas apoya en forma confidencial a los comités y legisladores solo en asuntos legislativos. Por otra parte, la evolución de los consejeros expertos en asuntos legislativos culminó en 1977, con la creación de un puesto específico en cada una de las cámaras, de un funcionario al que se denomina “Parlamentario”. Las funciones de este asesor son un tanto ambiguas y van desde aconsejar a quienes presiden la Cámara, turnar iniciativas y resoluciones a los comités, hasta prestar sus servicios a los redactores de la legislación de la Casa Blanca, a los líderes del Congreso y a los legisladores de los partidos. Acerca del Parlamentario Lewis Deschler, quien ocupó tal posición durante un largo periodo, escribió Richard Bolling, representante de Missouri en su libro House out of order en 1966:..les el catalizador que hace que la Cámara funcione a pesar de los celos personales, el intercambio de favores, las rivalidades y los disgustos. Todo miembro que tiene una posición de liderato lo consulta en lo relativo a procedimientos parlamentarios. Lo mismo hace también el legislador perceptivo, de cualquier rango, que quiere que una enmienda se adopte. Su política de “puertas abiertas” atrae a un torrente de miembros que preguntan.

Asesor Parlamentario en los Países de la Commonwealth

Existe la opinión de que, desde que se desechó la pluralidad a favor de la representación proporcional a nivel nacional, Nueva Zelanda se ha convertido en una especie de esbozo del parlamento británico. Dicho esto, conserva la mayoría de las características que algunos asocian con el modelo del parlamento británico, incluyendo el gobierno del Gabinete, la responsabilidad ministerial ante el parlamento, la fusión de los poderes ejecutivo y legislativo, y una administración pública no partidista y experta. Nuestro enfoque en este texto se ha centrado firmemente en la última de estas características. Y cualesquiera que sean los atributos de las disposiciones actuales de Nueva Zelanda que apoyan el caso de que se trate de la anomalía del Parlamento británico, en términos de organización formal y convencional de su sistema de administración pública, Nueva Zelanda exhibe todas las características definitorias de una administración pública profesional e imparcial.Entre las Líneas En ese contexto, los propósitos de este texto han sido tres: – sugerir una nueva concepción de la politización que hable específicamente de la relación entre los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) políticos y los altos funcionarios públicos; – revisar las pruebas de una encuesta a gran escala de altos funcionarios de la administración pública neozelandesa.
Inevitablemente, la investigación reportada aquí tiene limitaciones. Por ejemplo, obtuvo relativamente pocas respuestas de funcionarios públicos de menor rango.

Una Conclusión

Por lo tanto, no podemos estar seguros del grado de contacto entre estos funcionarios y asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) ministeriales, ni de las opiniones de los primeros sobre el riesgo de politización que plantea la segunda.

Del mismo modo, se sugieren cuestiones que requieren mayor investigación, entre ellas el impacto que la politización administrativa puede tener en acontecimientos posteriores a lo largo de la cadena de políticas (como la aplicación y los resultados de las políticas), y las ramificaciones del advenimiento de asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) ministeriales para los acuerdos de rendición de cuentas en el seno del ejecutivo político. También existe la posibilidad de ir más allá de los confines de la familia parlamentaria británica y examinar cómo configuraciones particulares de intereses políticos y administrativos y el impacto de los actores en el proceso de política pública a través de una serie de sistemas políticos y administrativos parlamentarios y presidenciales.

La investigación reciente de los Estados Unidos proporciona una base excelente sobre la cual construir una empresa de investigación comparativa.

Puntualización

Sin embargo, el texto también proporciona, sobre la base de la evidencia de Nueva Zelanda, una oportunidad para evaluar el equilibrio entre riesgo y oportunidad que presenta el advenimiento de un “tercer elemento” en las instituciones y procesos del gobierno ejecutivo en Nueva Zelanda. Peters y Pierre han señalado que “una de las afirmaciones persistentes que se han hecho sobre el sector público en las últimas décadas ha sido que el servicio público se ha politizado más. Sin embargo] …. el significado exacto de ese término a menudo no se especifica”. Mediante una evaluación del grado en que los altos funcionarios de Nueva Zelanda consideran que los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) ministeriales amenazan la neutralidad de la administración pública, en el presente documento se ha tratado de abordar ambas cuestiones.

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Tal como se ha avanzado aquí, ese concepto se basa en lo que los propios funcionarios tienen que decir sobre el tema y, cuando se le da un uso empírico, ha facilitado varias cosas. En primer lugar, ha revelado algo del alcance y la diversidad de la conducta de los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) ministeriales que los altos funcionarios de la administración pública neozelandesa consideran que constituye una politización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Muy poco de lo que se transmitió es consistente con los entendimientos tradicionales del término. De las 343 respuestas cualitativas a las preguntas de la encuesta relativas a la politización, solo una se refería directamente a las bases sobre las que se nombran, destituyen, recompensan o sancionan a los altos funcionarios. El advenimiento de un tercer elemento requiere una conceptualización reflexiva; exige que los investigadores miren más allá de la relación bilateral entre ministros y altos funcionarios públicos (particularmente si los procedimientos de nombramiento son o no consistentes con el principio de nombramiento y progresión meritocrática) y de la interacción entre actores no partidistas y partidarios de varios tipos y en múltiples contextos. A su vez, esto significa discriminar entre las dimensiones sustantiva y procesal de la politización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La primera presenta una clara y presente amenaza a la imparcialidad de la función pública, pero la segunda, si bien puede limitar la contribución de los funcionarios a la formulación de políticas, no presenta el mismo desafío.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Informaciones

Los datos reportados en este texto, y la debilidad manifiesta de las conceptualizaciones ortodoxas de la politización al proporcionar un marco a través del cual iluminar las realidades institucionales y conductuales emergentes, sugieren fuertemente que se necesita una conceptualización más fluida de la politización si se quiere que la construcción de teorías y el análisis empírico reflejen las realidades institucionales y procesales en un número de las democracias parlamentarias británicas.

Autor: Black

Asesor Parlamentario en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”] Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.

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En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de asesor parlamentario en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Bibliografía

CAMPOSECO CADENA, Miguel çngel, El legislador federal. Prontuario jurídico, 1989, edición del autor, 1a. ed.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Secretaría de Gobernación, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1995.

Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1970, 19a. ed.

El Congreso de los Estados Unidos. Estructura y funcionamiento, Congressional Quarterly, Limusa Noriega Editores, México, 1992, 1a. ed.

GONZçLEZ, Emilio M., Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Senado de la República, México, 1994.

Gran Enciclopedia del Mundo, Durván, Bilbao, 1970, 7a. reimp.

TREJO CERDA, Onosandro, Sistema legislativo y formación de las leyes en México, tesis de doctorado en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1994.

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