Constitución Chilena de 1818
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Constitucionalismo Chileno: Constitución de 1818
El ideólogo de la Constitución de 1818 fue Bernardo O’Higgins. Constaba de 22 artículos y fue redactada por una comisión encabezada por el mismo prócer. Esta Constitución estipulaba, en sus puntos más importantes: la libertad e igualdad civil, seguridad individual, honra y hacienda; nadie puede ser desterrado o castigado sin ser antes oído y legalmente convencido de algún delito contra el cuerpo social; las casas y papeles de cada individuo son sagrados; reconoce la libertad de los hijos de los esclavos (libertad de vientre); todo hombre debe completa sumisión a la Constitución, a sus estatutos y leyes; el cargo de director supremo será vitalicio, el cual recaía en la figura de O’Higgins; el Senado estará compuesto por cincos miembros nombrados por dicho director supremo; la religión oficial será la católica, apostólica y romana; divide al país en tres provincias (Santiago, Concepción y Coquimbo). Esta Constitución vino a dar un mayor orden al gobierno y a la naciente nación chilena.
Recursos
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Notas y Referencias
- Información sobre Constitución Chilena de 1818 en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Guía sobre Constitución Chilena de 1818
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