▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Normas Subsidiarias de Planeamiento

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

Normas Subsidiarias de Planeamiento

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Normas Subsidiarias de Planeamiento

Normas Subsidiarias de Planeamiento en el Derecho Urbanístico

Nota: Esta sección es una continuación de la entrada con el mismo nombre localizada en la Enciclopedia Jurídica española. Este carácter de planes reducidos o simplificados se hace visible en el contenido de estas Normas: determinaciones generales (fines y objetivos, conveniencia y oportunidad, carácter subsidiario del Plan al que suplan y vigencia; clasificación del suelo, y, respecto al suelo urbano, con los criterios de municipios con planeamiento; esquema indicativo de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos); determinaciones en suelo urbano (usos pormenorizados; previsiones mínimas para centros y servicios de interés público y social; trazado y características de la red viaria, con alineaciones y rasantes; normas urbanísticas); determinaciones respecto al suelo apto para urbanizar, hoy urbanizable (definición de núcleo de población, usos globales; normas urbanísticas), y determinaciones para suelo no urbanizable (definición de núcleo de población; zonas de especial protección y normas mínimas). Su desarrollo se lleva a cabo mediante Estudios de Detalle y Planes Parciales.

Respecto a la documentación, se prevén la memoria, los planos de información, y de ordenación, y normas urbanísticas; aunque la Sentencia del Tribunal Supremo 21 de enero de 1992, Ar. 761, estima necesario el estudio económico—financiero.

Más sobre Normas Subsidiarias de Planeamiento en el Diccionario Jurídico Espasa

Las Normas Subsidiarias Provinciales (arts. 88 y 90 RPU) se conciben como mecanismo de cierre del sistema, que garantice la existencia de una ordenación detallada en ausencia de Plan General o Normas Subsidiarias Municipales. Su finalidad es establecer la ordenación de aplicación directa en Municipios sin Plan General o Normas Subsidiarias Municipales, y mientras se elaboran, así como fijar las directrices para la redacción de éstas últimas.

Su contenido incluye determinaciones para ambas finalidades: señalamiento, para cada término municipal de su ámbito, de las agrupaciones de población que deben considerarse núcleos urbanos, a los efectos de la posterior delimitación de suelo urbano; criterios que permitan la delimitación del suelo urbano, en función de la población, edificación y servicios existentes; previsiones mínimas para centros y servicios de interés público y social; definición del concepto de núcleo de población, y normas urbanísticas de carácter general, señalando las condiciones de la edificación y las características de las obras de urbanización.

Respecto a la documentación, se prevén la memoria, los planos de información, las ordenanzas de edificación para suelo urbano, las normas de protección de suelo no urbanizable y otros documentos que se estimen pertinentes.

Otros Detalles

En relación a la elaboración de las Normas Subsidiarias, su procedimiento se prevé en los arts. 150 y 151—RPU, teniendo en cuenta las competencias de las Comunidades Autónomas, en particular respecto a la intervención de órganos autonómicos (las Comisiones Provinciales de Urbanismo, la Consejería competente sobre urbanismo y el Consejo de Gobierno respectivo); siguiendo el esquema de los Planes Generales.

Algunas Comunidades Autónomas ha recogido en sus Leyes urbanísticas propias instrumentos similares a las Normas Subsidiarias Municipales y Provinciales: Cataluña (las prevé en el Decreto Legislativo 1/1990, de 12 de julio, DOGC del 13), Galicia (Normas Provinciales de Planeamiento y Proyectos de Ordenación del Medio Rural, en la Ley del Suelo de Galicia, de 1997); Navarra (Normas Urbanísticas Municipales, en su Ley de Urbanismo, de 1999); La Rioja (Normas Urbanísticas Regionales, de su Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de 1998), y Castilla—La Mancha, con los Planes de Delimitación del Suelo Urbano, de su Ley de Ordenación del Territorio y Actividad Urbanística, de 1998). [D.F.G.]

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Más sobre esta cuestión

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Bibliografía

  • Estévez GOYTRE, R.: Manual práctico de Planeamiento Urbanístico, 2.ª ed. Ed. Comares, Granada, 1999.
  • Fernández DE GATTA Sánchez, D.: Las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento como instrumento de interpretación e integración del Ordenamiento Urbanístico, Tesis doctoral inédita. Universidad de Salamanca, 1991.
  • González Pérez, J.: Comentarios a la Ley del Suelo, t. I. Ed. Civitas, Madrid, 1988.
  • Núñez MAROTO, M.: De las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal con ámbito provincial, Revista de Derecho Urbanístico, núm. 60. 1978.
  • PORTO REY, E. y ORTEGA García, A.: Las Normas Subsidiarias y Complementarias del Planeamiento como instrumento de ordenación urbana. Ed. Ministerio de la Vivienda, Madrid, 1975.
  • Sánchez GOYANES, E.: Sistema urbanístico español. Ed. Paraninfo, Madrid, 1994.
  • SANTOS Díez, R. y CASTELAO Rodríguez, J.: Derecho Urbanístico. Manual para juristas y técnicos, El Consultor. Ed. Abella, Madrid, 1999.
  • VV.AA.: Urbanismo, Revista de Estudios Locales (CUNAL), núm. extraordinario. Julio 1999.
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo