Parlamentarismo en el Antiguo Régimen
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Origen del Parlamentarismo Continental Europeo
Mientras que en el Reino Unido el sistema parlamentario se estableció y desarrolló principalmente mediante convenciones constitucionales, en otros países democráticos de Europa se basó desde el principio en disposiciones constitucionales escritas, aunque éstas sólo ofrecían un marco general para el desarrollo de las relaciones convencionales entre las instituciones gubernamentales. Esas relaciones, junto con los reglamentos parlamentarios, las leyes electorales y la estructura del sistema político, desempeñan en todas partes un papel importante en la configuración del modelo parlamentario.
Antes de abordar sus principales mecanismos institucionales, conviene recordar que en Francia, y en el resto de Europa continental, el “parlamentarismo” se identificó originalmente con la democracia, entendiéndose más como un principio de legitimidad para el ejercicio del poder público que como una forma de gobierno. Tal conexión con la democracia resultó de la reacción contra el absolutismo. Mientras que en el antiguo régimen la legitimidad del monarca se basaba en la tradición indiscutible del Estado absolutista, según el ideal revolucionario de 1789 la legitimidad del parlamento derivaba del pueblo que representaba. Pero, aunque opuestos por su contenido, ambos principios de legitimidad correspondían a una concepción absoluta de la soberanía: el parlamento se situaba en la cima de la maquinaria institucional en el nuevo sistema democrático, como lo había sido el rey en el antiguo régimen.
Ninguna otra autoridad, ya sea del poder ejecutivo o judicial, podía así obligar al parlamento, ni ningún otro acto podía anular la legislación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Reflejando la filosofía política de la Ilustración, la “Déclaration des droits de l’Homme et du Citoyen” de 1789 presumía que la legislación estaba per se dirigida a perseguir el bien público, tanto porque expresaba la “volonté Générale”, como porque se esperaba que consistiera en reglas generales y abstractas.
Detalles
Los autores de la “Declaración”, así como de los textos constitucionales de la época de la Revolución, se guiaron por la presunción de que la legislación garantizaría la mejor protección de los derechos de los ciudadanos, y no por la sospecha de que pudiera infringirlos. Tampoco la separación de poderes, afirmada solemnemente en el artículo 16 (que dice que “Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos o no esté determinada la separación de poderes no tiene constitución alguna”), se interpretó en el sentido de que los poderes se ponían en pie de igualdad. Dada la premisa de la supremacía parlamentaria, se pretendía que los jueces actuaran como “bouches de la loi”, y las funciones del ejecutivo eran las mismas con respecto a la voluntad parlamentaria.
El hecho de que, en esa época y a lo largo del siglo XIX, el parlamentarismo se entendiera como la supremacía del parlamento sobre los demás poderes, debe distinguirse de la evolución de la historia constitucional. Bajo el Imperio Alemán, y en cierta medida bajo el Reino de Italia y en Francia, la forma de gobierno predominante era la de la monarquía constitucional. Se basaba en la separación de poderes entre el parlamento y el monarca, debido al compromiso que este último, heredero del absolutismo, se vio obligado a aceptar con el primero. Al presidir el gabinete y dirigir todo el gobierno a través de un primer ministro que respondía a su propia voluntad, el monarca era el jefe del ejecutivo. El Parlamento, a su vez, legislaría en asuntos relacionados con la libertad y la propiedad.
Las excepciones a la separación de poderes surgían de la posibilidad de impugnar a los ministros por actos ilegales, y esto funcionaba a veces como una forma indirecta de comprobar si el gabinete seguía contando con la confianza de la mayoría parlamentaria. Por otra parte, el monarca tenía derecho a participar en el proceso legislativo mediante la concesión del consentimiento real y, ante todo, tenía la facultad de disolver la asamblea a su discreción, es decir, siempre que tuviera la reputación de que el parlamento actuaba en contra de los intereses del Estado.
Este marco institucional era intrínsecamente inestable y se veía fuertemente afectado por los conflictos relativos a los propios fundamentos constitucionales del Estado. A pesar de su creciente legitimidad popular debido a la progresiva extensión del derecho de voto, las asambleas se vieron de hecho amenazadas por la pretensión del monarca de representar la continuidad del Estado más allá de las mayorías parlamentarias contingentes.
Sólo bajo la Tercera República de Francia (1875-1940) se estableció un sistema parlamentario en la Europa continental. A pesar de los intentos de la Constitución de equilibrar el poder de la asamblea de designar el gabinete con el poder del presidente de la república de disolver la asamblea cuando no se alcanzaba una mayoría parlamentaria, en la práctica el poder de disolución nunca se ejerció, con la consecuencia de que el poder legislativo adquirió una supremacía efectiva sobre el ejecutivo. Se formó así una tradición republicana que recuperaba los ideales de 1789.
Puntualización
Sin embargo, dada la escasa solidez de las mayorías parlamentarias, los gobiernos se veían frecuentemente obligados a dimitir: era como si la democracia pudiera florecer a costa de una inestabilidad permanente en el gobierno. El parlamentarismo, en la forma específica de “gouvernement d’assemblée” practicado bajo la Tercera República, reveló así una brecha entre su legitimidad democrática y la capacidad de decisión que pretendía asegurar. Era una forma extrema de parlamentarismo, que tiene un historial infeliz.
Datos verificados por: Chris
Historia del Parlamentarismo Británico
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Véase la información respecto a la historia del Parlamentarismo Británico, en especial sus orígenes.
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