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Funciones Parlamentarias

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Funciones Parlamentarias

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Funciones Parlamentarias en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

Función (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente plataforma: división de funciones); parlamentarias (vid. infra, parlamentariosas).

Desarrollo de Funciones Parlamentarias en este Contexto

Como es sabido, el parlamento es un órgano político colegiado, de carácter representativo en el que recaen las funciones más elevadas de la dirección del Estado, el cual, además de la función creadora de leyes, ejerce entre otras la de controlar los actos de los gobernantes, de acuerdo con las constituciones y el sistema político en que actúa. Desde sus orígenes el parlamento tuvo asignada una función representativa, a la que posteriormente fue agregada la presupuestaria, con el propósito de conseguir recursos pecuniarios al rey, sin embargo, esta función fue ampliada, sobre todo a finales del siglo XVIII, cuando las cámaras buscaron limitar y controlar el ejercicio del poder real que había llegado al absolutismo. Así comenzó el parlamento a desarrollar otras funciones, entre ellas la legislativa y la fiscalizadora.Entre las Líneas En el Estado contemporáneo, desde un punto de vista teórico, la enumeración y clasificación de las funciones parlamentarias es una tarea compleja, lo que se explica porque los parlamentos son considerados instrumentos políticos del principio de soberanía popular, misión que les confiere inevitablemente el derecho y el deber de intervenir, de diversas maneras, en la conducción de los asuntos públicos, según el régimen en el que actúen y el grado de desarrollo político de cada pueblo.

Más Detalles

Al finalizar este milenio, se observa que el parlamento presenta diferencias notables con las instituciones que le precedieron con anterioridad a la década de los cuarenta, como puede apreciarse del papel que se le ha venido asignando al Estado, en el que ha echado raíces el fenómeno de la “racionalización de la vida parlamentaria” al considerársele como lo señala López Garrido,… implicado en múltiples sectores económicos y sociales, además de los aspectos clásicos de la política general, interior e internacional. El problema dominante en el parlamento en el siglo XX, sobre todo después de la Segunda guerra mundial, es asegurar al gobierno, un suficiente control sobre el parlamento, desequilibrado el conflicto entre mayoría y oposición, de modo que la mayoría pueda siempre apoyar la acción del gobierno con éxito. Las funciones actuales del parlamento se dan en el contexto anterior, en que existe un Poder Ejecutivo, siempre dispuesto a mantener en segundo plano las actividades parlamentarias, frente a un Poder Legislativo que pugna por no dejarse subyugar o absorber por la fuerte presencia de los titulares de los gobiernos.Entre las Líneas En este sentido, las funciones parlamentarias más comunes pueden ser clasificadas en: representativas, deliberativas, financieras, legislativas, de control, políticas (en sentido estricto, dado que todas las funciones del parlamento tienen este carácter), de inspección, jurisdiccionales, de indagación, de comunicación y educativas, entre otras. Como es evidente, estas funciones no siempre son ejercidas en el orden mencionado y algunas de las acciones que sirven para una de ellas pueden también ser aplicadas en otras, de tal manera que se entretejen en la realidad los fenómenos políticos inherentes al ejercicio de una representación auténtica del electorado y de las distintas fuerzas sociales y económicas que cada nación genera, mismas que han de ser evaluadas, controladas, conciliadas y coordinadas con el fin de que permanezcan integrando un todo coherente, constituido por la nación soberana.

Funciones Parlamentarias en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”] Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.

Funciones Parlamentarias en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”]En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de funciones parlamentarias en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.

Recursos

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Véase También

Bibliografía

BERLêN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1994, 3a. reimp.

BURKE, Edmund, Textos políticos, Fondo de Cultura Política, México, 1984.

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LîPEZ GARRIDO, Diego, Parlamento y derecho, Eusko Legibitzarra (ed.), Parlamento Vasco, 1991.

PECES-BARBA MARTêNEZ, Gregorio, “Reflexiones sobre el Parlamento”, en Estudios de Derecho Parlamentario, Revista.

de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, Madrid, 1986.

SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.

Recursos

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Véase También

Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1994, 3a. reimp.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

BURKE, Edmund, Textos políticos, Fondo de Cultura Política, México, 1984.

LÓPEZ GARRIDO, Diego, Parlamento y derecho, Eusko Legibitzarra (ed.), Parlamento Vasco, 1991.

PECES-BARBA MARTÍNEZ, Gregorio, “Reflexiones sobre el Parlamento”, en Estudios de Derecho Parlamentario, Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, Madrid, 1986.

SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.
CARRÉ DE MALBERG, R., Teoría general del Estado, Fondo de Cultura Económica, México, 1948.

CHITI-BATELLI, Andrea, ll Parlamento Europeo: struttura, procedure codice parla mentare, CEDAM, Padua, 1982.

CORWIN, Edward S., La Constitución de los Estados Unidos y su significado actual, Fraterna, Buenos Aires, 1987.

CRICK, Bernard, The Reform of Parliament, Weidenfel and Nicolson, Londres, 1968.

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CROUZAITER, Jean Marie, “Le role des commissions d’enquéte du Congrés des Estats Unis”, en Reveu du droit public et science politique, núm. 4, París, 1975.

DÁVALOS MARTÍNEZ, Héctor, “Comentario al artículo 78”, en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos comentada, Procuraduría General de la República-Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 1994.

DE VEGA BLÁZQUEZ, Pedro, “La configuración constitucional del Tribunal de Cuen tas en España”, en Cuestiones Constitucionales (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Revista Mexicana de Derecho, Constitucional, núm. 1, México, julio-diciembre de 1999.

DE VEGA, Pedro, Estudios político-constitucionales, UNAM, México, 1987.

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