La personería puede ser gremial o jurídica, excepto que en el caso de las asociaciones profesionales de trabajadores la personería gremial comprende la jurídica, y en las de empleadores, históricamente se dieron varias situaciones en la Argentina: a) entidades con personería gremial, en lapsos en que su funcionamiento estuvo regulado por ley específica; b) entidades con personería jurídica, cuando no existía ley especial; c) entidades inscriptas en registros provinciales como “entidades de bien público”; d) entidades simplemente inscriptas en el Ministerio de Trabajo; e) entidades constituidas de acuerdo al Código Civil, como asociaciones civiles sin fines de lucro; y 0 entidades sin inscripción alguna, utilizando la personería de otra entidad de grado superior.
Cuando se habla de “personalidad” debe referirse ello a un concepto más amplio que el que corresponde a “personería”, trascendiendo el campo jurídico. [1]
Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz “Personería”, (autor de la voz: E. G.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Véase También
Bibliografía
Becerra Bautista, José, El proceso civil en México; 8ª. de., México, Porrúa, 1980; Colín Sánchez, Guillermo, Derecho mexicano de procedimientos penales; 4ª edición, México, Porrúa, 1976; Noriega Cantú, Alfonso, Lecciones de amparo, México, Porrúa, 1975; Sánchez Medal, Ramón, De los contratos civiles; 5ª edición, México, Porrúa, 1980.
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Petición: Solicitud expresa del quejoso donde manifiesta las pretensiones que reclama al prestador o institución con motivo de su insatisfacción con el servicio. "Petición" es el adjetivo que se utiliza para describir la acción por la que una persona hace que se reconozca ante los tribunales su derecho de propiedad sobre un bien inmueble, invocando la escritura de adquisición o la situación jurídica que confiere el derecho inmobiliario que se impugna: derecho de (propiedad, pero también usufructo, o nuda propiedad). La acción para obtener el reconocimiento de un derecho de propiedad sobre un objeto mueble es una acción reivindicatoria. Debido a la regla "En el caso de los bienes muebles, la posesión equivale al título", de algunos países europeos, como Francia, nunca ha habido una acción posesoria con respecto a los bienes muebles. Véase también: Derecho Social, Pe.
Personalidad: Para ponerlo simplemente, la personalidad jurídica o la subjetividad jurídica es la capacidad de una persona para ser un titular de derechos y obligaciones en virtud de un sistema jurídico determinado. Sin embargo, a excepción de la mera concesión de derechos y obligaciones a las personas en un [...] Véase también: Derecho Social, Pe.
Personal Jerárquico: Personal Jerárquico en el Derecho Social Comprende al personal que integra lo que la sociología laboral llama “altos mandos” y “mandos medios”, por el tipo de funciones, remuneraciones, modalidades del trabajo y proximidad con el empresario. Este personal llegó a solidarizarse con el [...] Véase también: Derecho Social, Pe.
Personal: Noción de Personal En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de personal, la siguiente definición: Conjunto de trabajadores de una empresa o unidad económica; plantilla o nómina de la empresa. A efectos de representación de [...] Véase también: Derecho Social, Pe.
Persona: Introducción: Persona Concepto de Persona en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Las personas físicas, las sociedades y cualquier otra operación de personas. Comprende las personas físicas o naturales, las sociedades y cualquier otra agrupación de personas. Introducción: Persona [...] Véase también: Derecho Social, Pe.
Permiso: Permisos y licencias Nota: hay disponible, en esta plataforma global, un análisis sobre permisos y licencias; el lector puede referirse a cada uno de estos conceptos por separado en su respectiva entrada. Concepto de Permiso en relación a la Migración Internacional Documento, otorgado [...] Véase también: Derecho Social, Pe.
Permisividad: Permisividad en el Derecho Social Condición de permisivo, “que permite o consiente”, se trate de la ley o del comportamiento gubernamental y a pesar de lo que diga la ley, fenómeno político frecuente por la fuerza de la ley social, en casos, superior a la ley jurídica. Tal condición, v. gr: de [...] Véase también: Derecho Social, Pe.
Permanencia: Permanencia en el Derecho Social La permanencia de los fines es lo que define a la entidad gremial, ya que la reunión de varios trabajadores con un objeto aislado o circunstancial —aunque apunte a defender intereses profesionales— no define la existencia de una asociación gremial de [...] Véase también: Derecho Social, Pe.
Perjuicios: Este texto se ocupa de los perjuicios, en especial en el Derecho. El perjuicio es el daño que se causa a otra persona voluntaria o involuntariamente. Los daños pueden ser causados por el acto de una persona, un animal o una cosa, o por la ocurrencia de un evento natural; su existencia y su evaluación caen dentro de la discreción soberana del juez. Son innúmeros los perjuicios, en sentido jurídico, que pueden presentarse en la esfera sindical, desde el punto de vista civil. En la óptica específica del derecho colectivo del trabajo deben mencionarse los perjuicios que pueden producir los dirigentes, entre otros. Véase también: Derecho Social, Pe.
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