Forum Non Conveniens
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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Forum Non Conveniens
Definición y descripción de Forum Non Conveniens ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Patrick Staelens Guillot) Doctrina que tiene su origen en el derecho escocés, a partir del Siglo XIV, y que se ha desarrollado y aplicado en Inglaterra y Estados Unidos.
Más sobre el Significado de Forum Non Conveniens
Según esta teoría un juez que tiene competencia puede rechazarla si considera que el asunto no tiene una vinculación suficientemente estrecha con el foro, o si su competencia constituye una dificultad importante para el demandado, o para los testigos en razón de la lejanía del tribunal; es decir, que un juez puede rehusar de conocer un litigio para el cual tiene competencia si considera que el desarrollo del juicio es más apropiado ante otro foro.
Desarrollo
La teoría forum non conveniens puede invocarse en asuntos nacionales, a propósito de la competencia de tribunales o cortes de un mismo Estado o de diferentes Estados, así como en litigios internacionales. Es importante subrayar que desde una decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos de 1947 (Gulf Oil Comp
Véase También
Gilbert) no existe duda sobre la constitucionalidad de esta teoría; sin embargo, un requisito legal para la aplicación de la misma es la existencia de otro foro competente para conocer del asunto. La técnica del forun non conveniens constituye una limitación a los abusos del forum shopping y su aplicación esencialmente en materia de responsabilidad delictual, así como en materia contractual parece ser un medio adecuado para adaptar las reglas generales de competencia judicial a los casos concretos, debido a que se fundamenta en una buena administración de justicia
Véase También
Conflicto de Jurisdicción, Forum Shopping.
“tribunal inconveniente” en Derecho Marítimo
[rtbs name=”derecho-maritimo”]Definición de “tribunal inconveniente”: (“inapropiada (incómoda) Corte”), en referencia al principio según el cual un tribunal que tiene jurisdicción sobre una reclamación, sin embargo, se mantiene condicional o rechaza incondicionalmente la demanda, con el fin de enviar la reclamación a ser juzgado en otra jurisdicción a la que el acusado (persona contra la que se dirige un procedimiento penal; véase más sobre su significado en el diccionario y compárese con el acusador, público o privado) es susceptible y que el tribunal cree que es más apropiado o conveniente para el litigio, en interés de la justicia. Véase, por ejemplo, Amchem Products Inc. v. Columbia Británica (Junta de Compensación de Trabajadores) [1993] 1 S.C.R. 897, (1993) 102 D.L.R. (Cuarto) 96. (Tetley, International C. de L., 1994 en las págs 798-800;.. Tetley, International M. & AL, 2003 en las págs 412-413;. Tetley “, las cláusulas de jurisdicción y tribunal inconveniente en el transporte Marítimo de mercancías “(publisbed en la jurisdicción y elección de foro en Derecho Marítimo Internacional. Ensayos en honor a Robert Fuerza (Martin Davies, ed.), Kluwer Law International, la Haya, 2005, capítulo 6, en las páginas. 183-263)).Nota: traducido por William Lawrence
En Derecho Anglosajón
Hay información relativa a forum non conveniens en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: forum non conveniens en inglés (Forum Non Conveniens).
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Blair, Paxton, “The Doctrine of Forum non Conveniens in Anglo American Law”, Columbia Law Review, New York, volumen 29, l929; Braucher, Robert, “The Inconvenient Federal Forum”, Harvard Law, Review, Cambridge, Mass., volumen 60, 1947; Herzog, Peter, “La théorie du forum non conveniens, en droit angloaméricain: un apercu”, Revue Critique de Droit International Privé, París, tomo LXV, núm. 1, enero-marzo de 1976
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Bibliografía
Blair, Paxton, “The Doctrine of Forum non Conveniens in Anglo American Law”, Columbia Law Review, New York, volumen 29, l929; Braucher, Robert, “The Inconvenient Federal Forum”, Harvard Law, Review, Cambridge, Mass., volumen 60, 1947; Herzog, Peter, “La théorie du forum non conveniens, en droit angloaméricain: un apercu”, Revue Critique de Droit International Privé, París, tomo LXV, núm. 1, enero-marzo de 1976
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