Constitución Chilena de 1822
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Constitucionalismo Chileno: Constitución de 1822
La Constitución de 1822 fue redactada durante el gobierno de Bernardo O’Higgins por obra de José Rodríguez Aldea. Acordó que el poder ejecutivo recaería en el director supremo durante seis años y con la posibilidad de ser reelecto por cuatro años más; el poder ejecutivo sería bicameral (cuando se aplica al derecho parlamentario, significa que hay dos cámaras independientes en el órgano legislativo; la segunda, aparte de algún caso histórico de representación de la nobleza, y el clero, actúa generalmente como representación de entes territoriales) por primera vez; se creaban tres ministerios (Gobierno y Relaciones Exteriores, Hacienda y Guerra y Marina); Chile sería libre de España y de toda potencia extranjera. Así mismo, estipulaba quiénes podían ser considerados chilenos o podían acceder a la nacionalidad chilena, establecía que serían ciudadanos los chilenos mayores de 25 años, o menos si estaban casados, que supieran leer y escribir. Planteaba que todos los chilenos eran iguales ante la ley y podían optar a cargos públicos. Pese a que esta Constitución se acercó a lo que realmente debe de ser una carta fundamental, es considerada uno de los motivos de la abdicación de O’Higgins, debido a la presión de la aristocracia que veía con malos ojos las pretensiones de su texto.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Información sobre Constitución Chilena de 1822 en la Enciclopedia Online Encarta