Favorecimiento de Acreedores
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Favorecimiento de Acreedores en el Derecho Penal Alemán
En el código penal germano, favorecimiento de acreedores se recoge en la Parte Especial, en su Sección Vigesimocuarta, sobre Hechos punibles de quiebra. Así, el artículo § 283e. Favorecimiento de acreedores dispone lo siguiente: (1) Quien bajo conocimiento de su incapacidad de pago otorgue una seguridad o favorecimiento a un acreedor que éste no tiene que reclamar, o no de la manera, o no al tiempo y con ello intencional o 101 conscientemente lo favorezca ante los demás acreedores, será castigado con pena privativa de la libertad hasta dos años o con multa. (2) la tentativa es punible. (3) el § 283 inciso 6, rige en lo pertinente. Para un mayor contexto, quizás le interese conocer más sobre el derecho penal de Alemania. Véase también la entrada sobre Bancarrota en esta referencia.