Provocación de Un Peligro de Incendio
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Provocación de un Peligro de Incendio en el Derecho Penal Alemán
En el código penal germano, provocación de un peligro de incendio se recoge en la Parte Especial, en su Sección Vigesimoctava, sobre Hechos de peligro público. Así, el artículo § 306f. Provocación de un peligro de incendio dispone lo siguiente: (1) Quien fumando o por medio de fuego o luz ardiente, o tirando objetos encendidos o candentes o de otra manera ponga en peligro de incendio: 1. empresas y plantas inflamables, 2. plantas o empresas agrícolas o alimenticias en las cuales se encuentren sus productos, 3. bosques, estepas 0 pantanos, 4. campos sembrados o productos agrícolas fácilmente inflamables que se encuentren almacenados en campos, será castigado con pena privativa de la libertad hasta tres años o con multa. (2) De igual manera será castigado quien ponga en peligro de incendio una de las cosas indicadas en el inciso 1 numerales 1 a 4 y de esta manera ponga en peligro la integridad física y la vida de otra persona o cosas ajenas de considerable valor (3) Quien en los casos del inciso 1 actúe culposamente o en los casos del inciso 2 cause culposamente el peligro, será castigado con pena privativa de la libertad hasta un año o con multa. Para un mayor contexto, quizás le interese conocer más sobre el derecho penal de Alemania. Véase también la entrada sobre Incendio en esta referencia.
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