Modelo de Contrato de Licencia de Contenidos con Bibliotecas
Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] La concesión de licencias de contenidos (véase más detalles) se refiere principalmente a la concesión de licencias de propiedad, y afecta a los derechos legales en virtud de diversos cuerpos de leyes locales, nacionales, extranjeras e internacionales.
Observación
Además de la ley de derechos de autor, la concesión de licencias de contenidos (digitales o no) puede afectar, según la jurisdicción, a los “derechos morales” del autor o creador, los “derechos de los vecinos”, los derechos de los prestamistas, la difamación, la privacidad, la publicidad, la pornografía y la obscenidad, el comercio internacional, las exportaciones y la transferencia de tecnología, la privacidad, las marcas, los códigos comerciales y la legislación laboral, etc. El derecho comercial o contractual también entra en juego en relación con cuestiones como la formación, la interpretación, las garantías y los recursos por incumplimiento. La elección de la ley y del foro también son cuestiones que se plantean en nuestro actual mercado global.
Una Conclusión
Por lo tanto, la concesión de licencias de contenidos es un tema jurídico complejo que requiere la revisión de la legislación aplicable, tanto la que crea los derechos de propiedad intelectual como la que rige los acuerdos contractuales y la concesión de licencias.
Datos verificados por: Brooks
Modelo de Acuerdo de Licencia de Contenidos con Biblioteca
Editor
y
la Biblioteca X de la Universidad Y
Nota: La información suele variar de un caso a otro, y se ajusta al derecho de los Estados Unidos.
El presente Contrato de Licencia (este “Contrato”) entra en vigor a partir de la fecha (la “Fecha de Entrada en Vigor”) entre el Editor, Dirección del Editor (“Licenciante”) y la Biblioteca X de la Universidad Y, una institución académica sin ánimo de lucro, con sus oficinas principales en … (“Licenciatario”).
En consideración a las promesas mutuas contenidas en el presente documento y otras buenas y valiosas consideraciones, cuya recepción y suficiencia se reconocen por la presente, las partes acuerdan lo siguiente:
I. CONTENIDO DE LOS MATERIALES BAJO LICENCIA; CONCESIÓN DE LA LICENCIA
1. Materiales bajo licencia. Los materiales (los “Materiales Bajo Licencia”) que son objeto de este Acuerdo se exponen en el Apéndice A.
Concesión de la licencia. Por el presente documento, el Licenciante concede al Licenciatario un derecho perpetuo, no exclusivo e intransferible, a nivel mundial (o global) y en todo el sistema, para acceder a los Materiales Autorizados y utilizarlos, así como para proporcionar los Materiales Autorizados a los Usuarios Autorizados (que se definen en la Sección IV siguiente) de conformidad con los términos del presente Acuerdo.
Titularidad de la Propiedad Intelectual. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo se interpretará como una transferencia de la titularidad de los derechos de autor, las marcas comerciales o las marcas de servicio del Otorgante de la Licencia o de sus proveedores al Licenciatario o a los Usuarios Autorizados.
II. ENTREGA Y ACCESO
El Licenciante proporcionará los Materiales Autorizados al Licenciatario de la siguiente manera:
Acceso a la red. Los Materiales Autorizados se almacenarán en una o más ubicaciones del Licenciante en formato digital accesible mediante enlaces de telecomunicaciones entre dichas ubicaciones y las ubicaciones autorizadas del Licenciatario.
III. CUOTAS
1. Tasas y pagos. El Licenciatario deberá pagar al Licenciante por los Materiales Autorizados de conformidad con los términos establecidos en el Apéndice A. El Licenciatario deberá abonar todas las tarifas a los sesenta (60) días de la fecha de la factura del Licenciante, pero no antes de los treinta (30) días previos a la renovación.
Notificación de las tarifas de renovación. El Licenciante proporcionará al Licenciatario los presupuestos de renovación de todos los Materiales Autorizados con una antelación no inferior a sesenta (60) días a la finalización del plazo actual.
IV. USO AUTORIZADO DE LOS MATERIALES OBJETO DE LA LICENCIA
1. Usuarios Autorizados. Los “Usuarios Autorizados” son:
Personas afiliadas a la Universidad Y. Empleados a tiempo completo y a tiempo parcial (incluyendo profesores, personal y contratistas independientes) y estudiantes del Licenciatario, independientemente de la ubicación física de dichas personas. Para conocer los lugares autorizados, véase el Apéndice B.
Personas sin cita previa. Los clientes no afiliados al Licenciatario que se encuentren físicamente en el(los) sitio(s) del Licenciatario (“sin cita previa”).
Acceso y autentificación de los usuarios autorizados. El Licenciatario y sus Usuarios Autorizados tendrán acceso a los Materiales Autorizados de conformidad con lo siguiente:
Direcciones IP. Los Usuarios Autorizados se identificarán y autentificarán mediante el uso de las direcciones de Protocolo de Internet (“IP”) facilitadas por el Licenciatario al Licenciante. Se autoriza el uso de servidores proxy siempre y cuando las direcciones IP de los servidores proxy proporcionados limiten el acceso remoto o fuera del campus a los Usuarios Autorizados. Las direcciones IP autorizadas se enumeran en el Apéndice C. Se enviará al Licenciante una lista actualizada anualmente o cuando sea necesario. El Licenciatario y el Otorgante de la Licencia deberán cooperar en la implementación de nuevos protocolos y procedimientos de autenticación (como Shibboleth) a medida que se desarrollen durante la vigencia del presente Contrato.
Autenticación administrada por el Licenciante. Cuando el Licenciante proporcione métodos alternativos de acceso y autenticación más allá de los métodos administrados por el Licenciatario descritos en el presente documento, por ejemplo, permitiendo a los usuarios establecer un inicio de sesión personal desde una dirección IP del campus (permitiendo así el acceso mediante nombre de usuario y contraseña al iniciar sesión en un sitio web del proveedor) o la autenticación del dispositivo, que afilia el dispositivo o la aplicación mediante el uso de un token, una cookie o un prefijo de proxy administrado por el proveedor, el Licenciatario no será responsable ni estará obligado a responder por las reclamaciones de incumplimiento o validez de dicho uso.
Usos autorizados. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán hacer todo el uso de los Materiales Autorizados que sea compatible con la ley de derechos de autor de los Estados Unidos, incluyendo sus Disposiciones de Uso Justo. Además, los Materiales Autorizados podrán ser utilizados con fines de investigación, educación u otros usos no comerciales de la siguiente manera:
Visualización. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados tendrán derecho a exhibir electrónicamente los Materiales Autorizados.
