Comisión Negociadora
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Noción de Comisión Negociadora
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de comisión negociadora, la siguiente definición: Organismo compuesto por representantes de trabajadores y empresarios, constituido para la negociación de un convenio colectivo.Entre las Líneas En la formación de la comisión negociadora, la legislación española sobre convenios de eficacia general distingue entre el nivel empresarial o inferior, en los que el empleador puede negociar con los representantes unitarios de los trabajadores o las secciones sindicales que cuenten con mayoría en el comité de empresa, y el nivel supra empresarial, donde solo los sindicatos y las asociaciones empresariales con una representatividad mínima del 10 % en la correspondiente unidad de negociación o ámbito están legitimadas para negociar. La comisión negociadora de estos convenios tiene un número máximo de miembros (12 o 15 por cada parte) y debe contar con la representación de la mayoría de los trabajadores y empresarios comprendidos en la unidad de negociación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El rigor de estas reglas, que son contrapartida de la atribución de eficacia erga omnes, ha creado a veces dificultad de negociación y en algunos casos ha conducido a la firma de convenios colectivos extra estatutarios.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Notas y Referencias
- Concepto sobre comisión negociadora originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.