Convenio Económico
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Convenio Económico en el Derecho Español
Convenio Económico en 2001
Según el Diccionario Jurídico Espasa, Convenio Económico significa:
Acuerdo entre una Comunidad Autónoma y el Estado sobre temas económicos y fiscales.
Se encuentra vigente el suscrito con la Comunidad Autónoma de Navarra por Ley 28/1990, de 26 de diciembre.Entre las Líneas En virtud de la misma, se reconoce la potestad de esta comunidad autónoma para establecer y regular su propio régimen tributario con criterios armonizadores respecto al régimen general, con la excepción de los Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y las Labores del Tabaco, así como la Renta de Aduanas.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Como compensación a los servicios del Estado que no se hubieran transferido, la Comunidad debe pagar al Estado una aportación que se calcula en función de la renta relativa de esta comunidad, según el art. 51 del Convenio (V. concierto económico). [E.F.H.]
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