Copia digital. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán descargar y copiar digitalmente una parte razonable de los Materiales Autorizados.
Copia impresa. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán imprimir una parte razonable de los Materiales Autorizados.
Recuperación de los costes de copia. El Licenciatario podrá cobrar una tarifa razonable para cubrir los costes de copia o impresión de partes de los Materiales Autorizados para los Usuarios Autorizados.
Archivo/Copia de Seguridad. El Licenciante proporcionará al Licenciatario, previa solicitud, o el Licenciatario podrá crear, una (1) copia de todo el conjunto de los Materiales con Licencia que se mantendrá como copia de seguridad. En el caso de que el Acuerdo se resuelva, o de que el Licenciante deje de ofrecer los Materiales Autorizados online, el Licenciatario podrá utilizar la copia de seguridad para ejercer los derechos del Licenciatario en virtud de la sección XII, Derechos Perpetuos, del presente Acuerdo.
Almacenamiento en caché. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán realizar copias digitales locales de los Materiales Autorizados con el fin de garantizar un uso eficiente por parte de los Usuarios Autorizados mediante un navegador adecuado u otro software. Para evitar dudas, la copia en caché no es una obra derivada.
Uso en el aula. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán distribuir a los Usuarios Autorizados copias individuales de artículos o elementos de los Materiales Autorizados en formato impreso o electrónico. Para evitar dudas, la distribución en el aula incluirá la distribución de una copia con fines didácticos a todos los Usuarios Autorizados individuales de una clase en los Centros Autorizados (Apéndice B).
Recogida de información. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán extraer o utilizar la información contenida en los Materiales Autorizados con fines educativos, científicos o de investigación, incluyendo la extracción y manipulación de la información con fines de ilustración, explicación, ejemplo, comentario, crítica, enseñanza, investigación o análisis.
Paquetes de cursos (impresos y electrónicos). El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán utilizar una parte razonable de los Materiales Autorizados en la preparación de Paquetes de Cursos u otros materiales educativos.
Reservas de cursos (impresos y electrónicos). El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán utilizar una parte razonable de los Materiales con Licencia para su uso en relación con cursos específicos de enseñanza ofrecidos por la Universidad Y.
Enlaces electrónicos. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán proporcionar hipervínculos desde la(s) página(s) web del Licenciatario y de los Usuarios Autorizados a unidades individuales de contenido dentro de los Materiales Autorizados.
Compartir de forma erudita. Los Usuarios Autorizados podrán transmitir a un tercero, en formato impreso o electrónico, cantidades mínimas e insustanciales de los Materiales con Licencia para uso personal o para investigación académica, educativa o científica o para uso profesional, pero en ningún caso para su reventa o con fines comerciales.
Extracción de textos y datos. Los Usuarios Autorizados podrán utilizar los Materiales con Licencia para llevar a cabo y realizar actividades de extracción de textos y/o datos con fines de investigación académica, de estudio y otros fines educativos, y podrán utilizar y compartir los resultados de la extracción de textos y/o datos en su trabajo académico y poner los resultados a disposición de otros, siempre que el propósito no sea crear un producto para uso de terceros que sustituya a los Materiales con Licencia. El Licenciante, tras recibir una solicitud por escrito, cooperará con el Licenciatario y los Usuarios Autorizados en la medida en que sea razonablemente necesario para que los Materiales Autorizados estén disponibles de la manera y forma más útil para el Usuario Autorizado. El Otorgante de la Licencia proporcionará al Licenciatario, previa solicitud, copias de los Materiales con Licencia para fines de extracción de textos y datos sin ningún coste adicional.
Préstamo interbibliotecario. El Licenciatario podrá atender las solicitudes de otras bibliotecas, una práctica comúnmente denominada Préstamo Interbibliotecario. El Licenciatario se compromete a satisfacer dichas solicitudes de acuerdo con los artículos 107 y 108 de la Ley de Derechos de Autor de los Estados Unidos. Las solicitudes pueden ser atendidas utilizando medios electrónicos, en papel o intermediarios.
Citas bibliográficas. El Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán utilizar, con los créditos correspondientes, las figuras, tablas y breves extractos de los Materiales Autorizados en los propios trabajos científicos, académicos y educativos del Usuario Autorizado. Para evitar cualquier duda, el Licenciatario y los Usuarios Autorizados podrán utilizar la información de las citas y los resúmenes en los sistemas de elaboración de perfiles del profesorado, en las listas de publicaciones de las páginas web del profesorado y de la institución, y para crear bibliografías, así como para almacenar una única copia de un documento individual que forme parte de los Materiales Autorizados, incluso dentro de sistemas personales seguros de gestión de referencias/citaciones bibliográficas.
No hay disminución de los derechos. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, los Usos Autorizados, se interpretará como una disminución de los derechos y privilegios del Licenciatario o de los Usuarios Autorizados con respecto a cualquiera de los Materiales Autorizados, incluyendo las excepciones o limitaciones a los derechos exclusivos de los propietarios de los derechos de autor, tales como el uso justo, en virtud del artículo 107 de la Ley de Derechos de Autor de los Estados Unidos.Entre las Líneas En caso de que cualquier contenido incluido en los Materiales Autorizados sea de dominio público o haya sido emitido bajo una licencia Creative Commons u otra licencia abierta, el Licenciante no impondrá restricciones de acceso, uso o de otro tipo a dicho contenido más allá de las que se encuentren en la licencia abierta, cuando proceda.
Derechos del autor a utilizar su propio trabajo. Sin perjuicio de los términos o condiciones en contrario de cualquier acuerdo de autor entre los autores y el Licenciante, los autores que sean Usuarios Autorizados del Licenciatario (“Autores”) cuyo trabajo (“Contenido”) sea aceptado para su publicación por el Licenciante durante el Periodo de Vigencia, conservarán el derecho no exclusivo, irrevocable y mundial, El Licenciatario y el Otorgante de la Licencia se comprometen a cooperar con el Licenciatario en el desarrollo de las actividades de éste y en el cumplimiento de los requisitos de subvención o institucionales asociados a los Contenidos. El Licenciatario y el Otorgante de la Licencia deberán cooperar en la implementación de procedimientos para que el Otorgante de la Licencia deposite el Contenido en el repositorio institucional del Licenciatario, o para que el Contenido esté disponible para que el Licenciatario lo recoja, a medida que se desarrollen durante la vigencia de este Contrato.
