Forum Shopping
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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Forum Shopping
Definición y descripción de Forum Shopping ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Patrick Staelens Guillot) El forum shopping, práctica en uso en los países del common law, consiste en la elección de un tribunal, por el demandante, con el fin de lograr una solución favorable a su litigio.
Más sobre el Significado de Forum Shopping
En los Estados Unidos de América esta práctica obedece a diferentes factores; los más importantes son: a) la complejidad de las reglas de competencia directa, materia reservada en gran parte a los Estados, que fomenta los conflictos positivos; b) el rechazo de reglas preestablecidas para la resolución de los conflictos de leyes, y c) la preferencia por dejar libertad a los jueces para resolver los asuntos de manera casuística; tal actitud tiene como consecuencia la aplicación de la lex fori en numerosos casos. A nivel internacional la práctica del forum shopping es muy frecuente. Un ejemplo clásico es el de los famosos divorcios al vapor (antes de la modificación del artículo 35 de la Ley de Nacionalidad y Naturalización el 20 de febrero de 1971). Es importante subrayar que los países territorialistas constituyen un terreno propicio para la realización del forum shopping. El forum shopping es una práctica legal, y se diferencia del fraude a la ley, ya que en él el demandante no cambia ningún punto de vinculación para evadir la ley aplicable; por lo tanto no existe ninguna sanción, pero sí algunas dificultades en su realización, como lo demuestra la doctrina del forum non conveniens.Entre las Líneas En cuanto a la ejecución de la sentencia, debido a que numerosos jueces receptores consideran el forum shopping como un fraude al juicio, el exequatur no se otorgará a la sentencia del juez emisor
Véase También
Conflictos de Jurisdicción, Conflicto de Leyes, Exequatur, Forum Non Conveniens, Fraude a la Ley.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Véase También
Bibliografía
Mayer, Pierre, Droit international privé; Paris, Editions Montchrestien, 1977; Reese, Willis L. M., “General Course on Private International Law”, Recueil des Cours; La Haya (1976-I), tomo 150.
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Bibliografía
Mayer, Pierre, Droit international privé; Paris, Editions Montchrestien, 1977; Reese, Willis L. M., “General Course on Private International Law”, Recueil des Cours; La Haya (1976-I), tomo 150.
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