Bienes de la Iglesia
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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Bienes de la Iglesia
Definición y descripción de Bienes de la Iglesia ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por José Luis Soberanes Fernández) De conformidad con lo dispuesto en el canón 1947 del Codex Iuris Canonici, se entiende por “bienes eclesiásticos” el conjunto de bienes temporales que pueden pertenecer a la Iglesia Universal, a la Santa Sede o a otra persona moral en la Iglesia. Lo cual significa que solamente pueden ser titulares de dichos bienes las instituciones dotadas de personalidad jurídica canónica, nunca los individuos (laicos o clérigos) ni las personas civiles, individuales o colectivas (canon 1945).
Puntualización
Sin embargo, la Iglesia Universal como tal no suele tener bienes, más bien asignan su titularidad a la Santa Sede. Los fines del patrimonio eclesiástico son: el culto divino, la honesta sustentación de los clérigos y demás ministros, así como los demás fines propios, es decir, “las obras del sagrado apostolado o de la caridad sobre todo con los necesitados”. El derecho canónico se ha preocupado por reglamentar detalladamente el régimen jurídico de los bienes eclesiásticos, particularmente de la res sacrae o bienes sagrados, es decir aquellos destinados al culto mediante la consagración, la bendición constitutiva o por disposición de una autoridad eclesiástica, y no pueden ser empleados para uso profano, salvo que sean execrados.
Construcción de Iglesias en Inglaterra: Influencia de la Reforma y los Acontecimientos Legales
Los efectos de la reforma inglesa
La evolución de la arquitectura de la iglesia en Inglaterra fue interrumpida totalmente por la reforma, que ocurrió en 1534 cuando el Henrio VIII se proclamó jefe de la iglesia de Inglaterra, que partir fue divorciado de Roma. Durante el próximo siglo y cuarto, se llevó a cabo muy poco edificio de la iglesia, y se hizo mucho daño al interior de las iglesias. Thomas Cromwell, en nombre de la iglesia recientemente reformada de Inglaterra, dirigió la campaña “protestante” oficial para quitar de todas las iglesias, y después destruir, los objetos que en la opinión de las autoridades eclesiásticas eran “idólatras”. La lista incluía representaciones de Dios, Jesús, la Virgen María, los Santos, la Cruz, e incluso textos religiosos e inscripciones, ya sean pintadas en vidrio o yeso, talladas en piedra o madera, o grabadas en metal. Este iconoclasm continuó a través de los reinados de Edward VI y de Elizabeth I, pero debajo de Maria había una breve reacción católica durante la cual los carvers trabajaron para restablecer las imágenes destruidas.
El arzobispo William laude, en el siglo siguiente, tomó varias medidas para restablecer el orden en las iglesias; pero su fanatismo en otras direcciones condujo a la onda final de Iconoclasm durante la Commonwealth. La participación personal de Oliver Cromwell en esto es incierta.
Iglesias de Wren
Cuando la construcción de iglesias a gran escala fue reanudada por Christopher Wren después del gran incendio de Londres en 1666, introdujo ideas enteramente frescas en la arquitectura religiosa, abandonando el tipo ‘ romano ‘ de arreglo ritual junto con el gótico estilo que se había utilizado hasta la reforma. Aceptó el punto de vista protestante y, francamente, planeó sus nuevas iglesias de Londres como casas de predicación, a pesar de enriquecerlas con un diseño brillante y una excelente artesanía.Entre las Líneas En muchos de los sitios de hacinamiento, estaba obligado a instalar galerías (a pesar de que no les gustaba) con el fin de llevar a la congregación dentro del alcance de la voz del predicador. El tipo de iglesia diseñado por Wren entre 1666 y alrededor de 1710 fue imitado por otros arquitectos a lo largo de los siglos XVIII y principios del siglo XIX, aunque de alrededor de 1720 a aproximadamente 1820 se construyeron relativamente pocas iglesias.
Iglesias inconformistas
En Inglaterra antes de la ley de tolerancia de 1689, casi no se habían erigido “casas de reunión” inconformistas, pero durante los siguientes 11 años más de 2.400 edificios fueron registrados para la adoración por congregacionalistas, bautistas y presbiterianos, quién había llegado a ser muy numeroso desde sus principios debajo Elizabeth I. La mayoría de estos edificios, de los cuales algunos permanecen, estaban en el estilo de Wren, aunque más simple debido a la falta de fondos. No se permitieron nuevas iglesias católicas hasta la ley de emancipación católica de 1829.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Siglos XIX y XX
Hubo un gran auge en la construcción de iglesias en 1818, cuando el Parlamento votó un millón de libras por nuevas iglesias anglicanas, la mayoría de las cuales estaban en el recién revivido estilo gótico. Para otro siglo, el gótico sostuvo el campo para las iglesias de todas las denominaciones, pero en el vigésimo siglo las ideas más originales del diseño aparecieron, en Inglaterra como a otra parte.
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Bibliografía
Carpizo, Jorge, La Constitución mexicana de 1917; 4ª edición, México, UNAM, 1980; Herrera y Lasso, Manuel, Estudios de derecho constitucional, México, Polis, 1940; Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México, 1808-1979; 9ª edición, México, Porrúa, 1980; Varios, Derecho canónico; reimpresión de la 2ª edición, Pamplona, EUNSA, 1977.
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