Para evitar dudas, la intención de las partes de este Contrato de Licencia es que los Autores del Licenciatario sean terceros beneficiarios de esta disposición del Contrato. Nada de lo dispuesto en esta sección eliminará o limitará cualquier otro derecho que el Licenciatario o cualquier Autor pueda tener para depositar, alojar o poner a disposición los Contenidos publicados por el Licenciante.
Definiciones:
Autor: Un autor de una obra publicada por el Licenciante que es un Usuario Autorizado de los Materiales Licenciados.
Contenido: La versión del manuscrito aceptada por el autor (después de la revisión por pares e incluyendo las revisiones del proceso de revisión por pares, pero antes de la edición y publicación final) de cualquier trabajo de un Autor que sea aceptado para su publicación por el Licenciante.
Fines académicos y educativos: Fines que abarcan la enseñanza, la investigación y las necesidades institucionales, incluyendo, a título meramente enunciativo, el derecho a (a) utilizar, reproducir, distribuir, ejecutar y mostrar el Contenido en relación con la enseñanza, las presentaciones en conferencias y las charlas; (b) hacer pleno uso del Contenido en futuras investigaciones y publicaciones; (c) volver a publicar, actualizar o revisar el Contenido en su totalidad o en parte para su posterior publicación; (d) cumplir con los requisitos y condiciones de las becas de investigación o subvenciones de publicación otorgadas por organismos gubernamentales o fundaciones sin ánimo de lucro, y; (e) conceder a la institución empleadora del Autor algunos o todos los derechos anteriores, así como el permiso para utilizar el Contenido en relación con actividades administrativas como la acreditación, los informes obligatorios para los gobiernos estatales o federales, y fines similares.Entre las Líneas En todos los casos, el autor y/o la institución que lo emplea deberán citar adecuadamente la versión publicada.
Repositorios o archivos: Los servicios de repositorio digital de acceso abierto, como los que proporciona la
La institución que emplea al autor, un consorcio académico, una entidad basada en la disciplina o una agencia gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) de financiación.
Cantidad de uso autorizado.
Acceso ilimitado. Con sujeción a los términos de este Acuerdo, el Licenciatario y sus Usuarios Autorizados tendrán acceso ilimitado y simultáneo a los Materiales Autorizados.
V. RESTRICCIONES ESPECÍFICAS SOBRE EL USO DE LOS MATERIALES OBJETO DE LA LICENCIA
1. Uso no autorizado. El Licenciatario no permitirá a sabiendas que nadie, salvo los Usuarios Autorizados, acceda a los Materiales con Licencia.
Modificación de los Materiales Autorizados. El Licenciatario no podrá modificar, manipular o crear un trabajo derivado de los Materiales Autorizados sin la previa autorización por escrito del Licenciante.
Eliminación del aviso de copyright. El Licenciatario no podrá eliminar, ocultar o modificar ningún aviso de copyright o de otro tipo incluido en los Materiales Autorizados.
Fines comerciales. El Licenciatario no podrá utilizar los Materiales Autorizados con fines comerciales, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, la venta de los Materiales Autorizados, el uso de los Materiales Autorizados a cambio de una tarifa; tampoco podrá imponer cargos especiales a los Usuarios Autorizados por el uso de los Materiales Autorizados más allá de los costes administrativos o de impresión razonables. Para evitar dudas, la investigación llevada a cabo por el Licenciatario y los Usuarios Autorizados con el apoyo de una entidad comercial no se considerará uso con fines comerciales.
VI. OBLIGACIONES DE DESEMPEÑO MUTUO
Notificación y subsanación del uso no autorizado. En caso de que el Licenciatario tenga conocimiento de un uso no autorizado de los Materiales Autorizados y no pueda subsanarlo de inmediato, el Licenciatario deberá notificarlo sin demora al Otorgante de la Licencia.Entre las Líneas En caso de que el Otorgante de la Licencia tenga conocimiento del uso no autorizado de los Materiales Autorizados, el Otorgante de la Licencia lo notificará inmediatamente al Licenciatario.
En caso de que el uso no autorizado esté causando un daño material grave e inmediato al Licenciante, éste podrá suspender temporalmente el acceso del Usuario Autorizado infractor a los Materiales Autorizados (por ejemplo, bloqueando la dirección IP de un usuario individual), siempre que el Licenciante notifique inmediatamente al Licenciatario dicha suspensión, incluyendo el motivo del bloqueo y los detalles que lo justifiquen. Dichas suspensiones temporales tendrán una duración lo más breve posible para poner fin a la supuesta actividad no autorizada e impedir su reanudación. Cualquier uso no autorizado que se considere un incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Acuerdo estará sujeto a la Sección XI, más adelante, incluido el periodo de subsanación.
VII. OBLIGACIONES DE CUMPLIMIENTO DEL LICENCIANTE
El Otorgante de la Licencia se esforzará razonablemente por garantizar que su rendimiento cumpla o supere las normas y prácticas del sector. Además, el Licenciante se compromete a cumplir las siguientes normas de rendimiento.
Disponibilidad de los materiales de la licencia. A partir de la Fecha de Entrada en Vigor del presente Contrato, el Licenciante pondrá los Materiales objeto de la Licencia a disposición del Licenciatario y de los Usuarios Autorizados.
Descubrimiento de los Materiales objeto de la licencia. El Otorgante de la Licencia pondrá los Materiales con Licencia a disposición del Licenciatario a través de su(s) Sistema(s) de Servicio de Descubrimiento para fines de indexación y descubrimiento. El Otorgante de la Licencia proporcionará a los proveedores de servicios de localización del Licenciatario, de forma continuada, la citación y los metadatos descriptivos completos (incluyendo todos los encabezamientos de materia, resúmenes y palabras clave), así como el contenido de texto completo necesario para facilitar el descubrimiento y la accesibilidad óptimos del contenido en beneficio del Licenciatario y de los Usuarios Autorizados. Los Sistemas de Servicios de Descubrimiento se definen como sistemas de interfaz de usuario y de búsqueda para descubrir y mostrar contenidos procedentes de fuentes locales, de bases de datos y de la web.
Vinculación persistente. El Licenciante cumplirá con la versión más actual del estándar OpenURL (ANSI/NISA Z39.88), y proporcionará un mecanismo para los enlaces persistentes al contenido.
