Cortes de la Corona de Castilla
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Cortes estamentales en la Edad Moderna de la Corona de Castilla
En la Corona de Castilla existían unas únicas Cortes para todo su territorio. Sus poderes eran escasos. Se trataba de una asamblea consultiva que, como en la Corona de Aragón, precisaba de la previa convocatoria por parte del rey. Sin capacidad para intervenir en la legislación, su principal atribución consistía en aprobar una parte de la Hacienda real, el llamado ‘servicio ordinario y extraordinario’.
Las Cortes de Castilla eran una asamblea exclusiva del estado llano, representado por 18 ciudades que tenían el privilegio de ser convocadas, cada una de las cuales nombraba dos procuradores. Amplios espacios territoriales carecían de representación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La Meseta norte contaba con nueve ciudades: Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid, León, Salamanca, Zamora y Toro. Castilla la Nueva, cuatro: Toledo, Cuenca, Guadalajara y Madrid; Andalucía, otras cuatro: Sevilla, Granada, Córdoba y Jaén; y la lista se completaba con Murcia.Entre las Líneas En 1623, se concedió un voto colectivo a siete ciudades de Galicia. Más adelante, Extremadura logró otro voto colectivo (1655), y también Palencia (1660).
El fracaso de la revuelta de las Comunidades (1520-1521), cuyos dirigentes trataron de reforzar el papel político del reino, a través de las Cortes, no produjo la decadencia definitiva de éstas. Al contrario, las constantes necesidades de dinero por parte de la Hacienda real dieron a las oligarquías de las ciudades con voto en Cortes una amplia capacidad de negociación con la monarquía. Con Carlos I, las Cortes adquirieron un protagonismo decisivo en la determinación de la política fiscal, al intervenir, no solo en la administración de los servicios, sino también en la de las rentas de alcabalas y tercias, lo que determinó la creación de la Diputación del Reino (1525). A partir de 1590, con la introducción de un nuevo servicio, el de millones, base esencial de la fiscalidad castellana en el siglo XVII, se creó una Hacienda del reino, paralela a la del rey, y administrada por las ciudades a través de la Comisión de Millones. Esta nueva situación otorgó a las ciudades con voto en Cortes una notable capacidad de negociación política con la Corona.
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- Información sobre Cortes de la Corona de Castilla en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Guía sobre Cortes de la Corona de Castilla
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