Leyes orgánicas Españolas
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]De acuerdo con el principio de la jerarquía normativa, tras la Constitución -los tratados internacionales y Derecho comunitario han de considerarse aparte- se hallan las leyes orgánicas. El artículo 81.1 de la Constitución dice, al respecto, lo siguiente: “Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general, y las demás previstas en la Constitución”. Necesitan de un procedimiento especial de aprobación, más exigente, debido a la importante materia que regulan.
Cabe recordar, a título de ejemplo, que el Defensor del Pueblo, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Estado están y han de estar regulados por las correspondientes leyes orgánicas.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas y Referencias
- Información sobre Leyes orgánicas Españolas en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Guía sobre Leyes orgánicas Españolas
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