Términos y condiciones en línea. En caso de que el Licenciante exija a los Usuarios Autorizados que acepten condiciones adicionales en relación con el uso de los Materiales con Licencia (comúnmente denominadas licencias “click-through” o “clickwrap”), o intente imponer condiciones a los Usuarios Autorizados a través de términos y condiciones online invocados por el mero uso o visualización de los Materiales con Licencia, dichos términos no diferirán sustancialmente de las disposiciones del presente Acuerdo. En caso de conflicto entre las condiciones de uso o los términos y condiciones online y el presente Acuerdo, prevalecerán los términos del presente Acuerdo. Para evitar dudas, los Usuarios Autorizados no son parte de este Acuerdo.
Documentación. El Licenciante proporcionará al Licenciatario y a los Usuarios Autorizados una documentación de ayuda y operativa completa y actualizada en formato electrónico.
Soporte. El Licenciante proporcionará soporte de activación e instalación, incluyendo la asistencia al Licenciatario y a los Usuarios Autorizados en la implementación de cualquier software del Licenciante. El Licenciante ofrecerá niveles razonables de soporte continuo para ayudar al Licenciatario y a los Usuarios Autorizados en el uso de los Materiales Autorizados. El Licenciante pondrá a su personal a disposición por correo electrónico y/o por teléfono durante el horario laboral habitual del Licenciatario, de lunes a viernes, para recibir comentarios, resolver problemas o plantear preguntas generales y responderá de manera oportuna.
Formación. El Licenciante proporcionará al Licenciatario y a los Usuarios Autorizados una formación adecuada en relación con el uso de los Materiales Autorizados y de cualquier software del Licenciante. Asimismo, el Licenciante proporcionará formación adicional al personal del Licenciatario en caso de que sea necesario debido a cualquier actualización o modificación de los Materiales Autorizados o de cualquier software del Licenciante.
Actualizaciones. El Otorgante de la Licencia proporcionará al Licenciatario actualizaciones periódicas del sistema y del proyecto a medida que estén disponibles.
Calidad del Servicio. El Otorgante de la Licencia realizará los esfuerzos razonables para garantizar que el servidor o los servidores del Otorgante de la Licencia tengan la capacidad y la velocidad de conectividad suficientes para proporcionar al Licenciatario y a sus Usuarios Autorizados una calidad de servicio comparable a los estándares actuales de la industria de suministro de información en línea en la localidad del Licenciatario. El Licenciante hará esfuerzos razonables para proporcionar un servicio continuo los siete (7) días de la semana con una media del 98% de tiempo de funcionamiento al mes. El 2% de tiempo de inactividad incluye la indisponibilidad periódica debida al mantenimiento del servidor; la instalación o comprobación del software; la carga o puesta a disposición de los Materiales Autorizados adicionales a medida que estén disponibles; y la indisponibilidad debida a fallos del servicio o de los equipos que estén fuera del control del Licenciante (incluyendo problemas con los servicios de telecomunicaciones públicos o privados, o con los nodos o instalaciones de Internet). El Licenciante podrá programar breves periodos de indisponibilidad, pero sólo lo hará cuando (1) haya avisado al Licenciatario con al menos cuarenta y ocho (48) horas de antelación, y (2) de forma y en el momento en que se minimicen los inconvenientes para el Licenciatario y sus Usuarios Autorizados, independientemente del momento en que se haya dado el aviso.
Problemas con los Materiales Autorizados. En caso de que los Materiales Autorizados no funcionen, no se muestren, no se carguen o no se reproduzcan de conformidad con los términos del presente Acuerdo, el Licenciatario deberá notificarlo inmediatamente al Licenciante, y éste hará todo lo posible para restablecer el acceso a los Materiales Autorizados lo antes posible. En caso de que la falta de conformidad afecte materialmente al uso de los Materiales Autorizados por parte del Licenciatario o de los Usuarios Autorizados, y el Licenciante no consiga reparar la falta de conformidad en el plazo de cinco (5) días hábiles, el Licenciante reembolsará al Licenciatario por dichos problemas en una cantidad proporcional al total de las Tarifas adeudadas por el Licenciatario en virtud del presente Acuerdo.
Transferencia o adquisición de títulos. En caso de que cualquier parte de los Materiales Autorizados sea transferida o adquirida a otra parte, el Licenciante hará todo lo posible para garantizar que el Licenciatario no pierda el acceso a los contenidos sujetos a este Acuerdo como consecuencia de la transferencia o adquisición. Se respetarán todos los derechos de archivo y de acceso perpetuo que se hayan concedido, tanto si el Licenciante actúa como parte cedente como adquirente. Si el Licenciante transfiere cualquier parte de los Materiales Autorizados a otra parte, el Licenciante hará todo lo posible para ceder todos los derechos y obligaciones al cesionario.Entre las Líneas En caso de que el Licenciante adquiera obras que pasen a estar sujetas al presente Acuerdo, el Licenciante hará todo lo posible por adquirir los derechos de ejecución en virtud del presente Acuerdo, incluidos, a título meramente enunciativo, los derechos de acceso perpetuo. El Licenciante se compromete a comunicarse con la parte de la que adquiere las obras para intercambiar dicha información sobre pagos y derechos.Entre las Líneas En el caso de los títulos de revistas, el Licenciante cumplirá con el Código de Prácticas de Transferencia de la NISO.
Integridad del contenido. El Licenciante informará al Licenciatario de los casos en los que el contenido online difiera de las versiones impresas de los Materiales Autorizados. Cuando proceda, el Otorgante de la Licencia cooperará con el Licenciatario para identificar y corregir los errores u omisiones de contenido y, cuando sea necesario, el Otorgante de la Licencia hará esfuerzos razonables para garantizar que el contenido online (1) sea al menos tan completo como las versiones impresas y en otros formatos físicos de los Materiales Autorizados; y (2) represente réplicas completas, precisas y oportunas del contenido correspondiente incluido en las versiones impresas y en otros formatos físicos de dichos Materiales.
Con el fin de facilitar la evaluación de la integridad del contenido, el Licenciante proporcionará, a petición del Licenciatario, un informe del contenido de los Materiales Autorizados a nivel de título, número, capítulo o artículo. El Licenciante revelará al Licenciatario el contenido que se sepa o se encuentre ausente de los Materiales Autorizados, incluyendo, a título meramente enunciativo, imágenes, páginas, números y capítulos.
