Re Asignación
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Re Asignación en el Derecho Social
Como “cambio de destino”, se refiere al patrimonio sindical, cuando por disolución de la asociación es “reasignado” según la ley entre los sindicatos de la misma actividad, oficio, profesión o categoría que se constituyan en la zona de actuación del disuelto; la forma de reasignación debe preservar el destino de los bienes afectados al uso común de los afiliados de la actividad. [1]
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz “Re Asignación”, (autor de la voz: E. G.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
Véase También
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