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Preguntas Parlamentarias

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Preguntas Parlamentarias

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Preguntas Parlamentarias en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

Del latín vulgar praecunctare, preguntar (influido por el latín prae; ante y cunctari, dudar, vacilar); del latín percontari, informarse, preguntar. Es la frase u oración interrogativa por la que se pide información; o la que se utiliza en un interrogatorio para que la persona a quien se le formula, conteste o absuelva lo que sabe de una cosa. Se traduce en otros idiomas como question, inquiry, en inglés; question, demande, en francés; frage, en alemán; pergunta, en portugués y en italiano, domanda, richiesta.

Desarrollo de Preguntas Parlamentarias en este Contexto

En el Estado de derecho democrático la acción de preguntar ocupa varios espacios del individuo-ciudadano frente a los órganos de autoridad o dentro de ellos, por ejemplo: el derecho de petición es una garantía individual; en los procedimientos judiciales la pregunta es parte importante y obligatoria de éste, aun por la vía coactiva, y es considerada una garantía del gobernado; en el diálogo político, especialmente el que se realiza dentro de los cuerpos colegiados representativos del pueblo o de los factores reales y formales de poder integrados en el Poder Legislativo.Entre las Líneas En el derecho parlamentario, las preguntas son consideradas como los medios de información del parlamento, los cuales son utilizados como elementos importantes de las funciones de control y de investigación que le son propios. Según Berlín Valenzuela, las preguntas parlamentarias son empleadas para demandar e interrogar a ciertas personas, generalmente funcionarios para que respondan lo que se sabe de un negocio u otra cosa, es decir, el objeto es disipar una duda. Son dirigidas a los miembros del gabinete por los parlamentarios, con lo que se pretende obtener información sobre asuntos que han sucedido o están por suceder en el área bajo su responsabilidad.

Más Detalles

En España, el tratadista Fernando Santaolalla, ha definido a este tipo de preguntas como “una demanda puntual concreta, particularmente idónea -por su propia estructura- para permitir a los miembros del parlamento informarse u obtener esclarecimiento sobre la actividad de la administración pública”. Atendiendo al modo utilizado para contestar las preguntas parlamentarias, éstas pueden ser: orales y escritas. Su formulación exige cumplir con las diversas modalidades establecidas en los reglamentos parlamentarios de cada país. El Reglamento de la Cámara de Diputados de Italia, establece que la pregunta consite en la simple cuestión, planteada por escrito, de si un hecho es cierto, si alguna información ha llegado al gobierno, o si es exacta, si el gobierno va a comunicar a la Cámara documentos o noticias, o si ha tomado o va a tomar alguna providencia sobre algún tema determinado.

Informaciones

Los diputados presentarán las preguntas al presidente de la Cámara y serán publicadas en el acta de la sesión en que se anuncien. Transcurridas dos semanas desde su presentación, las preguntas se incluirán en el primer punto del orden del día de la primera sesión en que está previsto el desarrollo de las preguntas.Entre las Líneas En la presentación de una pregunta, o después, el diputado podrá declarar que pretende obterner una respuesta escrita.Entre las Líneas En este caso, dentro de 20 días, el gobierno deberá dar respuesta y comunicarla al presidente de la Cámara. Esta respuesta se icluirá en el acta taquigráfica de la sesión en que se anuncie a la Cámara.

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Definición de Preguntas Parlamentarias

Véase una aproximación o concepto relativo a preguntas parlamentarias en el diccionario.

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Véase También

  • Derecho Parlamentario
  • Asambleas de Representantes
  • Procedimiento Parlamentario

Recursos

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Véase También

Bibliografía

BERLêN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Porrúa, 1995.

Diccionario Manual e Ilustrado de la Lengua Española, Real Academia Española, Espasa-Calpe, México, 1950, 2a. ed. GîMEZ DE SILVA, Guido, Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, Fondo de Cultura Económica, México, 1988.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Talleres Gráficos de la Cámara de Diputados, México, 1994.

SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, España, 1990.

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Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Porrúa, 1995.

Diccionario Manual e Ilustrado de la Lengua Española, Real Academia Española, Espasa-Calpe, México, 1950, 2a. ed. GÓMEZ DE SILVA, Guido, Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, Fondo de Cultura Económica, México, 1988.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Talleres Gráficos de la Cámara de Diputados, México, 1994.

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SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, España, 1990.

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Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Porrúa, 1995.

Diccionario Manual e Ilustrado de la Lengua Española, Real Academia Española, Espasa-Calpe, México, 1950, 2a. ed. GÓMEZ DE SILVA, Guido, Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, Fondo de Cultura Económica, México, 1988.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Talleres Gráficos de la Cámara de Diputados, México, 1994.

SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, España, 1990.

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