Si el contenido online es una versión digitalizada del contenido impreso y difiere de la versión impresa o de otro formato físico de los Materiales Autorizados de forma que resulte sustancialmente menos útil para el Licenciatario o sus Usuarios Autorizados, el Licenciatario podrá solicitar la rescisión de este Acuerdo por incumplimiento de conformidad con las disposiciones de rescisión de este Acuerdo contenidas en la Sección XI, más adelante.
Notificación de las modificaciones de los Materiales Autorizados. Ocasionalmente, el Licenciante podrá añadir, cambiar o modificar partes de los Materiales con Licencia, o migrar los Materiales con Licencia a otros formatos. Cuando se produzcan dichos cambios, modificaciones o migraciones, el Otorgante de la Licencia deberá notificar dichos cambios al Licenciatario tan pronto como sea posible, pero en ningún caso con menos de sesenta (60) días de antelación a la modificación. Si cualquiera de los cambios, modificaciones o migraciones hace que los Materiales Autorizados sean sustancialmente menos útiles para el Licenciatario o sus Usuarios Autorizados, el Licenciatario podrá solicitar la resolución del presente Acuerdo por incumplimiento de acuerdo con las disposiciones de resolución del presente Acuerdo contenidas en la Sección XI, más adelante.
Retirada de los Materiales Autorizados. El Licenciante se reserva el derecho a retirar de los Materiales Autorizados cualquier elemento o parte de un elemento sobre el que ya no tenga derecho a publicar, o sobre el que tenga motivos razonables para creer que infringe los derechos de autor o que es difamatorio, obsceno, ilegal o censurable por cualquier otro motivo. El Licenciante notificará por escrito la retirada al Licenciatario tan pronto como sea posible, pero en ningún caso con menos de treinta (30) días de antelación a la retirada, especificando el elemento o elementos que se van a retirar.
Si dicha retirada hace que los Materiales con Licencia sean menos útiles para el Licenciatario o sus Usuarios Autorizados, el Licenciante reembolsará al Licenciatario por la retirada una cantidad proporcional al total de las Tarifas adeudadas por el Licenciatario por los Materiales con Licencia en virtud del presente Acuerdo. Si dicha retirada hace que los Materiales Autorizados sean sustancialmente menos útiles para el Licenciatario o sus Usuarios Autorizados, el Licenciatario podrá solicitar la resolución del presente Acuerdo por incumplimiento de conformidad con las disposiciones de resolución de la Sección XI, más adelante.
Lista detallada de existencias/títulos. El Otorgante de la Licencia proporcionará al Licenciatario, antes del comienzo del año natural dentro del plazo actual, un informe detallado de existencias que especifique los títulos incluidos en los Materiales Autorizados para el siguiente plazo de suscripción. El Licenciante se esforzará razonablemente por actualizar los informes de existencias detalladas tan pronto como sea posible cuando la información de las existencias cambie, y proporcionará esta información a Discovery Service Systems de manera oportuna y al Licenciatario cuando éste lo solicite. Si los Materiales con Licencia incluyen contenido cubierto por la Práctica Recomendada de Bases de Conocimiento y Herramientas Relacionadas (KBART) de la NISO, el Licenciante proporcionará listas de existencias detalladas para los Materiales con Licencia en formato compatible con KBART, incluyendo una columna/campo para las fechas (AAAA-MM) de las adiciones.
Estadísticas de uso. El licenciante deberá proporcionar mensualmente tanto los datos de uso compuestos de todo el sistema como los datos pormenorizados de los distintos campus y laboratorios. Las estadísticas deberán cumplir o superar la versión más reciente del proyecto Counting Online Usage of NeTworked Electronic Resources (COUNTER) Code of Practice Release, incluidas, entre otras, sus disposiciones sobre la confidencialidad del cliente. Cuando se publique una nueva versión de los Códigos de Práctica de COUNTER, el Licenciante deberá cumplir con el plazo de implementación especificado por COUNTER para proporcionar las estadísticas de uso en el nuevo formato estándar.
El Licenciante no proporcionará las estadísticas de uso del Licenciatario en ningún formato a ningún tercero sin la autorización por escrito del Licenciatario, a menos que el tercero posea derechos sobre los Materiales Licenciados. En todos los casos, la divulgación de dichos datos protegerá plenamente el anonimato de los usuarios individuales y la confidencialidad de sus búsquedas, y cumplirá con todas las leyes de privacidad aplicables. El Otorgante de la Licencia no revelará ni venderá a otras partes los datos de uso o la información sobre el Licenciatario o sus Usuarios Autorizados sin el permiso escrito del Licenciatario o según lo exija la ley.
Confidencialidad de la información de identificación personal. El Otorgante de la Licencia acepta que no se compartirá con terceros ninguna información de identificación personal, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, las entradas registradas en los registros del sistema, las direcciones IP de los usuarios que acceden al sistema, las búsquedas guardadas, los nombres de usuario y las contraseñas, salvo en respuesta a una citación, orden judicial u otro requisito legal. Si el Licenciante se ve obligado por la ley o por una orden judicial a revelar información personal identificable de los Usuarios Autorizados de los patrones de uso, el Licenciante proporcionará al Licenciatario una notificación previa adecuada por escrito tan pronto como sea posible, para que el Licenciatario o los Usuarios Autorizados puedan solicitar órdenes de protección u otros recursos. El Licenciante notificará al Licenciatario y a los Usuarios Autorizados tan pronto como sea posible si los sistemas del Licenciante son violados y la confidencialidad de la información personal identificable se ve comprometida.
Notificación del uso de la tecnología de gestión de derechos digitales. En caso de que el Licenciante utilice o implemente cualquier tipo de tecnología de gestión de derechos digitales (DRM) para controlar el acceso o el uso de los Materiales Autorizados, el Licenciante proporcionará al Licenciatario una descripción de las especificaciones técnicas del DRM y de cómo afecta al acceso o al uso de los Materiales Autorizados. En ningún caso podrá utilizarse dicha Tecnología de Gestión de Derechos Digitales de forma que se limiten los derechos de uso del Licenciatario o de cualquier Usuario Autorizado, tal y como se especifica en el presente Acuerdo o en la legislación aplicable. Si el uso de la DRM hace que los Materiales Autorizados sean sustancialmente menos útiles para el Licenciatario o sus Usuarios Autorizados, el Licenciatario podrá solicitar la rescisión del presente Acuerdo por incumplimiento, de conformidad con las disposiciones de rescisión del presente Acuerdo contenidas en la Sección XI, más adelante.
