Principio Mayoritario

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Publicidad de las Sesiones, Principio Mayoritario en el Artículo 42 de la Constitución de Alemania

Este artículo trata sobre Publicidad de las sesiones, principio mayoritario, y está ubicado en la Parte III, sobre el Bundestag, de la Constitución alemana vigente. El artículo dispone lo siguiente: 1. Las sesiones del Bundestag son públicas. A petición de una décima parte de sus miembros o del Gobierno Federal podrá excluirse la presencia de público si así lo decide una mayoría de dos tercios. La votación de esa moción se hará en sesión no pública. 2. Las resoluciones del Bundestag requieren la mayoría de los votos emitidos siempre que la presente Ley Fundamental no disponga otra cosa. El reglamento interno puede admitir excepciones relativas a las elecciones que deba celebrar el Bundestag. 3. Los informes verídicos sobre sesiones públicas del Bundestag y de sus comisiones quedan exentos de toda responsabilidad.

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