▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Criterio Contractual de la Concesión de Servicio Pœblico

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

Criterio Contractual de la Concesión de Servicio Público

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Criterio Contractual de la Concesión de Servicio Público

En esta sección se ofrece una visión general de criterio contractual de la concesión de servicio público en el contexto de los servicios públicos municipales en el derecho local.

La versión civilista de la teoría contractual

La teoría contractual de la concesión de servicio público, en su versión civilista, estaba cimentada en la teoría de la doble personalidad del Estado -actualmente obsoleta-, de la cual nos hemos ocupado en este mismo capítulo; de acuerdo con dicha versión civilista, el ente estatal concédeme, en su carácter de persona jurídica privada, y el particular concesionario, actuando ambos en el ámbito del derecho privado, celebraban un contrato para que la prestación del servicio público quedara a cargo del particular. La tesis de la concesión de servicio público como contrato de derecho privado fue rechazada principalmente por tres razones, a saber: la desigualdad de la partes, la falta de libertad en la convención, y la incapacidad para explicar los aspectos relativos a los efectos respecto de terceros ajenos a las partes contratantes, como son, en este caso, los usuarios, respecto de los cuales surte efectos dicha concesión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Se abundó en el rechazo de la idea de que la concesión de servicio público fuese un contrato de derecho privado, porque este tipo de contrato partía del supuesto esencial de la igualdad de las partes, de que ambas se encontraran en un mismo plano; por consiguiente, no había lugar para un contrato de derecho privado, sino en los casos en que, según la ley, la voluntad de cada una de las partes tuviera el mismo valor jurídico para conseguir cierto resultado en derecho, situación que no correspondía a la de la concesión de servicio público, por ser ésta unilateralmente formulada por el poder público.Entre las Líneas En un intento por desvirtuar la objeción de la falta de libertad en la concesión, se dijo que el contrato privado en cuestión era de adhesión, con lo cual se trató de explicar el porqué la parte concedente imponía las cláusulas fundamentales del contrato, mas tal explicación no fue satisfactoria porque una parte importante de tales cláusulas derivaba obligadamente de disposiciones contenidas en una normativa jurídica preexistente. El antiguo axioma jurídico de que «las convenciones solo producen efectos entre los contratantes, sin perjudicar ni beneficiar a terceros», sirvió en Francia para desacreditar la teoría civilista contractual de la concesión, respecto de los usuarios del servicio público como terceros ajenos a las partes contratantes de la concesión, descrédito acentuado por el Código de Napoleón, que en su artículo 1119 estableció dos principios: «No se puede, en general, obligarse en su propio nombre más que para sí mismo» y «No se puede, en general, estipular en su propio nombre más que para sí mismo». Para explicar la razón del abandono de la teoría contractual de la concesión, Manuel María Diez apunta: La teoría puramente contractual ha sido abandonada y ello porque, por una parte, la situación de los usuarios no puede ser concebida como resultante de una estipulación por otro sino al precio de una desfiguración de esta teoría, y ello porque en la teoría de la estipulación por otro los terceros beneficiarios deben estar designados individualmente en el contrato. ” La quiebra, bancarrota, o insolvencia, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) de la teoría de la doble personalidad del Estado incidió a su vez en la bancarrota, o insolvencia, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) y desprestigio de la corriente civilista de la teoría contractual de la concesión de servicio público, sepultada hoy en día en el abandono total. [1]

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Notas y Referencias

  1. Información sobre criterio contractual de la concesión de servicio público basada en la obra “Servicios Públicos Municipales”, de Jorge Fernández Ruiz (INAP, México, D. F.)
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo