Derecho Foral Catalan
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Derecho Foral Catalan en el Derecho Español
Derecho Foral Catalan en 2001
Según el Diccionario Jurídico Espasa, Derecho Foral Catalan significa:
La antiguo Compilación de 1960 fue modificada parcialmente por la Ley 13/1984, de 20 de marzo, y nuevamente por el Decreto legislativo 1/1984, de 19 de julio, Compilación del Derecho Civil de Cataluña.
Observación
Además de ello, debe destacarse la existencia de un Código de familia, que había sido anunciado reiteradamente (así, el preámbulo de las Leyes 10 y 12/1996, de 29 de julio, de Alimentos entre Parientes y la Potestad del Padre y de la Madre (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). B.O.E. de 23 de agosto de 1996) y que fue publicado como Ley 9/1998, de 15 de julio, en el D.O.G.C. núm. 2.687, de 23 de julio, y en el B.O.E. núm. 198, de 19 de agosto de 1998.
La legislación catalana, cuyo ámbito territorial sigue constituido por las cuatro provincias, comprende lo que se ha denominado Derecho Civil de Cataluña, y es ya una legislación completa, tendente a la consecución de un Código Civil propio. Su sistema actual de fuentes está constituido por las disposiciones del Derecho Civil de Cataluña; el Código Civil, y las restantes disposiciones de aplicación general.
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