Relación de Medidas
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Relación de Medidas en el Derecho Penal Alemán
En el código penal germano, relación de medidas se recoge en la Parte General, en su Capítulo tercero, sobre Consecuencias jurídicas del hecho penal; en concreto en el Título VI Medidas de corrección y seguridad, en la parte sobre Preceptos comunes. Así, el artículo § 72. Relación de medidas dispone lo siguiente: (1) Si se cumplen los presupuestos de varias medidas pero si se puede lograr el fin perseguido a través de unas de ellas en particular, entonces solo ellas serán ordenadas.Entre las Líneas En relación con esto y siendo varias las medidas adecuadas, se debe dar preferencia a aquellas que sean menos gravosas al autor. (2) Por lo demás, si la ley no determina otra cosa serán ordenadas las medidas paralelamente. (3) Si se ordenan varias medidas privativas de libertad, entonces el tribunal determinará el orden de prelación de la ejecución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Antes de que termine el cumplimiento de una medida el tribunal ordenará respectivamente el cumplimiento de la siguiente cuando su fin requiere todavía la internación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Se debe aplicar el § 67 c inciso segundo frases cuarta y quinta. Para un mayor contexto, quizás le interese conocer más sobre el derecho penal de Alemania.
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