Comisión Conjunta
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Composición, Reglamento Interno en el Artículo 53a de la Constitución de Alemania
Este artículo trata sobre Composición, reglamento interno, y está ubicado en la Parte IVa, sobre la Comisión Conjunta, de la Constitución alemana vigente. El artículo dispone lo siguiente: 1. La Comisión Conjunta se compone en sus dos terceras partes por diputados del Bundestag y por un tercio de los miembros del Bundesrat.
Informaciones
Los diputados serán designados por el Bundestag de acuerdo con la importancia numérica de los grupos parlamentarios; no podrán pertenecer al Gobierno Federal. Cada Land estará representado por un miembro del Bundesrat designado por él; estos miembros no estarán sujetos a instrucciones. La composición de la Comisión Conjunta y su procedimiento serán regulados por un reglamento interno acordado por el Bundestag con la aprobación del Bundesrat. 2. El Gobierno Federal deberá informar a la Comisión Conjunta acerca de sus planes en el caso de defensa. No serán afectados los derechos del Bundestag y de sus comisiones previstos en el Artículo 43, apartado (1). Nota: el artículo 53 estipula lo siguiente: Los miembros del Gobierno Federal tienen el derecho y, cuando les sea solicitado, el deber de asistir a los debates del Bundesrat y de sus comisiones. Deberán ser oídos en todo momento. El Gobierno Federal tendrá al Bundesrat al corriente respecto de la gestión de los negocios públicos.
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