Refugios
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Refugios
Refugios en Derecho Militar
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1. lugares acondicionados convenientemente de los que deben estar dotados los campamentos de prisioneros de guerra y de internados civiles, a fin de proteger a estas personas contra los bombardeos aéreos y demás peligros de la guerra. Por otra parte, la puesta a disposición y organización de los refugios constituyen tareas de la protección civil (cf. G III, art. 23; G IV, art. 81; GP I, arts. 61, 65, 66). 2. Lugares o instalaciones destinados a albergar los bienes culturales muebles que, en caso de conflicto armado, están bajo protección especial (cf. H CP, arts. 1, 8; H CP R, arts. 12, 13, 19).
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Refugios procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Refugios en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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