Uso de la Tecnología de Marca de Agua Digital.Entre las Líneas En caso de que el Licenciante utilice cualquier tipo de tecnología de marca de agua para cualquier elemento de los Materiales Autorizados, el Licenciante acepta que las marcas de agua no reducirán la legibilidad del contenido ni degradarán la calidad de la imagen. Dichas marcas de agua no contendrán información relacionada con el usuario, incluyendo, entre otros, el número de cuenta, la dirección IP y los nombres de usuario. Si se implementa la tecnología de marca de agua digital, el Licenciante notificará al Licenciatario con al menos treinta (30) días de antelación a la implementación, y el Licenciante proporcionará las especificaciones técnicas de la tecnología utilizada. Si el uso de la tecnología de marca de agua hace que los Materiales Autorizados sean sustancialmente menos útiles para el Licenciatario o sus Usuarios Autorizados, el Licenciatario podrá solicitar la rescisión del presente Acuerdo por incumplimiento, de conformidad con las disposiciones de rescisión del presente Acuerdo contenidas en la Sección XI, más adelante.
Interoperabilidad con los Navegadores Web habituales. El Licenciante se esforzará razonablemente por garantizar que los Materiales Autorizados sean accesibles e interoperables con los navegadores web y las herramientas de acceso a Internet vigentes, incluyendo, como mínimo, las dos versiones principales más recientes (la versión actual y una versión anterior) y todas las versiones asociadas a dichas versiones.
Marca. El Licenciante proporcionará al Licenciatario la opción de marcar la Plataforma del Licenciante con el nombre del Licenciatario y/o de los Sitios Autorizados a discreción del Licenciatario.
Registros MARC. Cuando sea aplicable a los Materiales Autorizados, a petición del Licenciatario, el Otorgante de la Licencia proporcionará conjuntos completos de registros MARC de calidad OCLC que incorporen las especificaciones del Licenciatario sin coste adicional en la fecha de ejecución del presente Contrato de Licencia.
Pormenores
Las actualizaciones de los registros existentes y los registros de nuevos títulos, que coincidan con el calendario de publicación y entrega de nuevas publicaciones, se proporcionarán según un calendario acordado mutuamente y en un formato que los haga útiles para el Licenciatario.
Opción de acceso abierto.Entre las Líneas En el caso de que el Licenciante ofrezca una opción de acceso abierto dentro de los Materiales Autorizados a sus autores, el Licenciante informará al Licenciatario anualmente de 1) el número de trabajos (como artículos) publicados bajo la opción de acceso abierto por todos los autores, y 2) el número y la lista de los trabajos por título con citación completa de los autores en la institución del Licenciatario.
Si la relación entre el número de artículos de acceso abierto y los artículos publicados bajo el modelo de suscripción tradicional aumenta en comparación con el año anterior, el Licenciante reflejará dicho aumento mediante una reducción proporcional del precio de suscripción para el año de suscripción en curso.
VIII. OBLIGACIONES DE DESEMPEÑO DEL LICENCIATARIO
Notificación de los Términos de la Licencia. El Licenciatario se esforzará razonablemente por proporcionar a los Usuarios Autorizados una notificación adecuada de los términos y condiciones bajo los cuales se concede el acceso a los Materiales Autorizados en virtud del presente Acuerdo.
Protección contra el uso no autorizado. El Licenciatario realizará esfuerzos razonables para restringir el acceso a los Materiales con Licencia a los Usuarios Autorizados.
Mantenimiento de la confidencialidad de las contraseñas de acceso. Cuando el acceso a los Materiales con Licencia deba ser controlado mediante el uso de contraseñas, el Licenciatario realizará esfuerzos razonables para informar a los Usuarios Autorizados de que no deben divulgar sus números y contraseñas a terceros. Asimismo, el Licenciatario se esforzará razonablemente por mantener la confidencialidad de las contraseñas institucionales facilitadas por el Licenciante.
IX. PLAZO
El presente Contrato estará en vigor desde la Fecha de Entrada en Vigor hasta la fecha de expiración establecida en el Apéndice A, a menos que se rescinda antes de conformidad con lo dispuesto en la Sección XI.
X. RENOVACIÓN
Este acuerdo será renovable al final del plazo actual por un plazo sucesivo de un (1) año, a menos que cualquiera de las partes notifique por escrito su intención de cancelar treinta (30) días antes de la expiración del plazo actual. En el caso de que se produzca un aumento de precio para un plazo posterior, tal y como se establece en la Sección III, el Licenciatario tendrá un plazo no inferior a sesenta (60) días desde la fecha de notificación del aumento de precio para notificar al Licenciante su intención de cancelar o renegociar.
XI. TERMINACIÓN ANTICIPADA
Rescisión anticipada por dificultades económicas. El Licenciatario podrá rescindir el presente Contrato sin penalización alguna si no se asignan suficientes fondos para adquisiciones de contenido que le permitan, en el ejercicio de su razonable criterio administrativo, continuar con el presente Contrato.Entre las Líneas En caso de tales circunstancias financieras, el Licenciatario notificará al Otorgante de la Licencia su intención de rescindir el Acuerdo tan pronto como sea razonablemente posible, pero en cualquier caso, no menos de 30 días antes de la siguiente fecha de pago, y esta operación terminará el último día del período de suscripción para el que se ha realizado el pago sin penalización de gastos para el Licenciatario de ningún tipo, excepto en lo que respecta a las partes de los pagos aquí acordados para los que los fondos habrán sido asignados y presupuestados o disponibles de otra manera.Entre las Líneas En el caso de dicha terminación, el Licenciatario mantendrá su derecho perpetuo a los materiales licenciados bajo los períodos de suscripción por los que ha pagado completamente, sujeto a la Sección XII.
Rescisión por incumplimiento. Si una de las partes considera que la otra ha incumplido materialmente alguna de las obligaciones de este Contrato, dicha parte lo notificará por escrito a la parte incumplidora. La parte infractora dispondrá de sesenta (60) días a partir de la recepción de la notificación para utilizar todos los medios razonables para subsanar el supuesto incumplimiento y para notificar por escrito a la parte no infractora que se ha producido la subsanación. Si el incumplimiento no se subsana en el plazo de sesenta (60) días, la parte no incumplidora tendrá derecho a rescindir el Acuerdo sin previo aviso. Una vez finalizado el presente Acuerdo, ya sea por resolución anticipada o por cualquier otro motivo, el Otorgante de la Licencia podrá poner fin al acceso a los Materiales Autorizados por parte del Licenciatario y de los usuarios autorizados, con sujeción a lo dispuesto en la Sección XII, más adelante. Asimismo, las copias autorizadas de los Materiales con Licencia realizadas por los Usuarios Autorizados podrán conservarse con fines educativos y utilizarse con sujeción a los términos del presente Contrato.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Reembolsos. En caso de rescisión anticipada permitida por el presente Acuerdo, salvo en caso de rescisión por incumplimiento grave del Licenciatario, éste tendrá derecho a la devolución de las tarifas o de la parte proporcional de las mismas pagadas por el Licenciatario por el período restante del Acuerdo desde la fecha de rescisión.
XII. DERECHOS PERPETUOS
Licencia perpetua. Sin perjuicio de cualquier otra disposición del Acuerdo, el Licenciante concede al Licenciatario una licencia perpetua no exclusiva, libre de derechos y para todo el sistema, para utilizar cualquier Material Autorizado que haya sido suscrito o por el que se haya pagado una cuota de licencia perpetua durante la vigencia de este Acuerdo. Dicho uso se realizará de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo, que seguirán vigentes tras la rescisión del mismo. Los medios por los que el Licenciatario tendrá acceso a dichos Materiales Autorizados serán de una manera y forma sustancialmente equivalentes a los medios por los que se proporciona acceso en virtud del presente Acuerdo. Si el medio de acceso del Otorgante de la Licencia no está disponible, el Licenciatario podrá proporcionar un acceso sustancialmente equivalente a los Materiales Autorizados mediante el uso de una copia de archivo o contratando los servicios de archivos de confianza de terceros (como Pórtico) y/o participando en esfuerzos de archivo colaborativo para ejercer sus derechos de uso perpetuo.
Copia de archivo. El Otorgante de la Licencia proporcionará al Licenciatario, previa solicitud, o el Licenciatario podrá crear, una (1) copia de todo el conjunto de los Materiales Autorizados que se mantendrá como copia de archivo. La copia de archivo del Otorgante de la Licencia se proporcionará sin ningún tipo de DRM en un medio de mutuo acuerdo adecuado al contenido, y los honorarios por el suministro de las copias se basarán únicamente en el tiempo y los materiales.
En caso de que el Otorgante de la Licencia interrumpa o suspenda la venta o la concesión de licencias de los Materiales con Licencia, el Licenciatario podrá utilizar dichos Materiales con Licencia archivados en las mismas condiciones que el presente Acuerdo. Si el Licenciatario dispone de una copia de seguridad de los Materiales con Licencia, tal y como se define en la Sección IV, la copia de seguridad podrá utilizarse como copia de archivo.
Servicios de Archivo de Terceros. El Licenciante y el Licenciatario reconocen que cualquiera de las partes podrá contratar los servicios de archivos de confianza de terceros y/o participar en iniciativas de colaboración en materia de archivos para ejercer los derechos del Licenciatario en virtud de la presente sección del Contrato. El Licenciante se compromete a cooperar con dichas entidades y/o iniciativas de archivo en la medida en que sea razonablemente necesario para que los Materiales Autorizados estén disponibles a efectos de archivo. El Licenciatario podrá utilizar a perpetuidad un sistema de confianza de terceros o un archivo colaborativo para acceder o almacenar los Materiales Autorizados, siempre y cuando el uso por parte del Licenciatario se realice bajo los mismos términos del presente Acuerdo.
En caso de que el Otorgante de la Licencia interrumpa o modifique las condiciones de su participación en un servicio de archivo de terceros, el Otorgante de la Licencia lo notificará al Licenciatario con antelación y tratará de establecer de buena fe acuerdos alternativos para el archivo de confianza y el acceso perpetuo a los Materiales Autorizados.
XIII. GARANTÍAS
El Otorgante de la Licencia garantiza que dispone de todos los derechos, permisos y autorizaciones legales y equitativos necesarios para conceder la licencia de los Materiales Autorizados al Licenciatario para los fines descritos en el presente Acuerdo, y que el uso de los Materiales Autorizados por parte de los Usuarios Autorizados de conformidad con los términos del presente Acuerdo no infringirá los derechos de autor ni otros derechos de terceros.
El Licenciante garantiza que el objeto físico o el soporte que contiene los Materiales Autorizados estará libre de defectos durante un período de noventa (90) días a partir de su entrega.
Requisitos de accesibilidad. El Licenciante garantiza que los Materiales con Licencia cumplen con las leyes y normativas federales y del Estado Z en materia de discapacidad, y que se ajustan a los requisitos de accesibilidad de la Iniciativa de Accesibilidad a la Web, Directrices de Accesibilidad al Contenido en la Web (WCAG) 2.0 en su nivel AA. El Licenciante se compromete a responder y resolver con prontitud cualquier reclamación relativa a la accesibilidad de los Materiales con Licencia.
XIV. LIMITACIONES DE LAS GARANTÍAS
Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Acuerdo, ninguna de las partes será responsable de ningún daño indirecto, especial, incidental, punitivo o consecuente, incluyendo, a título meramente enunciativo, la pérdida de datos, la interrupción de la actividad comercial o la pérdida de beneficios, que se derive del uso de los Materiales con Licencia o de la imposibilidad de utilizarlos.
El Licenciante no ofrece ninguna declaración ni garantía, y rechaza expresamente cualquier responsabilidad con respecto al contenido de los Materiales con Licencia, incluyendo, a título meramente enunciativo, los errores u omisiones contenidos en los mismos, la difamación, la vulneración de los derechos de publicidad, privacidad, derechos de marca, derechos morales o la divulgación de información confidencial.
A excepción de las garantías expresas establecidas en el presente Contrato, el Licenciante renuncia a cualquier otra garantía, condición o declaración (expresa, implícita, oral o escrita) relativa a los Materiales con Licencia o a cualquier parte de los mismos, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, cualquier garantía implícita de calidad, rendimiento, comerciabilidad o idoneidad para un fin determinado.
XV. INDEMNIZACIONES
El Otorgante de la Licencia indemnizará y mantendrá indemne al Licenciatario y a los Usuarios Autorizados por las pérdidas, reclamaciones, daños y perjuicios, indemnizaciones, sanciones o daños incurridos, incluidos los honorarios razonables de los abogados, que se deriven de cualquier reclamación de terceros que alegue una infracción de los derechos de autor u otra infracción de la propiedad intelectual derivada del uso de los Materiales Autorizados por parte del Licenciatario o de cualquier Usuario Autorizado. NINGUNA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD ESTABLECIDA EN OTRA PARTE DE ESTE ACUERDO ES APLICABLE A ESTA INDEMNIZACIÓN. Esta Sección XV seguirá vigente tras la rescisión del presente Acuerdo.
XVI. CESIÓN Y TRANSFERENCIA
Ninguna de las partes podrá ceder, directa o indirectamente, la totalidad o parte de sus derechos u obligaciones en virtud de este Acuerdo sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte, salvo que se disponga lo contrario en la Sección VII. Ninguna de las partes del presente Acuerdo podrá retener o retrasar injustificadamente dicho consentimiento por escrito.
XVII. DERECHO APLICABLE
El presente Acuerdo se interpretará e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado Z y se regirá por ellas, excluyendo cualquier ley que pueda dirigir la aplicación de las leyes de otra jurisdicción.
XVIII. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y LUGAR DE CELEBRACIÓN
En caso de cualquier disputa o controversia que surja de este Acuerdo o esté relacionada con él, las partes acuerdan realizar esfuerzos de buena fe para resolver la disputa lo antes posible. En caso de que las partes no puedan, mediante el ejercicio de sus esfuerzos de buena fe, resolver la controversia, la someterán a mediación informal, como se describe más adelante en este párrafo. Las partes seguirán cumpliendo sus respectivas obligaciones en virtud del presente Acuerdo que no se vean afectadas por la controversia. La parte que recurra a la mediación notificará por escrito a la otra parte su decisión de recurrir a la mediación informal, y la notificación deberá incluir una descripción de las cuestiones objeto de la disputa y una propuesta de resolución de la misma. Los representantes designados por ambas partes intentarán resolver el conflicto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha notificación. Si dichos representantes designados no pueden resolver el conflicto, las partes se reunirán en un lugar de mutuo acuerdo y describirán el conflicto y sus respectivas propuestas de resolución a los ejecutivos responsables de las partes contendientes, que actuarán de buena fe para resolver el conflicto.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Si la disputa no se resuelve en un plazo de treinta (30) días naturales a partir de la reunión entre los ejecutivos de las partes, cualquiera de ellas podrá emprender una acción legal ante los tribunales. La jurisdicción exclusiva y el lugar de celebración de todas y cada una de las acciones que surjan o se presenten en virtud del Contrato es un tribunal estatal de jurisdicción competente, situado en Z. El Licenciante acepta someterse a la jurisdicción personal de los tribunales estatales del Estado Z (o, en su caso, a los tribunales federales de Z) con respecto a cualquier procedimiento legal que pueda surgir en relación con este Contrato o de una disputa en cuanto a la interpretación o el incumplimiento de este Contrato. Durante dicha acción judicial, las partes seguirán cumpliendo sus respectivas obligaciones en virtud del presente Acuerdo que no se vean afectadas por la disputa.
XIX. FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable de los daños y perjuicios ni tendrá derecho a rescindir el presente Acuerdo por cualquier retraso o incumplimiento en la ejecución del mismo si dicho retraso o incumplimiento se debe a condiciones ajenas a su control, incluyendo, pero sin limitarse a ello, casos fortuitos, restricciones gubernamentales (incluyendo la denegación o cancelación de cualquier licencia de exportación o de otro tipo necesaria), guerras, insurrecciones, huelgas laborales u otros paros de trabajo, y/o cualquier otra causa ajena al control razonable de la parte cuya ejecución se vea afectada.
XX. ACUERDO COMPLETO
El presente Acuerdo constituye el acuerdo completo de las partes y sustituye todas las comunicaciones, entendimientos y acuerdos anteriores relacionados con el objeto del mismo, ya sean orales o escritos. Para evitar dudas, los términos y condiciones en línea definidos en la Sección VII no modificarán los términos de este Acuerdo.
XXI. ENMIENDA
Ninguna modificación o renuncia reclamada de cualquier disposición de este Acuerdo será válida excepto por una enmienda escrita firmada por los representantes autorizados del Licenciante y del Licenciatario.
XXII. VIGENCIA
Si alguna de las disposiciones de este Acuerdo se considera inválida, ilegal, inaplicable o en conflicto con la ley de cualquier jurisdicción, la validez, legalidad y aplicabilidad de las disposiciones restantes no se verán afectadas o perjudicadas de ninguna manera.
XXIII. RENUNCIA AL DERECHO CONTRACTUAL
La renuncia a cualquier disposición del presente documento no se considerará una renuncia a cualquier otra disposición del mismo, ni la renuncia a cualquier incumplimiento del presente Acuerdo se interpretará como una renuncia continua a otros incumplimientos de la misma u otras disposiciones del presente Acuerdo.
XXIV. NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones que se realicen en virtud del presente Acuerdo se harán por escrito y podrán entregarse en mano, o se considerarán recibidas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío si se envían por correo certificado con acuse de recibo. Si se envía cualquier notificación por fax o correo electrónico, deberán enviarse copias de confirmación por correo o mediante entrega en mano a la dirección especificada. Cualquiera de las partes podrá cambiar de vez en cuando su dirección de notificación mediante notificación por escrito a la otra parte. Cualquier notificación legal u otros documentos legales proporcionados a cualquiera de las partes como se describe en el presente Contrato constituirá una notificación legal válida, y el Licenciante renuncia expresamente a cualquier otro requisito de notificación de procesos previsto en el Convenio de La Haya o en normas o acuerdos similares de notificación de procesos.
Si es al Licenciante:
Editor
Dirección del Editor
Ciudad del Editor
Estado del Editor
País del editor
Código postal del editor
Si es para el licenciatario:
Contacto para la concesión de licencias:
Contacto de facturación:
Contacto técnico: Soporte
XXV. ARCHIVO IMPRESO COMPARTIDO
A petición del Licenciatario, el Otorgante de la Licencia proporcionará al Licenciatario una única copia impresa de archivo de los títulos seleccionados de los Materiales Autorizados, según un calendario mutuamente acordado, enviada a una única dirección de envío del Licenciatario o de un agente externo, sin coste adicional. Este término no se aplicará si el Licenciante deja de producir ediciones en papel de dichos títulos.
XXVI. EJECUCIÓN
Las partes acuerdan que las versiones escaneadas y/o firmadas electrónicamente de este Acuerdo originalmente ejecutado son aceptables en lugar de las copias impresas firmadas y se les dará toda la fuerza y efecto bajo la ley.
Datos verificados por: Brooks
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