Características de los Contratos Mercantiles
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
La perfección de los contratos mercantiles
En principio, el encuentro de la declaración de voluntad dirigida a la celebración del contrato, comprensiva de todos los elementos esenciales del mismo (oferta), y la declaración dirigida al proponente con la finalidad de concluir el contrato de acuerdo con la propuesta realizada (aceptación), determina su perfección en numerosos ordenamientos.Si, Pero: Pero el proceso de formación del consentimiento puede presentar particularidades:
Publicidad y Reclamos
Un primer aspecto a destacar es el relativo a la utilización por el empresario de la publicidad y de los reclamos para ofrecer al público sus productos, una actuación que tradicionalmente no se había considerado como determinante dela existencia de una verdadera oferta de contrato, sino más bien como una invitación al público o como una provocación de la voluntad de los clientes para que sean ellos quienes realicen sus ofertas que pueden ser o no aceptadas por el empresario.
Contratación entre ausentes
Un segundo aspecto a considerar es el relativo a la llamada contratación entre ausentes. La formación del consentimiento no plantea problemas especiales en la contratación entre presentes o entre ausentes en muchas jurisdiccciones, que no obstante la distancia pueden comunicarse oralmente de forma simultánea, pero no sucede lo mismo cuando hallándose las partes en lugares distintos ha de mediar un cierto tiempo entre las declaraciones de voluntad contractuales (oferta y aceptación).
La teoría del conocimiento, aplicada aquí, trata fundamentalmente de que la perfección del contrato no quede al arbitrio de quien pudiendo haber conocido la aceptación de su oferta, no ha llegado a tener conocimiento de ella debido a su propia conducta.
En relación con la contratación entre ausentes, pero con una significación especial y propia han de tenerse en cuenta los contratos a distancia, cuya regulación se ha realizado en los países europeos para llevar a cabo la obligada transposición a nuestro ordenamiento de la Directiva 97/7/CE relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia.
Supuestos especiales de perfección de los contratos mercantiles
En tercer lugar, cabe señalar que existen supuestos especiales de perfección de los contratos mercantiles; de acuerdo con la estimación de la doctrina tradicional, pueden considerarse como tales los relativos a la contratación por medio de agente o corredor y la contratación en pública subasta.
Autor: Cambó
La forma en los contratos mercantiles
No estará de más señalar que en la realidad del tráfico actual se advierte un creciente reconocimiento del requisito de la forma en beneficio de la seguridad jurídica, la mayor parte de las veces como medida de protección de la parte más débil en el contrato, normalmente el consumidor.
La prueba del contrato mercantil
En todo caso, es necesario destacar como medios de prueba de importancia fundamental en el tráfico mercantil los libros de comercio, cuya función probatoria ha sido ya estudiada. A su lado figura también la factura como otro medio importante de prueba de las obligaciones mercantiles.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Autor: Cambó
Normas generales de los contratos con consumidores
Esta es una materia sometida a necesaria adaptación, entre los países europeos, a la Directiva 2011/83/UE sobre derechos de los consumidores.
El régimen de los contratos a distancia celebrados con consumidores
En los países europeos, su regulación sigue la adaptación a la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios a la Directiva Comunitaria 2011/83, que se centra principalmente en la protección del consumidor en materia de contratos celebrados a distancia.
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Se trata de contratos en los que el empresario aborda inesperadamente al consumidor que se ve abocado a manifestar su declaración de voluntad contractual de forma inmediata en presencia de aquél o de su representante. De ahí que se produzcan algunas situaciones abusivas.
En los Estados miembros europeos, en esta materia su normativa fue adaptada a consecuencia de la ya mencionada Directiva 2011/83/UE.
Autor: Cambó
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