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Aspecto Psiquiátrico-Forense del Problema en el Marco de la Imputabilidad Disminuida
En el Derecho Penal
Resumen
Por sobre cualquier otra consideración, priva el criterio de que la enfermedad mental y la inimputabilidad tienen, ambas, una estructura cualitativa que reside en la incapacidad de comprender la criminalidad del acto o dirigii las acciones. ¿Quién valora esta capacidad y cómo debe formularse? Para nosotros, lo decimos una vez más, esta función, aunque resorte exclusivo del juez, debe incluirse en el programa técnico del perito, porque en las zonas limítrofes sólo un fino y discriminado análisis clínico puede captar la actitud mental puesta en juego en la conducta delictiva. Éste es el punto más delicado y más expuesto a controversias, ya que tanto el experto como el juez, en los trámites finales de sus razonamientos, no pueden eludir el subjetivismo que envuelve toda estimación valorativa. Así por ejemplo, Salvaño Campos no tiene reparo alguno en afirmar que, “Basta ya con que un hombre no haya tenido pleno goce de su conciencia y de su voluntad, para que no se le pueda aplicar la llamada pena común que sólo se destina a los seres enteramente normales. Porque si bien es verdad que no careció de cierta conciencia y voluntad para apreciar en mayor o menor grado la naturaleza del acto, no menos verdad es que sin el influjo patológico no lo hubiera ejecutado5. Otros autores analizan el problema de manera menos drástica; se preguntan acerca del coeficiente (ratio) de libertad interna que tuvo el imputado y hasta qué punto es reprochable su conducta criminosa, teniendo en cuenta su personalidad y si pudo o no, dado este importante factor, obrar de otra manera (López Ibor)6. Nosotros somos partidarios de este último sistema, o j sea, estudiar el caso particular desnudándolo de toda refe- s rencia categorial, pues en cuanto lo ubicamos dentro de la (semialienación corremos el peligro de razonar deductiva- * mente: si no es alienado no le corresponde ser declarado imputable; nada importan las características singulares de su, personalidad ni el delito cometido. La prueba de la capacidad de imputación recae de este modo sobre la categoría nosológica en la que inscribimos al sujeto y no sobre el sujeto, mismo.[1]
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Recursos
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Notas y Referencias
Descripción de aspecto psiquiátrico-forense del problema, de Vicente Cabello, Psiquiatría Forense en el Derecho Penal, Editorial Hammurabi, Buenos Aires (Argentina)
Véase También
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Asurbanipal: Asurbanipal en Relación a Historia En este contexto, a efectos históricos puede ser de interés lo siguiente: [1] Rey de Asiria, hijo de Asarhadon, a quien sustituye el 669 Asurbanipal C., conocido también como Sardanápalo o AsurDanApal, del cual se desconoce la fecha de nacimiento. Se atribuye [...] Véase también: As.
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Asuntos Familiares del Colectivo LGBT: Desde hace unos años, y en función de los países, las familias de los LGBT se encuentran en la intersección de una intensa controversia cultural, jurídica y política, tanto dentro de las comunidades LGBT como en la sociedad en general. Continúan los intensos debates entre lesbianas y gays sobre la "igualdad" y la "diferencia", ya sea como "acomodación" versus "resistencia" o "normalidad" versus "rareza". Los debates que rodean a las familias de lesbianas y gays, ya sea que se centren en el matrimonio, la pareja de hecho, la crianza de los hijos, la adopción o la custodia, reflejan las tensiones fundamentales características de la política LGBT. ¿Son los miembros de las minorías sexuales y de género fundamentalmente "iguales" a otras personas, es decir, "normales", o pueden reclamar una posición cultural profundamente "diferente", la de la homosexualidad? ¿Y cómo pueden cualquiera de estas posiciones proporcionar la base para la erudición, el activismo y el desarrollo de la comunidad? Al mismo tiempo, los acontecimientos políticos en los EE.UU. y en todo el mundo han puesto a las familias LGBT en el punto de mira. Las políticas que afectan el estatus de las personas LGBT en el matrimonio, la pareja de hecho y como padres están en un flujo aparentemente constante. La arena de la familia se ha convertido en el campo de batalla en el que se negocian muchos otros temas y en el que las redefiniciones de la condición jurídica se entienden en términos de justicia, ciudadanía y dignidad personal. Véase también: As.
Asuntos Exteriores: Un desafío para el derecho de las relaciones exteriores se refiere a las implicaciones de los asuntos exteriores para la democracia y el Estado de derecho. La relación entre la conducción de los asuntos exteriores y estas nociones centrales del constitucionalismo moderno se ha integrado más en los últimos años. Las relaciones exteriores como campo del derecho constitucional se han diversificado considerablemente. Durante bastante tiempo se ha caracterizado por un conjunto estándar de debates que siguen siendo fundamentales para los debates: la separación de poderes y la aplicación de los derechos de los individuos en cuestiones relacionadas con la política exterior son los temas más destacados. Sin embargo, estos debates se enmarcan ahora en un contexto más amplio que también se ha definido por la creciente informalidad de los procesos de gobernanza mundial. De ellos, la conducción "tradicional" de los asuntos exteriores es una parte importante, pero no la única.
Los Estados y sus ejecutivos nacionales siguen siendo actores centrales, pero se encuentran actuando en cooperación y, a veces, en conflicto con una plétora de otros actores, como las organizaciones internacionales, las organizaciones no gubernamentales y las empresas transnacionales, así como con las subdivisiones de los propios Estados (estados federales, ciudades y gobiernos locales). Las tensiones que pueden surgir de este campo de juego más variado de los asuntos exteriores deben ser mitigadas por el derecho interno de los Estados. En consecuencia, el derecho de las relaciones exteriores ha adquirido una nueva importancia. Es más, debido a la mayor variedad de actores, el campo también se está expandiendo a áreas que antes se consideraban ajenas a la conducción de los asuntos exteriores. Véase también: As.
Asuntos de Nacionalidad: Este texto se ocupa de los asutnos o cuestiones de nacionalidad. Véase también: As.
Asunto Ya Examinado: Lo Mismo Que/al Igual que un Asunto ya Examinado Traducción al Inglés En el ámbito de los derechos humanos, la traducción de lo mismo que/al igual que un asunto ya examinado es same as matter already examined. Véase también: As.
Asunto Sometido a Otro Proceso: Lo Mismo Que/al Igual que un Asunto Sometido a Otro Proceso/Procedimiento Traducción al Inglés En el ámbito de los derechos humanos, la traducción de lo mismo que/al igual que un asunto sometido a otro proceso/procedimiento es same as matter submitted to other procedure. Véase también: As.
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